¿LA CONSTITUCIÓN DE 1993 ES TAN SANTA?
Por Jorge Rendón Vásquez
Hay
en Sevilla dos vírgenes, rivales en belleza y adhesión multitudinaria, desde
hace siglos: la de Triana y La Macarena. La de Triana tiene su cuartel general
en el barrio que le da su nombre, en la banda izquierda del río Guadalquivir, a
cuya iglesia se llegaba en tiempos muy pasados por la calle del Infierno; y La
Macarena en la banda derecha de ese río, en el barrio de San Gil, cuyos
habitantes no se caracterizaban por honrar este nombre, sino, al contrario, por
ser avispados y rápidos. Ambas vírgenes se señorean con más garbo en la Semana
Santa que atrae a Sevilla a multitudes de otras partes de España, sobre todo
populares. Cuando, en algún momento que fui de la partida, le pregunté a uno de
esos visitantes por qué prefería justamente Sevilla, la respuesta fue: “Pues,
porque hay más joda”. Parte de esta joda era el jolgorio militante de sus
devotos, animado por sus correspondientes hermandades que, sin embargo, apenas
podían contener las interjecciones y la propensión a irse a las manos de los
más exaltados. Cierta vez uno de estos le dijo a otro de la cofradía rival:
“¿Que tu virgen es pura? Qué va, bellaco, si tu virgen es más p… que la mía.” Saetas
de sevillanos entre ellos se diría.
Un
enfrentamiento parecido podría darse aquí, si el humor surgiera con el mismo
desparpajo e irreverencia. Por ejemplo, si un partidario de la Constitución del
79 le dijera a otro partidario de la del 93: “¿Qué tu Constitución es tan
santa?”
Y
ese es el tema, justamente, porque la
Constitución de 1993 no es una diosa pura y virtuosa, ni por su origen, ni por
su contenido. Pero, tras ser promulgada, tuvo que ser acatada como la ley de
leyes de nuestro país o, más bien, impuesta como el lecho de Procusto en el
cual los ciudadanos honestos, expoliados y discriminados están obligados a
acostarse.
Luego, sus promotores y descendientes la santificaron y se dedicaron a excomulgar
a quienes la critican, aunque ellos sí puedan interpretarla como quieran y
violarla cuando conviene a propósitos. Esta Constitución, por ejemplo, exonera
de responsabilidad a los congresistas que aprueban leyes o adoptan decisiones
infringiendo su texto, conducta que debiera ser tipificada como delito.
Recordemos cómo surgió esta Constitución:
“El 5 de abril de 1992 los tanques y soldados
salieron a las calles y cerraron el Congreso de la República. En su mensaje
público difundido a las 10:30 de esa noche, Fujimori dijo que instalaba un «gobierno
de emergencia y de reconstrucción nacional» con el objetivo de modificar la
Constitución política, disolver temporalmente el Congreso de la
República, reorganizar totalmente el Poder Judicial, el Consejo Nacional de la
Magistratura, el Tribunal de Garantías Constitucionales, y el Ministerio
Público, reestructurar la Contraloría General de la República, y «promover la
economía del mercado dentro de un marco jurídico claramente establecido». Y,
para no dejar dudas sobre la voluntad de la cúpula castrense (la parte de
Montesinos), se difundió a continuación un comunicado de los jefes del Comando
Conjunto de la Fuerza Armada y la Policía Nacional, «respaldando de manera
absoluta» las medidas anunciadas por Fujimori «con el fin de lograr la
reconstrucción del país».
[…]
“La
CGTP, el SUTEP y los partidos políticos, excepto Cambio 90, censuraron el golpe
de Estado, y en una reunión clandestina varias decenas de senadores y diputados
nombraron presidente de la República al vicepresidente Máximo San Román,
acuerdo que confirmaron en una sesión del 21 de abril.
“El
13 de abril los cancilleres de la OEA, reunidos en Washington, condenaron el
golpe de Estado. Montesinos ha debido de intervenir de nuevo, puesto que el
Comando Conjunto de la Fuerza Armada reiteró su apoyo a Fujimori por otro
comunicado, movida cuya repercusión inmediata fue la decisión del Departamento
de Estado de considerar a Fujimori presidente legítimo del Perú, y no a Máximo
San Román, aunque advirtiendo que se debía restaurar pronto el orden constitucional.
Eufórico, Fujimori le respondió que sí, que era eso lo que él haría.
“El
17 de mayo, antes de viajar a Nassau, Bahamas, a la asamblea de cancilleres de
la OEA, Fujimori anunció la realización de elecciones para conformar un
congreso constituyente con facultades legislativas y fiscalizadoras en un plazo
de cinco meses, sin fijar fecha, afirmación que repitió en esta reunión al día
siguiente.”[1]
Alberto
Fujimori y los jefes de las fuerzas armadas que lo apoyaron en su golpe de
Estado se apoderaron así del poder constituyente perteneciente al pueblo.
“Los
factores determinantes de la Constitución de 1993 fueron fundamentalmente dos:
practicar cambios radicales en el régimen económico y permitir la reelección
del Presidente de la República.
“Presionado
por la OEA, Fujimori convocó a elecciones para conformar un Congreso
Legislativo y Constituyente, y éstas se efectuaron el 18 de noviembre de 1992.
De los 11’245,463 ciudadanos inscritos sólo concurrieron a votar 8’191,846. Los
votos nulos y viciados llegaron a algo más de dos millones, y el Partido del
Gobierno obtuvo 3’075,422, lo que representó el 27.3 % del electorado. Sin
embargo, con esta minoría se hizo de la mayoría absoluta en el Congreso
Legislativo y Constituyente, y aprobó como quiso una nueva Constitución.
Sometida ésta a referéndum, votaron por el sí 3’895,763 y por el no, 3’548,334.
Los votos nulos y viciados sumaron 734,625. Pese a las serias observaciones
sobre el resultado de este referéndum, realizado el 31 de octubre de 1993, el
Jurado Nacional de Elecciones (cuya mayoría manejaba Montesinos) convalidó la
elección.”[2]
Los
grupitos derechistas, que habían salido a las calles a protestar por el golpe
del 5 de abril de 1992, se quedaron satisfechos, porque esta Constitución imponía
lo que ellos también querían e, imitando a sus mandantes, se convirtieron en sus
más fieles adoradores y muchos en fujimoristas.
Por
lo tanto, la Constitución de 1993 está descalificada por su origen.
Otro
tema es el examen de su contenido, plagado de concesiones indebidas a ciertas
empresas privadas, recortes de derechos sociales ya adquiridos, silencios sobre
la exclusión de los sectores más numerosos de la población de servicios
públicos necesarios, reglas disfuncionales con la situación actual de nuestro
país, autorización para la comisión de arbitrariedades por los congresistas, jueces
y otros funcionarios del Estado, concesión de atribuciones excesivas a los
magistrados judiciales y fiscales y ausencia de sanciones por sus transgresiones
a la Constitución y a la ley, etc., etc.
Las
reformas de su contenido, emprendidas desde 2001, han corregido algunas de sus
reglas, por ejemplo la abolición de la reelección inmediata del Presidente de
la República y de los congresistas y otras disposiciones que, siendo
necesarias, no han tocado aspectos fundamentales. Es evidente que al Congreso
de la República con su actual composición, polarizado por sus grupos
derechistas a censurar sin fundamento a los ministros y a tentar la vacancia de
la Presidencia de la República, no le interesa para nada dar las leyes que las
mayorías ciudadanas requieren; un Congreso, en suma, ausente de la realidad
económica y social de nuestro país y enteramente inoperante.
Tanto
se debe reformar o incluir que una nueva Constitución se hace indefectible y, para
dársela, la ciudadanía del Perú debe recuperar su derecho fundamental a elegir
una asamblea constituyente, promoviéndola por un referéndum.
Mientras
tanto, los intelectuales y otros profesionales motivados por la necesidad de
los cambios económicos, sociales, jurídicos y culturales, los dirigentes
responsables de los partidos políticos, cuyos proyectos sean de cambio en el
sentido indicado, y los dirigentes sindicales y de otras asociaciones populares
ya deberían estar proyectando el articulado de la nueva Constitución de la
manera más objetiva, necesaria y técnica posible. De otro modo, llegada la
oportunidad de una asamblea constituyente sin haber hecho nada de esto, se los
podría comer el león, como se dice, y nuestro país ingresaría en otra etapa de
frustración, y las mayorías populares se quedarían otra vez sin derechos
fundamentales. Ya sucedió en 1978, cuando las agrupaciones de la llamada
izquierda, que lograron la elección de 30 representantes de los 100 que debían
conformar la asamblea constituyente, se pusieron a improvisar algunos artículos
sin ton ni son; la mayor parte de ellos ignoraba, incluso, qué es una
Constitución. El aporte más importante de estos grupos provino de los
representantes que eran dirigentes de la CGTP, quienes presentaron el proyecto
del capítulo relativo al trabajo, redactado por el autor, quien era entonces su
asesor, y que, con algunas modificaciones de redacción, fue aprobado.[3]
(Comentos, 23/1/2022)
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