miércoles, 21 de abril de 2021

ROL DEL DERECHO DEL TRABAJO FRENTE A LA FORMALIDAD E INFORMALIDAD LABORAL-Dr. JOSÉ HORNA TORRES

 


ROL DEL DERECHO DEL TRABAJO FRENTE A LA FORMALIDAD E INFORMALIDAD LABORAL

Revista Jurídica" Docentia et Investigatio" , Vol. 12, N 33 - 12 2010.

Facultad de Derecho U.N.M.S.M.

 

JOSÉ HORNA TORRES

Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

 

SUMARIO: I.- RESUMEN. - II INTRODUCCIÓN. DISEÑO EXPERIMENTAL- IV.- MARCO TEÓRICO. - MÉTODOS Y RESULTADOS, VI.- ANÁLISIS Y DISCUSIÓN, VII.- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICA.

RESUMEN: El tema es inquietante si se tiene en cuenta que de acuerdo a los datos estadísticos del INEI[1], en el Perú menos del 20% corresponde a la población laboral formal; mientras que casi el 80% comprendería a la población laboral informal. En los demás países de América Latina acontece un fenómeno similar, con algunas variables, especialmente en Argentina, Colombia, Bolivia, Ecuador y Venezuela.

Los casos de Brasil y Chile son más peculiares pues se orientan a países con acelerado crecimiento. No es el caso de los países desarrollados donde los niveles de crecimiento global, reducen cada vez más el denominado Sector Informal. Alemania, Francia, Inglaterra son claras muestras de este fenómeno; mientras que los Estados Unidos de Norte América hace denodados esfuerzos por equilibrar sus niveles de crecimiento y/o estabilización. China como se observa es un caso emblemático.

¿Significa esto que la legislación del trabajo y la doctrina del derecho laboral ejerce su acción reguladora y protectora en una mínima parte de la población laboral? ¿Significa también que en las últimas décadas, se ha desarrollado casi de manera independiente la dinámica de los ciclos económicos, poniendo inclusive en tela de juicio la naturaleza de la informalidad? ¿Y es que se trataría de un sector REFUGIO frente a la crisis e incapacidad del sector formal de la economía de absorber la creciente mano de obra? ¿O bien se trata de un sector dinámico de desarrollo que estaría conformado por una masa de pujantes microempresas que puede materializar todos sus talentos gracias a la ausencia de engorrosas trabas burocráticas, propias de la formalidad? Entonces ¿Qué hacer con la legislación y el derecho de trabajo frente a esta realidad? Es evidente que en estos últimos años si se han hecho algunos esfuerzos por parte del gobierno, al regularizar parte de las relaciones laborales en las micros y pequeñas empresas; sin embargo, tales acciones gubernamentales son sólo el inicio en el gran cambio que hay que acometer en el campo de las relaciones laborales de este gran sector.

II.- INTRODUCCION

Iniciamos el estudio haciendo un análisis de la población económicamente activa (PEA) para describir el ámbito del empleo, pleno empleo, desempleo y las diferentes formas de subempleos toda vez que la mayor parte de la población activa, se gana la vida dentro del marco de la ECONOMÍA-INFORMAL[2] con una desproporcionada participación de mujeres, jóvenes, adolescentes y hasta niños, personas de la tercera edad, minorías marginales, etc., lo que nos hará advenir que la mayoría de los nuevos empleos se van creando incesantemente en la economía informal.

De este modo la economía informal incluye a trabajadores limitadamente asalariados, a trabajadores por cuenta propia, a quienes trabajan en un negocio familiar o bajo un nuevo sistema de trabajo flexible y se encuentran en la periferia del núcleo empresarial. También incluye a parte de las microempresas y a los trabajadores del hogar.

La importancia de la informalidad y la percepción de que es un fenómeno creciente en América Latina y el Caribe, hace necesario estudiarlo debidamente empezando por precisar su definición para luego examinar los métodos de su medición y su calificación como "mecanismo de escape".

Luego veremos el rol del derecho del trabajo frente a la Formalidad e Informalidad. destacando este último ya que no sólo se trata avanzar en la regulación de las relaciones laborales; sino, instituir nuevas formas de inserción que llenen vacíos altamente sentidos. Después trataremos el tema relativo a la responsabilidad y limitaciones del Estado frente a estos fenómenos: Formalidad e Informalidad, respecto a las políticas públicas y al desempeño de la economía en general.

Finalmente expondremos los aportes de la investigación, así como las conclusiones y las recomendaciones.

Preguntas de investigación

1. ¿Qué es la informalidad?

2. ¿Qué proporción de trabajadores se encuentran en tal situación?

3. ¿Cuál es el rol del Derecho del trabajo frente a la formalidad y la Informalidad?

4. ¿Cuál es el grado de afectación de los trabajadores que se encuentran dentro de ella -la informalidad- y cuál es su implicancia frente al sector formal?

5. ¿Constituye la informalidad un mecanismo de escape en la medida de sus propias conveniencias?

6. ¿Son las políticas públicas posibles causas de la expansión en la informalidad?

7. ¿Cumplen los empleadores de la informalidad con la legislación laboral y de seguridad social?

8. ¿Y en cuanto al microempresa el cumplimiento de las leyes laborales y de seguridad social es sólo parcial?

9. ¿El régimen laboral especial creado para las microempresas obedece a la naturaleza de las actividades empresariales? ¿o más bien a presiones políticas, que tratan de ocultar las verdaderas causas de tal realidad?

Objetivos

1.-Reflexionar sobre la definición y medición del sector informal, toda vez que en algunos sectores más de la mitad de los trabajadores se encuentran en alguna situación de informalidad.

2.- Determinar las causas de la expansión y crecimiento de la informalidad, frente a la formalidad, así como los efectos negativos de las políticas impositivas y la escasa capacidad del Estado para imponer el cumplimiento de la ley.

3.- Examinar, evaluar y destacar el impacto de la legislación laboral y la seguridad social sobre la informalidad, en especial sobre las microempresas, si se tiene en cuenta que la mayor parte de los trabajadores de la economía informal desarrollan sus actividades económicas al margen de la ley.

7.- Diseño Experimental

El diseño es no experimental ex post facto, transeccional y longitudinal: el tipo de investigación es descriptivo y correlacional.

 

MARCO TEÓRICO

Referencias Históricas 

Probablemente, se introducen los términos informalidad, formalidad, economía informal etc., a partir de la década del 70 cuando Keith Hart y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) exponen sus trabajos sobre las oportunidades en la informalidad y desempleo urbano en Ghana, África[3]. así como los trabajos presentados por la OIT Ginebra sobre Desempleo y equidad, como estrategia de empleo en Kenia[4]. Desde entonces los términos han venido siendo utilizados para referirse a empresas y trabajadores que funcionen al margen de la regulación de las normas fiscales, laborales o de seguridad social.

Por su parte, en nuestro medio, DESCO con Julio Gomero y Ulises Humala[5] han llevado a cabo un estudio sobre Empleo y Microempresa en Lima-Metropolitana - entre el DESEMPLEO y la SUPERVIVENCIA- donde sostiene que la otra alternativa es desarrollar el SECTOR-INFORMAL ya que por definición es un sector FLEXIBLE.

Además, es este sector se facilita la generación de empleo, porque se ahorra una serie de trámites engorrosos que la formalidad exige y en todo caso, el costo de la creación de un puesto de trabajo es mucho más barato.

MARCO TEORICO REFERENCIAL

De acuerdo a determinados estudios, la INFORMALIDAD existe en todos los ESTADOS, bien se trata de países desarrollados o países en vías de desarrollo; sin embargo, en estos últimos la incidencia es más relevante. Se sabe que en países de América Latina y el Caribe, se ha profundizado y extendido más, resultando que, en la mayor parte, de ellos, más de la mitad de los trabajadores se sitúa en alguna situación de INFORMALIDAD. Este fenómeno creciente en la región, ha concitado la atención de diferentes expertos de organismos internacionales, destacando los trabajos del Banco Mundial[6]. Se argumenta la idea de que la INFORMALIDAD ha causado un "equilibrio social ineficaz e ineficiente" en términos de protección de los trabajadores de crecimiento empresarial y en general de desarrollo de los países que la informalidad no sólo afectaría a sus propias integrantes, sino además red un d aria en las propias esferas de FORMALIDAD.

La Conferencia Internacional de Trabajo ha expedido su resolución y Conclusiones respecto al término "economía informal" caracterizada como "el conjunto de actividades económicas que, tanto en la legislación como en la práctica están insuficientemente contemplados por los sistemas formales o no lo están en lo absoluto"[7]. En este sentido, la informalidad comprende a los trabajadores no debidamente asalariados, a los trabajadores por cuenta propia a los que trabajan en negocios familiares que funcionan al margen de la ley. También a las microempresas que no cumplen con las disposiciones legales de carácter fiscal, laboral o social y, a las empresas de mayor dimensión como las pequeñas empresas que cumplen parcialmente con las disposiciones legales, omitiendo por tanto reporta parte de sus ventas e ingresos falseando datos respecto al registro de trabajadores.

Por su parte, los estudios de Hirschman revelan que los trabajadores consideran a la informalidad como un "refugio" de quienes no han logrado incorporarse a la "economía formal " o que se han visto obligados a aceptar ser contratados en condiciones precarias, vale decir desprovistos de la protección de la legislación laboral y de la seguridad social, como resultado del mecanismo de exclusión[8].

De modo que de acuerdo con Hirschman una de las causas de la informalidad puede reposar en la fatalidad de la decisión de los trabajadores de incorporarse a la economía informal al verse visto impedidos de acceder a la formalidad, por las constantes trabas burocráticas a los que tienen que enfrentarse. En tal situación la informalidad constituye un" mecanismo de escape". Estas tesis están sustentadas en los estudios empíricos que realizó Maloney[9] sobre la informalidad en México. según los cuales más de 40% de las empresas y trabajadores estarían en condiciones de incorporarse al sector FORMAL; sin embargo, no lo hacen porque "les conviene más permanecer en la informalidad”.

Responsabilidad y limitaciones de Estado

Se habla de dos clases de factores que condicionan el análisis "costo beneficio" de los agentes económicos, para decidir su inserción o permanencia en la informalidad. Por un lado, los que dependen del desempeño de la economía en general; y por otro de las políticas públicas, así como de los mecanismos para su cumplimiento.

El énfasis apunta a estos últimos es decir a las políticas públicas vinculadas a la legislación fiscal, laboral y de seguridad social. Estas políticas constituirían la causa de la expansión de la INFORMALIDAD.

Ahora bien, el rol del Estado frente a la informalidad respecto a la normatividad que expide, debe restringir su drasticidad con la finalidad de limitar costos excesivos tanto para las micro y pequeñas empresas, como para los trabajadores que laboran en ellas. Esta actitud por parte del Estado, limita su potestad para impedir la exclusión de los trabajadores de los beneficios de la formalidad y por lo tanto evitar que cada vez mayor número de trabajadores y/o empresas ESCAPEN total o parcialmente hacia una informalidad. Esta tendencia creciente puede seguir dándose aún en períodos de un sostenido crecimiento económico.

En tal sentido, los trabajadores de la denominada economía informal, lamentablemente en su mayoría no están reconocidos ni menos registrados, reglamentados ni protegidos plenamente por los beneficios que establece la legislación laboral y la seguridad social: Se caracterizan por lo tanto por la precariedad, lindando inclusive en la pobreza extrema hasta límites perversos de la pobreza crítica. Esta situación ha dado lugar a la aflora clon de sentimientos de "impotencia, exclusión y vulnerabilidad[10] que han ocasionado la negación del disfrute de los derechos de propiedad enfrentando al mismo tiempo con serias dificultades que permite acceder a los sistemas jurídicos y judiciales en defensa de sus derechos.

Felizmente en el caso del Perú, nuestra amada patria, el once de junio del 2003, se expidió la ley N° 28015 que empezó por definir los conceptos de Micro y Pequeña empresa, crea el Régimen Laboral Especial dirigido a fomentar la formalización y el desarrollo de las microempresas: derogando por cierto la Ley N° 27268, Ley General de pequeña y microempresa[11].

De conformidad con la ley, la micro y pequeña empresa MYPE "...es la unidad económica, constituida por una persona natural o jurídica bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial... "con el objeto de "... desarrollar actividades de extracción, transformación producción, comercialización de bienes y prestación de servicios". Respecto al N° de trabajadores, la Microempresa abarca de (1) hasta (10) trabajadores inclusive: y la pequeña empresa de uno (10) hasta cincuenta (50) trabajadores inclusive. El Régimen Laboral Especial, está dirigido a fomentar la formalización y el desarrollo de las microempresas, mejorar las condiciones "de disfrute efectivo de los derechos de naturaleza laboral". Fue de naturaleza temporal (5 años) y comprende la jornada y el horario de trabajo, los descansos semanales, feriados y anual, seguro social y régimen pensionario. Este régimen especial fue defectuoso por cuanto "ni lo circunscribe en forma laboral común de la actividad privada.... "En todo aquello que no había estado debidamente previsto[12].

Por estas consideraciones, aplicando las facultades legislativas N° 291757, el Congreso de la República delegó en el Poder Ejecutivo, la facultad de legislar, expidiendo por tanto el Decreto Legislativo N° 1086 que modifica artículos y normas de la Ley de Promoción y Formalización de las Micro y Pequeña Empresa, contenida en la Ley N° 28015.

El Decreto Legislativo en mención tiene por objeto la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las micros y pequeñas empresas, en el marco del proceso de promoción del empleo, inclusión social y FORMALIZACIÓN de la economía.

Este régimen laboral de la micro y pequeña empresa, reconoce el respeto de los derechos laborales fundamentales, como no utilizar ni apoyar el USO del TRABAJO — INFANTIL, garantizar la formalidad legal de los salarios y beneficios percibidos por los trabajadores no utilizar ni menos auspiciar el uso del trabajo forzado; garantizar que los trabajadores no puedan ser discriminados: garantizar el derecho de los trabajadores a formar sindicatos, así como sus derechos de elegir o no y de filiación o no[13]. Como se aprecia esta nueva Ley establece reglas más acordes con la capacidad económica de estas empresas. De este modo, se reduce el impuesto a la renta y establecen subsidios de hasta el 50% para el pago del Seguro de salud, así como un aporte voluntario por parte del trabajador para su pensión de jubilación. Adicionalmente se precisan otros beneficios laborales, como la compensación por tiempo de servicios, gratificaciones por fiestas patrias y navidad, seguro de vida a cargo del empleador, así como protección por el despido injustificado[14].

Respecto a la Pequeña Empresa, además de los beneficios de la microempresa, tienen derecho al Seguro de Vida conforme al Decreto Legislativo N° 688 de acuerdo con lo establecido en el art. 41 de la MYPE, así como participación en las utilidades, derechos colectivos, así como el derecho de poder pactar mejores condiciones laborales, respetando los derechos reconocidos en la Ley MYPE[15].  

Posteriormente, por D.S. 007-2008-TR se aprobó el T.U.0 de la Ley de Promoción de la Competitividad. Formalización y desarrollo de la Micro Empresa y del acceso al Trabajo decente -Ley MYPE. y por D.S. 008-2008-TR, se aprobó su norma Reglamentaria; de acuerdo a los cuales, el Régimen Laboral Especial es de naturaleza permanente, 1 y 3 años, debiendo los trabajadores de las micro empresas ser regularmente al Régimen contributivo de ESSALUD.

HIPÓTESIS DESCRIPTIVO PRINCIPAL

Si bien la Informalidad de las empresas y trabajadores. es un fenómeno económico-social que se genera al margen de la normatividad fiscal. laboral o de seguridad social, con mayor persistencia en los países como el nuestro en vías de desarrollo, se hace necesario un ajuste y/o rectificación de las Políticas públicas por parte del Estado.

HIPÓTESIS DESCRIPTIVA SECUNDARIA

Si la informalidad está integrada por quienes trabajan por su propia cuenta, por las microempresas o empresas de mayor tamaño, que no cumplen o cumplen parcialmente con las disposiciones fiscales, laborales o de seguridad social, todos ellos se han integrado a ella como REFUGIO, al no haber logrado incorporarse a la economía formal. bien por decisión voluntaria de los agentes o bien porque los costos de la formalidad son mayores que los beneficios que reciben por permanecer en ella.

HIPÓTESIS DESCRIPTIVA TERCERA

El régimen laboral especial aplicado progresivamente a los trabajadores de las microempresas y otras empresas de mayor tamaño, debe ser no sólo mejorado, sino también estatuido de manera permanente y con mayores beneficios, acordes con la dignidad humana de los laborantes.

MÉTODOS Y RESULTADOS

Aparte de los métodos de investigación deductivo e inductivo, nos estamos valiendo de los métodos de la observación, histórico, analítico y comparativo. En cuanto a los resultados lo iremos dando a través del análisis, los aportes y las conclusiones.

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN

Definitivamente los esfuerzos destinados aumentar el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, en el marco de una globalización justa, no tendría sentido si no se toman en cuenta a las empresas y trabajadores que integran la economía informal.

Y es de acuerdo a los informes estadísticos la mayor parte de la población económicamente activa, continúa "ganándose la vida" en el ámbito de la economía informal.

De modo general el trabajo en la economía informal, se caracterizada por centros de trabajo pequeños o no definidos: condiciones de trabajo inseguras e insalubres, bajo nivel de las competencias y de la productividad, ingresos bajos o irregulares, largas jornadas de trabajo y falta de acceso a la información, a los mercados, al financiamiento, la capacitación y la tecnología. Esta realidad, afecta no solo a sus propios integrantes, sino que tiene implicancias negativas sobre el sector formal, a tal punto que en las últimas décadas se advierte un problema acuciante, debido a un acelerado crecimiento aún en periodos de crecimiento económico.

De acuerdo al método analítico se considera que la informalidad muestra esta tendencia debido a las "fallas del estado" que probablemente lo incapacita para impedir la "exclusión de trabajadores de los beneficios del sector formal" y al mismo tiempo para evitar que cada vez una cantidad de trabajadores y empresas, "escapen total o parcialmente a la informalidad".

Esta evidencia nos hace pensar, en la necesidad de contar con instituciones más eficaces y legítimas, capaces de revertir la expansión de la informalidad. Estas "políticas" han dificultado el cumplimiento de la normatividad fiscal laboral o de seguridad social, por parte de las empresas, y han convertido al mismo tiempo menos atractivo al sector formal por parte de los trabajadores.

Respecto al análisis de la Legislación Laboral Especial aplicado a las microempresas y pequeñas empresas MYPES aparte de las razones expuestas para el cumplimiento de la normatividad -políticas públicas, reducción de costos laborales- debemos precisar respecto a la elaboración de la ley, que es determinante la urgencia de expedir leyes laborales más eficaces, que protejan a todos los asalariados, toda vez que cuando se investiga acerca del impacto de la legislación laboral sobre la informalidad, se estima que algunas disposiciones laborales, pueden propiciar que las empresas consideren que les resulta más conveniente, mantener a sus trabajadores fuera de los alcances de la normatividad vigente.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

1.- La informalidad es un fenómeno socioeconómico referido básicamente a las empresas y trabajadores que operan, fuera de la normatividad fiscal, laboral o de seguridad social.

2.- Como tal es un fenómeno en expansión porque la mayor parte de la población activa sigue "ganándose la vida" en el ámbito de la economía informal.

3.- La informalidad comprende a quienes trabajan por cuenta propia a las microempresas y otras de mayor tamaño, que no cumplen parcialmente con la normatividad legal.

4.- Se considera a la informalidad como REFUGIO de quienes no logran incorporarse a la economía formal, como consecuencia de "mecanismos de EXCLUSIÓN".

5.- Se considera también que puede tener en su origen la decisión voluntaria de los agentes económicos de no incorporarse a la economía formal, a consecuencia de "mecanismos de ESCAPE".

6.- Se consideran 2 factores respecto al análisis costo-beneficio de la informalidad: el desempeño de la economía en general: y las "Políticas públicas" vinculados a la normatividad.

7.- Las deficiencias en el accionar del Estado lo incapacitan para impedir la exclusión de los trabajadores de los beneficios de la formalidad: y para evitar que escapen hacia la informalidad.

8.- Aun en periodos de crecimiento económico, la informalidad ha registrado una tendencia también creciente, por lo que se hace necesario, crear instituciones más sólidas, con la finalidad de REVERTIR su crecimiento y la expansión.

9.- La Legislación Laboral Especial aplicada a las micros y pequeñas empresas (MYPES) debe mejorarse progresivamente a darle el carácter de permanente.

10.- En impacto de la legislación laboral sobre la informalidad reclama, expedir leyes laborales con mayor EFICACIA, capaces de proteger todos sus asalariados.

 

RECOMENDACIONES

1.- El accionar del Estado respecto a las políticas públicas, deben adecuarse a la realidad nacional de cada país.

2.- Las políticas públicas deben tender a elevar la productividad de la economía y

en especial a enriquecer el capital humano.

 

3.- Hay que modificar y mejorar los INCENTIVOS a fin de que trabajadores y microempresas, decidan como más conveniente permanecer y realizarse en la FORMALIDAD.

4.- Hay que enfatizar más que en la reducción de costos de la formalidad, en el incremento de sus beneficios.

5.- Con el fin de revertir la expresión de la informalidad, hay que sumar a las públicas laborales y del mercado de Trabajo, las decisiones y publicas públicas en otras esferas: como la política, económica y educativa.

6.- Para el mejoramiento de la Legislación Laboral Especial es conveniente construir una comisión también especial que se encargue de estudiar e investigar las condiciones y relaciones necesarias para el cumplimiento eficaz de tal legislación.

7.- Teniendo en cuenta la trascendencia y magnitud del tema que nos ocupa, se recomienda que la comisión esté integrada por especialistas humanitarios, tanto de las ciencias jurídicas, como de las ciencias económicas, políticas y sociales.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1.- APARICIO VALDEZ. Luis, Análisis Laboral 2003 -2006 / 2007 -2010.

2.- ALCÁNTARA SALAZAR. "El Perú frente a la Globalización" Lima -Perú, Gerardo 2004.

3.- BISSIO, Roberto. El impacto Social de la Globalización en el Mundo. Uruguay 2002.

4- CAMPOS-CARRANZA, Derecho Laboral. Bogotá-Colombia 2003.

5.- GAMERO, Julio "Empleo y Micro Empresa en Lima Metropolitana". HUMALA. Ulises "Entre el desempleo y la Sobrevivencia. DESCO-Lima-Perú 2002.

6.- GRAÑA, Gonzalo "Políticas de Empleo, formación y Diálogo Social" Montevideo 2002. OIT— Uruguay.

7.- HARO-CARRANZA. Julio. Derecho Laboral Público. Empleo Público o Servicios Civil, Lima-Perú 2008.

8.- PADUA. Jorge. "Técnicas de Investigación aplicadas”.

9.- Organización Internacional de Tendencias Mundiales del Empleo en el Mundo. Trabajo OIT, Ginebra, Suiza 2001-2009.

10.- Comisión Mundial Sobre “Por una globalización justa” 2004-2007 la dimensión social de la globalización OIT, Ginebra-Suiza.

11.- Organización Internacional "El trabajo decente". Instituto Internacional del Trabajo, estudios laborales de la OIT. Impreso en España 2006.

12.- Yamada, Fukusaki. "Caminos entrelazados " La realidad de empleo urbano en el Perú” Universidad del Pacifico, Centro de Investigación. 1ra. Edic. 1996.



[1] Instituto Nacional de estadística e informática INEI, 2007, 2008 y 2009.

[2] Guía práctica para la Incorporación Sistemática del Empleo y el Trabajo Decente, O.I.T. 2005, Ginebra.

 [3] Documento presentado en la Conferencia sobre informalidad y desempleo urbano en África por el Instituto de Estudios de Desarrollo (IDS) de la Universidad de SUSSEX en 1971, publicado en versión posterior en The Journal of Moderna African Studies Vol. II (1973)

[4] Una estrategia de empleo productivo en Kenia (Ginebra OIT. 1972).

[5] Empleo: Políticas de Empleo OIT, 1997.

[6] PERRY, Guillermo, MALONEY William, FAJNZYLHER Pablo Informality: Exit and exclusion, Washington. Banco Mundial. 2007, 248, ISBN 97M-0-823-7092-6.

Se traduce también: Informalidad escape y exclusión en un amplio resumen de la obra en lengua hispana publicado por el Banco Mundial que puede leerse en la página http: siterelowes.

[7] Conferencia Internacional de Trabajo Ginebra - Suiza 2002.

[8] HIRSCHMAN Alberi Exit voice and loyalty: Responses to decline in firms, organizations, and stsies. (Massachusetts. Harvard University Press. 1970).

[9] MALONEY William, "informality revicite-, World Development Vol .3 (2004) y Vol 13 (1999) in Mexico.

[10] “Guía práctica para la incorporación sistemática del empleo y el trabajo decente. Aplicación a nivel país - Organización Internacional del Trabajo OIT, Ginebra, Suiza. Primera edición 2008.

[11] Aparicio Valdez, Luis, Informe Laboral, suplemento de Análisis Laboral-Vol. XVIII, N° 210-julio 2003. Texto íntegro y comentado.

[12] APARICIO VALDEZ. Luis. Análisis Laboral. Vol. XXVII N° 313, julio 2003.

[13] APARICIO VALDEZ. Luis. Informe Laboral. Suplemento de Análisis Laboral, Vol. XXIII, N° 270, julio 2003, Texto íntegro y comentado.

[14] APARICIO VALDEZ. Luis. Análisis Laboral, Vol. XXXII N° 372, junio del 2008 y N° 374, agosto 2008.

[15] APARICIO VALDEZ. Luis, Análisis Laboral. Vol. XXXII octubre 2008.

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