viernes, 21 de septiembre de 2018

Decreto Legislativo Nº 1442 es inconstitucional (negociación colectiva en el Sector Público)







 Decreto Legislativo Nº 1442 es inconstitucional
(negociación colectiva en el Sector Público)
Dr. Jorge Rendón Vásquez

Por la Ley 30823 el Poder Ejecutivo recibió la facultad de expedir decretos legislativos por el plazo de 60 días calendario y sobre temas estrictamente señalados por esa norma.
A pocos días de vencerse el plazo indicado (20/9/2018) expidió el Decreto Legislativo 1442, pero excediéndose en las facultades conferidas y violentando la Constitución.
En efecto, uno de los temas delegados por la Ley 30823 fue “Fortalecer y modernizar el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, desarrollando el marco normativo para la implementación de la Planilla Única de Pago del Sector Público; y establecer disposiciones para la negociación colectiva en el Sector Público… ”.
Y ¿qué dispuso en el Decreto Legislativo 1442 contra la Constitución y la ley?
1) Incluir al personal de las empresas públicas dentro de las reglas relativas al personal administrativo del Estado (art. 4º), infringiendo los artículos 40º y 60º de la Constitución que dicen: “No están comprendidos en la función pública los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta.” (art. 40º); “La actividad empresarial pública y no pública recibe el mismo tratamiento legal.” (art. 60º), lo que quiere decir que los trabajadores de las empresas privadas y de las empresas estatales se rigen por las mismas normas de la actividad privada; se excluyen las aplicables a los trabajadores de la administración o función pública.
2) Atribuir al Poder Ejecutivo la facultad de expedir “normas con rango de ley” en materia de ingresos del personal (art. 8º-1) y, asimismo, conferirle a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos “competencia exclusiva y excluyente para emitir opinión vinculante” (art. 8º-3-1). El término vinculante significa de cumplimiento obligatorio por tener como origen la ley.
Hasta aparece elemental decirlo: el poder de dar las leyes es exclusivo del Poder Legislativo (Constitución, art. 102º-1). El Poder Ejecutivo ejerce la función de hacer cumplir las leyes “con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen” (Constitución, art. 45º).
¿Se fió de sus funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, algún consorcio empresarial le dictó ese decreto legislativo o él quiso darlo?



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