domingo, 25 de junio de 2017

EL LUIS APARICIO QUE YO CONOCÍ- Análisis Laboral, AELE, julio 2009



       (Lima, 26 de diciembre de 1930- 25 de junio de 2009)

Análisis Laboral, AELE, julio 2009
EL LUIS APARICIO QUE YO CONOCÍ

Jorge Bernedo Alvarado

Nunca, que no fuesen cartas o ahora correos electrónicos, he escrito en primera persona. Considero que se necesita gozar de mucho reconocimiento para hacer eso. Prefiero el plural tan colectivo como imaginario y hasta cómplice. Pero debo hacerlo, en este caso debo hacerlo. Rompo así nuevamente una regla. Nunca había alabado a una persona en público (que no fuera mi padre, en lo que recuerdo), pero lo hice en un congreso internacional con el auditorio del Hotel Sheraton repleto, y me enorgullezco de haberlo hecho, por supuesto, por Don Luis Aparicio Valdez, para mí el doctor, el Doc. Jefe, padre, amigo. Aliado y consejero. Todo y más a la vez.

Vuelvo a romper mis reglas, decía, con el mismo orgullo –un orgullo modesto, desde luego– y lo hago por él mismo, que se nos fue –como de un rayo diría el poeta– poco después del día del padre en que quise visitarlo, como en el año anterior, con mi hija pequeña, la princesita como le decía. A ella también iluminó con su cariño, igual que a mis hijos mayores, igual que a todos mis parientes y conocidos que le haya presentado, de manera invariable, llana y a la vez plena de especial grandeza. Quienes han estado alguna vez cerca de este espíritu mayor, seguramente me comprenden.

Este es a la vez que un pálido homenaje, un testimonio personal, de parte. Los subtítulos son del Doc. Así vuelve a estar en mi artículo, que siempre revisó, mejoró y alentó, respetando –como los mejores directores de publicaciones que hay en la tierra– aún contra sus propias convicciones, la independencia del autor; pero señalando con su luz, creadoras dudas, reflexiones al margen, por encima del bien y del mal, con verdadera maestría.


AL PIE DEL CAÑÓN

Un joven, digo ahora –debe ser de mi edad, no habíamos cumplido en aquel entonces los 30 años– apareció por mi oficina del Ministerio de Trabajo, enviado desde otra del mismo Ministerio y de la misma dirección –la gloriosa DGE del Empleo– para que le proporcione algunas cifras o datos –sobre los niveles de empleo y la población económicamente activa me parece. Venía porque le indicaron que yo podría darle algunas primicias sobre las cifras, que primero pasaban por nuestra Oficina de muestreo estadístico, para verificar que no tenían errores de procesamiento. Siempre –aunque no les gustara a mis jefes, más por rigor que por ocultamiento– repartí cifras a más no poder. Ya tenía ese gusano. Por supuesto se las entregué. Varias veces regresó en busca de otras primicias y siempre encontré algo que alcanzarle, además de tener el placer de conversar con él. En nuevas ocasiones, me entregó un ejemplar de la revista ANÁLISIS LABORAL. Todo un privilegio para mí, esa revista solamente la tenía el Despacho Ministerial y algunos Directores. Era una revista novedosa, hablando de las leyes laborales, pero también salpicada de unas notas sobre población, de Elsa Alcántara, y sobre empleo, de Arturo Vásquez Párraga, mi visitante. Era el año 1978 y debió llegar el de 1979.

Fue por ese entonces que Arturo Vásquez me habló del Dr. Aparicio, a quien yo solamente había visto pasar por los pasillos ministeriales. Me dijo que quería conocerme, lo que me pareció desproporcionado. No tardó en decirme la razón: él se iba a buscar el futuro en la Universidad de Austin, Texas, donde ha tenido trayectoria destacada.

Arturo me insistió, preocupado por su pronta partida. Me pidió que comentara un cuadro con un par de párrafos, para que lo viera el Doc. Me dio fecha y hora para una visita.

Llegué a la cita. Me encontré con un hombre que me llevaba veinte años aproximadamente, ergo que rondaba los cincuenta. Alto y de buen peso, casi permanentemente sonriente, seguro de sus pasos. Ya quedaba la Oficina en Pablo Bermúdez, cerca del Ministerio, de la panadería Franco y sus alfajores, cercana a Rovegno y sus vinos y latas de jamón. Y a la churrasquería de Arenales, del futbolista uruguayo, que ponía tangos y cerraba muy tarde.

Este señor, que impresionaba a primera vista, me contó la historia del Ministerio, me pagó por el par de párrafos a pesar de mi oposición y me dijo que escribiera un artículo y que me pagaría mejor. Lo hice y volvimos a conversar, me discutió más que corregir algunas cosas, y luego se dedicó a conversarme, en una especie de encuentro de dos mundos. El venía de conocer el mundo del trabajo a través de la OIT. Yo lo estaba descubriendo en la estadística. Yo había sido dirigente estudiantil, un chino comunista abandonado a su suerte, un prospecto de dirigente sindical, un viajero por variados rincones del Perú gracias al trabajo, aficionado al fútbol, al atletismo y a los toros, a la literatura con muchos conocidos en esa vida. Pero don Luis Aparicio era infinito. Me contó anécdotas de política peruana –del APRA en especial– a las que no había alcanzado sino de oídas y de niño, de la vida estudiantil en París, cercano a Luis Loli, a Julio Ramón Ribeyro, a Chariarse, y a otros personajes, de cómo funcionaban las Reuniones Anuales de la OIT siempre tan pobladas de parlamentarios advenedizos. Me instruyó sobre la ópera –las dirigía frente a la radio– épocas del crecimiento de Sol Armonía –o el tocacassette con sus cintas preferidas, y hasta me consiguió algunas entradas para que vuelva a visitar el Municipal. Me hizo entender y enamorarme del mundo del trabajo: un complejo formado por leyes laborales, por la seguridad social –que fue su pasión– y su financiamiento, por el empleo y los ingresos de la gente, por el mundo sindical, por la historia y la geografía, por la economía y la política, por la psicología social y la demografía. ¿Qué no cabe en el mundo del trabajo? En la creciente biblioteca de ANÁLISIS LABORAL, con el auxilio de Cabanellas y los clásicos, con la revista de OIT y con todos los libros que podíamos curiosear, me fui formando de a pocos. ANÁLISIS LABORAL –que casi quiere decir el Doc– y la DGE del Ministerio de Trabajo, fueron mis universidades. La diferencia es que la primera hablaba, y era un placer conversarle. Allí estaba el Doc, puntual y esforzado siempre. Al pie del cañón, así decía.

UN NUMERÓN

Los primeros años de esta revista han sido inolvidables. Con el doctor Aldo Vértiz, y con Alfredo Chienda, que se trataban de buen hombre, al pie de la batuta del Doc –la patronal le decía Aldo, solo entre nosotros, en son de broma– teníamos unas gratas reuniones en las noches de los miércoles, junto a unas invariables butifarras con Coca Cola, donde discutíamos la política y las leyes y el propio contenido de la revista. El Doc tomaba su lapicero y papel blanco y comenzaba a decir: Carátula, Carta, Escenas… si no se le adelantaba el Dr. Vértiz. Seguían, otras secciones fijas: Legislación, Jurisprudencia, Invitados y al final los temas nuevos a comentar, en una época en la que la legislación laboral cambiaba sin cesar. Luego las páginas para cada tema. Después una discusión acerca de lo que cada cual escribía, pero sobre todo alrededor de las nuevas leyes, para enorme beneficio mío. El Doc contemplaba con benevolencia el encendido debate, pero no dejaba de sacar nunca la conclusión final, y algún argumento mágico de su chistera que milagrosamente armonizaba a todos, que pensábamos de manera divergente, pero que él podía llevar a conclusiones mejores, dejando siempre una lección. Más de una vez nos convencimos a punta de diccionarios y de consultas con los textos en la mano. Aun más veces, la magia del Doc era el toque decisivo.
Pero las reuniones eran una fiesta si había nuevas leyes trascendentes –la política de salarios, la estabilidad laboral, la compensación por tiempo de servicios (y sus topes absurdos solamente para empleados)– que teníamos que comentar interviniendo todos, con apuntes sociales y económicos, con análisis jurídico demoledor o aleccionador al menos. Entonces, el Doc comenzaba desde la trama a decir: “¡Un numerón! ¡Este va a ser un numerón!”. Lo corregíamos con devoción –tiempo sin impresoras ni computadoras, de los linotipos y el papel poliéster– las correcciones finales debían contener la misma cantidad de caracteres de lo corregido –en la imprenta de don Pepe Carvallo y el fiel corrector don José Soto– y siempre apurados por tener todo a su tiempo.

Así llegaba el numerón. Cuando por fin era traído de la imprenta, el Doc lo tomaba primero siempre con alegría, lo miraba y remiraba como a un hijo y no dejaba, mientras pasaba de una en una las frescas páginas, de exclamar alegre: ¡Un numerón! ¡Un numerón, un numerón!

Así amaba el Doc a la revista. Tanto que le vi, en la misma imprenta de don Pepe Carvallo, llorar emocionado al tomar en sus manos el número 100. Era casi un monumento para mí, ver a este hombre fuerte y rotundo, enternecido, por el número mágico de esa revista.

 ¡QUÉ DICE EL HOOOOMBREEE!

No bastaban los miércoles para nuestras conversas. Frecuentemente tenía alguna razón para ir a la revista, al mediodía o luego de horas de trabajo, volando desde mi oficina hacia la cercana revista. En otras ocasiones acordábamos almorzar con lapicero en mano, y finalmente inventamos el trabajo de los sá- bados en la mañana, para recoger ideas, para corregir, para absolver dudas. Su saludo, si me sorprendía en el escritorio o si me recibía era el ¡qué dice el hoooombreee! exclamado como si estuviera distante o me hubiera esperado mucho tiempo. Me he quedado con ese saludo para otras personas y para toda la vida.

Había muchos hombres a los que saludaba en ese tiempo y que pasaron por la oficina. Algunos inolvidables como Alfonso Grados, o políticos entonces en camino como el actual alcalde limeño. También periodistas históricos en las reuniones de aniversario, como el cumpa Donayre, o Alfonso Delboy, que me decía hijo, o Álvaro Rojas Samanez y su vocación por la historia política. Cuando dejé el Ministerio de Trabajo, en 1989, y tuve escritorio en la revista, no dejaba jamás de llamarme, si consideraba que debería conocer a ese invitado o visitante. Podía ser Inés Temple, o Luis Delgado Aparicio, o funcionarios de la OIT, o la corte de nuestros laboralistas, amigos solamente por el hecho de serlo. Y eso que yo era, para muchos, pero jamás para el Doc, una evitable compañía, la de un dirigente sindical de los trabajadores estatales, y para colmo, del Ministerio de Trabajo.

Siempre admiré, de otra parte, su facilidad para resolver los problemas por teléfono porque siempre había por allí algún conocido o simplemente porque sin conocerle personalmente la gente le tenía aprecio. Lo que sí, el Doc jamás olvidaba un favor por pequeño que fuera. Y nunca dejó de preocuparse de la desgracia ajena. Es allí, me aconsejaba, donde se conocen los amigos, y lo veíamos disparado salir hacia hospitales, velorios o misas, dejando pendiente cualquier cosa por urgente que pareciera. La amistad, como el mejor terreno cultivable, era practicada con devoción, sin intereses, por el deber ser, por el siempre cercano ¡qué dice el hombre! de Don Luis.

LA SABIA LIDIA DE LAS DISCREPANCIAS

Es sabido que el Dr. Aparicio había dejado la Universidad del Pacífico, en donde dirigía el Centro de Investigación por discrepancias con nuevos profesionales. Tuvo una importante solidaridad de muchos buenos amigos y profesores, pero al fin, prefirió el comienzo exitoso de su revista y de todo el complejo que es ahora AELE. Como resultado, sus discrepancias se prolongaron y tuvo un ir y venir de cartas, que ejerció como un deporte. Cuando le sorprendía en esas tareas o me consultaba algún término, me hacía aclaraciones increíbles. Me contaba de esos entonces jóvenes y los llenaba de virtudes. Se trataba de un “joven economista”, brillante, claro, o de un jurista con un manejo exhaustivo, casi genial, de la lógica de los reglamentos, no había caso. Le recordaba yo entonces el verso de Vallejo, tan a la mano, del proletario y la gana dantesca, españolísima, de amar, aunque sea a traición, al enemigo. Sonreía. Y siempre fue así, supe de algunas ocasiones de controversia pero nunca pasaban a mayores. Por el contrario, vivía alabando por doquier, buscando siempre el mejor lado de todos.

Recuerdo un incidente, muy especial. Como AELE presentamos una investigación sobre las todavía jóvenes AFP. Le preocupaba mucho al Doc, como a nadie que conozca, la situación de los jubilados. Su formación europea, pensaba, lo lleva a eso, en este país donde jubilarse con pensión decente, es algo demasiado improbable y lejano –el Doc me contó que no había obreros mineros jubilados pues morían antes de la edad de jubilación, y sus aportes engrosaban el fondo útil para las amigables jubilaciones de los empleados y los ejecutivos– y lo que interesa a la gran mayoría de trabajadores, es pasar el día y ver si sus hijos se educan para salir del hoyo de pobreza en donde están sumergidos. Para el Doc, en cambio, la jubilación era un tema muy real y de fondo.

Vuelvo a la presentación. El trabajo se presentaba en un hotel miraflorino. En el hall se presentó un funcionario previsional que también participaría del acto quién reclamaba de algunas afirmaciones contenidas en el documento, las que estaban respaldadas por la estadística oficial, según le indique, pero la intemperancia continuaba. Entonces el Doc, llevó a un lado al reclamante y sin abandonar mi presencia le comenzó a preguntar, con voz serena y como quien recuerda, por diversas personas que ambos conocían. Poco a poco el interlocutor fue calmándose, terminaron dándose mano y antebrazo, y en la exposición el discrepante terminó afirmando que se trataba de una investigación muy importante. Claro que nunca se publicó.

Mis mayores enojos con el Doc se debían a mi puntualidad –o mejor, vocación por el suspenso– para entregar los artículos, los cuales le llegaban (y llegan) al filo del envío a la imprenta. Entonces, el artificio del Doc era decirme, en el más amable tono posible, que había tomado el espacio para publicar otra cosa. Él sabía muy bien que allí me daba en el ojo, y que era la mejor manera de corregir las cosas. Y en alguna ocasión en la que dije que mejor dejaba la revista debido a que me era muy molesto este juego me respondió con un correo escueto, “no fastidies, estoy enfermo”. Y no me quedó más que ponerme a escribir, como siempre, y en el fondo, feliz.



ARENALEEES

El Dr. Aparicio tenía una solemnidad y altura que lo hacían casi papal. Pero volviendo a los años gloriosos de su adultez, refrenaba su espíritu afín al jolgorio, la broma, con algunos tragos, muy esporádicos, pero gozosos.

Más he aquí que Arturo Vásquez, Arturito, el compañero de los días iniciales había vuelto al Perú. Había que celebrarlo. Me dijo que lo recogeríamos al atardecer y que iríamos ¿adónde? ahora que no estaba la churrasquería de Arenales y su futbolista tanguero, quedaba una nueva opción, la de Ballesteros, el arquero de la “U”, que había inaugurado su propia parrilla. Hacia allí enfilamos. "Dejemos los autos", dijo, "esto va a ser cosa seria". No lo creía y la verdad me tomó desprevenido. Pedimos una ronda de pisco sour dobles y los bebimos casi de golpe, siguiendo el ritmo del doctor. Luego vino el mozo y el Doc le dijo, traéme seis para que no camines tanto. Me puse en guardia, a ese ritmo caería redondo Arturo, y posiblemente después yo. Otros seis y dobles. Claro Doctor, decía tambaleando Arturo –que para colmo no era de tragos– pero estaba sabiamente ubicado en una esquina en sillón de cuero. Las parrillas y vino por botellas. Yo tomaba tieso, admirado por este desborde pero con esa seriedad que no deja que te marees, que te sugestiona para seguir de pie. Contábamos chistes. El Doc reconoció que el mozo que nos atendía era traído de la churrasquería de Arenales, y lo llamaba coreando jubiloso ¡¡¡Arenaleeees, Arenaleeees, otro vino!!! Claro, era algo nunca visto, estaba ante un problema. La emoción marea más que el licor, pero combinados, nos llevan lejos y pronto. Confirmado. El Doc dijo que contaría historias familiares… a mí, porque Arturo ya había sucumbido. Le convencí que teníamos que irnos, a él, que siempre marcaba el paso. Levantó las cejas, se irguió, casi se recuperó de un exagerado viaje. Y me dijo mirando el sueño feliz de Arturo, hay que llevarlo, qué dirá su señora. Tomamos un taxi. Tuvimos problemas para que Arturo recordara donde vivía, pero llegamos al fin. Me tocó disculparlo, decirle a la "jefa" que el doctor estaba en el taxi. Luego tomar la placa del auto y bajarme pues el Doc se iría hasta La Molina. Al día siguiente, el Doc me llamaba para preguntarme por los autos. Definitivo, era la única vez en la que vi que había celebrado más allá de su límite, como advirtió, en serio, muy en serio. ¡Y yo había sobrevivido! ¡Casi un milagro!
Pero duró poco. El Doc no olvida. Llegó un cóctel en la Oficina, de los de aniversario. Estábamos departiendo con los asistentes, cuando de pronto el Doc me dijo que quería brindar conmigo, pero un poco más allá en un apartado de la Oficina. Yo encantado, claro. El Doc llevó una botella de cognac, de buen cognac. Sirvió una dosis muy seria en las copas esféricas y ¡salud! Y otro salud y otras dosis serias, continuas, en lo que era casi un duelo, cuyo final no recuerdo. Solamente que había acabado la reunión y el Doc vino por mí, con envidiable frescura, a levantarme del knockout. No había siquiera posibilidad de empate.

MÁS SABE EL DIABLO

Yo sé muy bien lo que es el Dr. Aparicio para mí. Una especie de padre adicional, un ejemplo, un benefactor, en fin, el Doc incomparable.

Pero solamente bordeo la imagen que supongo él tendría de mí. Era para él, me parece, una especie de enviado, un zorro de abajo que le informaba, cosas que no veía pero siempre alcanzaba. Recuerdo que, por ejemplo, le conté cómo andaban las premuras por Villa el Salvador y Lurigancho cuando el shock de precios de 1988. Se organizaron, mágicamente, las ollas y comedores populares, a veces ayudados por colectas, de ONGs, de parroquias. Fue un golpe duro y seco, además inútil, en nombre de la economía, inflingido sobre todo a los pobres. El Doc, siempre tuvo salidas. Llamen a las ollas Record, allí está un gran tipo, el seguro ayudará, recomendó. Y así fue, como todos saben, esa fábrica fue una gran colaboradora para la sobrevivencia de los barrios alejados y castigados.
Más de una vez coincidimos en recuerdos, especialmente de canciones y de libros, o en amigos suyos que ya no veía, pero de quienes le informaba, gracias a la suerte mía de tener amistades mayores en edad. Paco Bendezú, Leopoldo Chariarse, el activo Enrique Congrains, datos por favor de Julio Ramón Ribeyro; los próceres del empleo, Benjamín Samamé, Alberto Insúa, Francisco Codina, Edgar Flores, Abel Centurión, el gran “ñato” Alarcón; los periodistas nuevos pero que compartíamos –Eloy Jáuregui, Jorge Pimentel– la gente de las universidades. Yo intentaba datearle, es la verdad, porque él después me abrumaba con información complementaria.

De cuando en vez, sacaba algo de mi propia, pequeña chistera y le sorprendía. Y así fue que escuche su comentario. “Más sabe el diablo por Bernedo, que por diablo”. Hasta ahora lo aplico a otros, cuando lo merecen.

TALLARÍN SIN QUESO

En los últimos años hemos sido más distantes. Las ocupaciones nos centrifugaron como grupo, el correo electrónico nos fue reemplazando como personas y pasamos a ser textos que van y vienen. El Doc planteaba, de almuerzo en almuerzo, las reuniones a las que acudí siempre. Está- bamos comiendo, no hace mucho unos spaghettis con lomo, pero no habían traído el parmesano de ley. Riendo, el Doc soltó: “Tallarín sin queso es como amor sin beso”. Hablamos varias veces de la muerte. Lamentamos no haber estado más tiempo, compartiendo juntos, por los rumbos que da la vida, como se suele suspirar. Cuántas cosas podríamos todavía cambiar. Me reclamó que no haya hecho un poema –para la revista, conociendo mis aficiones– y me contó que de su parte tenía algunos cuentos, que no me logró enseñar. Hazte un soneto, me dijo, para Análisis Laboral por ejemplo, alguna vez que hablamos de esto, son fáciles de hacer, en rima libre. Sí, coincidimos, Doc, son fáciles de hacer y son ligeros por esa facilidad. Aquí he hecho uno en su memoria. Fue fácil y de noche, pero no sé si le ha de gustar la ligereza.




SONETO PARA EL DOC

Un timonel hoy viaja hacia otra orilla
Cruzando al madrugar su última niebla
Lleva confiado el barco de la vida
Y deja sobre el mar sutil su huella

Una estrella le alumbra centinela
Y otra mayor su fe rescata y puebla
Esta arena en la playa donde agitan
Sus dolores de amor blancos pañuelos

Es don Luis Aparicio quien maneja
La senda, el ritmo y los recuerdos
Mientras el tiempo corre por su cuerda

Y solo el mismo tiempo calavera
Sembrado para siempre en este suelo
Le da distancia al barco en que se fuera

Como en los tiempos de antes. Lo he recordado poco por el espacio Doc. No hay que abusar. Hay que mantener el tono ágil, si no, nadie nos lee. Nos estamos viendo Doc. Como siempre, no se preocupe.


lunes, 19 de junio de 2017

Presentación del III numero de la Revista del Taller de Investigación de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Dr. Jose Matias Manzanilla y Seminario: “Perspectivas de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el Perú”.






Presentación del III numero de la Revista del Taller de Investigación de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Dr. Jose Matias Manzanilla y  Seminario: “Perspectivas de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el Perú”.

Lugar: Auditorio “Jorge Eugenio Castañeda”-Facultad de Derecho- UNMSM
Fecha: viernes  07 de julio de 2017
Hora: 18:30- 20:45 pm
Colaboración: adquisicion del III numero de la Revista del Taller Manzanilla.

INGRESO LIBRE



PROGRAMA

1.    “Procedimiento de la inspección del trabajo en materia de seguridad y salud en el trabajo”.

Abog. Luis Alberto Serrano Diaz
Profesor de Derecho Individual del Trabajo-Facultad de Derecho-UNMSM

2.       "Convenios Internacionales de Trabajo aplicables a la Seguridad y Salud en el Trabajo”.

Mag. Eleana Rodriguez Castillo
Docente universitaria, Maestria en Derecho del Trabajo y Seguridad Social-UNMSM.

3.    “La Responsabilidad contractual y extra contractual en los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales”.   

Dr. Francisco Javier Romero Montes
Profesor principal de la Facultad de Derecho –UNMSM.    

Presentación del tercer numero de la Revista del Taller Manzanilla.
          
Alumn. Max Henry Chauca Salas

Coord. Gnral del Taller Manzanilla.    

                  

domingo, 18 de junio de 2017

El Principio de no Discriminación en los Convenios Fundamentales de la OIT- Dr. Emilio Morgado Valenzuela (Chile)




Análisis Laboral, AELE, diciembre 2009

El Principio de no Discriminación en los Convenios Fundamentales de la OIT

Emilio Morgado Valenzuela (Chile)
Miembro Honorario de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (SPDTSS)


CONCEPTOS PRELIMINARES

El derecho a la no discriminación es un derecho humano fundamental universalmente reconocido que debe presidir todas las manifestaciones individuales y colectivas del comportamiento humano y a las normas que las regulan. La voz “discriminar” comprende dos conceptos cercanos pero no sinónimos. De una parte significa reconocer la existencia de diferencias. De otra parte equivale a constituir diferencias. En el primer caso se reconoce algo que ya existe como separado y distinto de lo general; en el segundo caso se crea una diferenciación al separar lo que inicialmente es único.

En ambos casos se presenta un trato diferenciado de las situaciones preexistentes o creadas, que puede conducir al establecimiento de ventajas o desventajas que favorecen o perjudican a los sujetos de esas situaciones. Ellas adquieren especial connotación cuando son arbitrarias y se fundamentan en prejuicios respecto de las personas que son sujetos de esas situaciones, o de los elementos que las configuran. Sus matices se acentúan cuando las diferencias discriminatorias negativas generan o profundizan la exclusión de ciertos grupos minoritarios.

La discriminación asume dos modalidades. En la primera, el reconocimiento de la existencia de distinciones y diferencias motiva actitudes y acciones encaminadas a establecer ciertos equilibrios compensatorios (discriminación positiva), o a mantener o profundizar lo diverso, sus causas y efectos (discriminación negativa propiamente tal).

La discriminación negativa refleja la existencia de intolerancia individual o colectiva. Conduce a no admitir lo diverso, la existencia del otro, de los otros. Es una actitud que impide reconocer lo que es distinto e invita a imponer a los demás unos determinados valores, creencias y visiones, rechazando la diversidad. Suprime lo distinto o diverso y excluye lo ajeno negando o terminando su existencia.

Al focalizar el concepto de discriminación en el campo de lo laboral debemos recordar que Américo Plá sostiene que ella es negativa “si las diferenciaciones colocan a un trabajador en una situación inferior o más desfavorable que el conjunto ... sin una razón válida ni legítima”[1].

En cambio las diferenciaciones conocidas como discriminaciones o acciones positivas o afirmativas establecen diferencias para favorecer a ciertos trabajadores que requieren de una protección adicional a las comunes existentes para ese colectivo social.

En la práctica la voz discriminación se asocia a dar arbitrariamente a una o más personas o colectivo humano, un trato no sólo distinto sino que desfavorable en relación con el conjunto de referencia. Tal connotación se refuerza con el tránsito desde la expresión “discriminación positiva” hacia las expresiones “acción positiva” y “acción afirmativa”, reservándose el uso de la palabra discriminación para denominar las situaciones de tratamientos desmejorados a uno
o más miembros de un grupo.

Cabe evocar que la discriminación asume dos categorías: directa e indirecta. Es directa la encaminada derechamente al objetivo de provocar situaciones desventajosas e inferiores a las posibilitadas a los demás. Es indirecta la que sin estar original o principalmente dirigida a provocar esas situaciones, conduce a ellas, les da cabida o, sin pretenderlo, las origina. También se discrimina indirectamente
cuando una disposición o práctica válidamente aplicada a todos los miembros de un colectivo, de hecho constituye un tratamiento desigual y perjudicial para personas que se encuentran en situaciones –o tienen características– que en la práctica las tornan en sujetos de discriminaciones.

LA NO DISCRIMINACIÓN EN LOS CONVENIOS FUNDAMENTALES DE LA OIT

En el Preámbulo de la Constitución de la OIT y en la Declaración de Filadelfia (1944) se afirma que “todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades”.

De otra parte la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación son evocados en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998). En ella se recuerda que al incorporarse libremente a la OIT, todos los Miembros han aceptado los principios y derechos enunciados en su Constitución y en la Declaración de Filadelfia, por lo que los Miembros que no hayan ratificado los convenios correspondientes, tienen el compromiso de respetarlos, promoverlos y hacerlos realidad.

De otra parte el principio de no discriminación es un eje rector en el Programa de Trabajo Decente, mediante el cual se promueven oportunidades para que hombres y mujeres puedan conseguir un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana.

También cabe recordar que el Derecho del Trabajo, en su dimensión tutelar establece diferenciaciones que colocan a los trabajadores, o a ciertos trabajadores, en una situación más favorable que la inicial, con el propósito de establecer equilibrios equitativos en presencia de desigualdades preexistentes. La búsqueda de esos equilibrios constituye la razón válida y legítima de la llamada discriminación positiva.

1. El Principio de no Discriminación en el Convenio Nº 100, sobre la Igualdad de Remuneración, 1951. En este Convenio se obliga a aplicar a todos los trabajadores de los sectores público y privado el principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la femenina por un trabajo de igual valor.

Si bien el concepto de trabajo de igual valor no ha sido definido específicamente en el Convenio, la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) ha señalado que para calcular la remuneración se debe tener presente que como los hombres y las mujeres tienden a desempeñar trabajos diferentes, es necesario establecer métodos y procedimientos apropiados para determinar el valor relativo de trabajos con distintos contenidos.

También la CEACR ha sostenido que la expresión “asegurar” se refiere a la aplicación del principio de no discriminación en los casos
en que el gobierno puede ejercer directa o indirectamente una influencia sobre el nivel de los salarios, en tanto que la voz “promover” tiene relación con las convenciones colectivas de trabajo, por ejemplo.


2. El Principio de no Discriminación en el Convenio Nº 111, sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958. El término discriminación comprende cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social, que tenga por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación. En uno y otro caso, los términos empleo y ocupación incluyen tanto las condiciones de trabajo como el acceso a los medios de formación profesional y la admisión en el empleo y ocupaciones[2].

A esos motivos o criterios se suman otros reconocidos en las legislaciones o prácticas nacionales. Algunos Estados Miembros han incorporado motivos tales como el embarazo, la afiliación sindical, el origen o condiciones étnicas, la orientación sexual, el estado civil o marital, el nacimiento, linaje o procedencia tribal, el estatus socioeconómico, la condición de propietario, el apellido, el lugar de residencia, la edad; las obligaciones y responsabilidades familiares; la lengua o idioma, las convicciones religiosas o filosóficas, el estado de salud actual o futuro, las apariencias o características físicas o personales o del modo de vivir, las dificultades físicas, mentales o psíquicas; la incapacidad o discapacidad, el VIH y SIDA.

Sobre el particular es conveniente evocar que: (i) “raza” debe entenderse en un sentido amplio que comprenda a las comunidades lingüísticas o minorías cuya identidad se basa en características religiosas o culturales o incluso en la ascendencia nacional o diferencia de “color”; (ii) “ascendencia nacional” se refiere a distinciones hechas “en base al lugar de nacimiento de una persona, ascendencia u origen extranjero”; (iii) distinciones basadas en el “sexo” son las vinculadas con el estado matrimonial, responsabilidades familiares, o acoso sexual y atenciones sexuales no solicitadas; (iv) motivaciones basadas en la “religión” son las fundamentadas en la confesión o la fe que se profesa o no profesa. Comprenden la pertenencia o no pertenencia – creencia o no creencia en una religión; (v) discriminación por origen social es la que tiene presente la pertenencia a “una clase, categoría socio-profesional o casta”, y (vi) “opinión política” comprende la expresión de oposición a los principios y opiniones políticas establecidas, y el intento de influir en las decisiones que se tomen en la vida pública.


3. Convenios sobre Libertad Sindical, el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva.

– Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 (Nº 87). En el Convenio se establece que los trabajadores y empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

La expresión “sin distinción alguna” no excluye la posibilidad de que la legislación nacional establezca algunas restricciones en cuanto al ámbito profesional de cobertura de las normas evocadas. Al efecto en el Convenio se establece que la legislación nacional “deberá determinar hasta qué punto se aplicarán a las fuerzas armadas y a la policía las garantías previstas por el presente Convenio”.

La manifestación colectiva del principio de no discriminación es recogida al disponerse que “las organizaciones de trabajadores y de
empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción”. A lo anterior se agrega el derecho de esas organizaciones de constituir y afiliarse a federaciones y confederaciones, incluyendo a las de carácter internacional.
La protección se refuerza al establecer que las organizaciones de trabajadores y de empleadores “no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa”, y que la adquisición de la personalidad jurídica no puede estar sujeta a condiciones cuya naturaleza limite la aplicación de las disposiciones del Convenio.

– Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, 1949 (Nº 98). La dimensión individual de la protección del principio de no discriminación se expresa al disponer el Convenio que los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo, y que dicha protección deberá ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto: (i) sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato, o (ii) despedir a un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo o, con el consentimiento del empleador, durante las horas de trabajo.

4. Convenios sobre el Trabajo Forzoso u Obligatorio – Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (Nº 29)[3]. Sus normas se aplican a todas las personas y a todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, entendiendo por tal al trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente. Para el Estado que lo ratifica nace una obligación de abstenerse y una obligación de hacer, esto es, no debe imponer dicho trabajo ni tolerar que otros lo impongan, a la vez que debe derogar toda norma legal o reglamentaria o administrativa que lo prevean o toleren. Además, debe adoptar medidas para que ese tipo de trabajo sea declarado ilegal y que, a la vez, sea objeto de sanciones
penales realmente eficaces y aplicadas estrictamente.

Como excepción el Convenio permite las siguientes formas de trabajo o servicios no voluntarios:

a. Los que se exijan en virtud de las leyes sobre el servicio militar obligatorio y que tenga un carácter puramente militar;

b. Los que formen parte de las obligaciones cívicas normales de los ciudadanos de un país que se gobierne plenamente por sí mismo;

c. Los que se exijan a un individuo en virtud de una condena pronunciada por sentencia judicial, a condición de que este trabajo o servicio se realice bajo la vigilancia y control de las autoridades públicas y que dicho individuo no sea cedido o puesto a disposición de particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado, o
d. Los que se exijan en casos de fuerza mayor, guerra, siniestros o amenaza de siniestros, y en general, en todas las circunstancias que pongan en peligro o amenacen poner en peligro la vida o las condiciones normales de existencia de toda o parte de la población.
Tampoco son forzosos u obligatorios los pequeños trabajos comunales realizados por los miembros de una comunidad en beneficio directo de la misma, trabajos que, por consiguiente, pueden considerarse como obligaciones cívicas normales, si la misma población o sus representantes directos tienen derecho a pronunciarse sobre la necesidad de esos trabajos.

Junto con expresar que la “pena” que tipifica a un trabajo forzoso u obligatorio no tiene que ser necesariamente una sanción penal sino que también puede tratarse de la privación de cualquier derecho o ventaja, la CEACR ha sostenido que tiene el carácter de forzoso el trabajo o servicio que “se impone mediante la explotación de la vulnerabilidad del trabajador, bajo la amenaza de una pena, el despido o una remuneración inferior al salario mínimo” como ocurre, por ejemplo, cuando la negativa de realizar trabajo adicional a la jornada ordinaria de trabajo puede ser causal de pérdida del empleo, o cuando “la obligación de trabajar más allá de la jornada ordinaria de trabajo se deriva de la necesidad de hacerlo para poder alcanzar el salario mínimo”, si la empresa condiciona el pago al logro de “metas de rendimiento” fijadas por ella, que en la práctica tornan obligatorio trabajar ese tiempo adicional.

– Convenio sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, 1957 (Nº 105).
Obliga a suprimir y a no hacer uso de ninguna forma de trabajo forzoso u obligatorio en los cinco casos siguientes:

a. Como medio de coerción o de educación políticas o como castigo por tener o expresar determinadas opiniones políticas o por manifestar oposición ideológica al orden político, social o económico establecido;

b. Como método de movilización y utilización de la mano de obra con fines de fomento económico;

c. Como medida de disciplina en el trabajo;

d. Como castigo por haber participado en huelgas, y

e. Como medida de discriminación racial, social, nacional o religiosa.

5. Convenios sobre el Trabajo Infantil– Convenio sobre la Edad Mínima, 1973 (Nº 38). Para lograr la total abolición del trabajo de los niños mediante el establecimiento de principios comunes en su protección, evitando discriminaciones, al adoptarse el Convenio Nº 138 se estimó necesario reemplazar gradualmente a los Convenios ya existentes sobre la edad mínima, adoptados entre 1919 y 1965.

Los países que ratifican este Convenio se comprometen a asegurar la abolición efectiva del trabajo de los niños y a elevar progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo
a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores.

La CEACR ha sostenido que las normas del Convenio se aplican a todas las formas de empleo o de trabajo, “independientemente de que exista o no un contrato de trabajo y de que el mismo sea o no remunerado …o que el trabajo sea por cuenta propia”.

La edad mínima no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar, o en todo caso, a los 15 años. Pero esa edad puede reducirse a 14 en los países cuya economía y medios de educación estén insuficientemente desarrollados.

De otra parte, tratándose de un empleo o trabajo que por su naturaleza o las condiciones en que se realice pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores, la edad mínima de admisión no deberá ser inferior a 18 años, la que
puede ser reducida a 16 en los casos establecidos en el Convenio.

El Convenio contiene disposiciones flexibilizadoras tales como:

a. Se podrá excluir de la aplicación del Convenio a categorías limitadas de empleos o trabajos respecto de los cuales se presenten
problemas especiales e importantes de aplicación, con excepción de los empleos y trabajos calificados como “peligrosos”.

b. El Estado Miembro cuya economía y servicios administrativos estén insuficientemente desarrollados podrá limitar inicialmente el campo de aplicación del presente Convenio.

c. El Convenio no se aplicará al trabajo efectuado por los niños o los menores en las escuelas de enseñanza general, profesional o técnica o en otras instituciones de formación, ni al trabajo efectuado por personas de por lo menos 14 años de edad en las empresas, siempre que dicho trabajo se ajuste a lo dispuesto en el Convenio.

d. La legislación nacional podrá permitir el empleo o el trabajo de personas de 13 a 15 años de edad en trabajos ligeros, a condición de que éstos: (i) no sean susceptibles de perjudicar su salud o desarrollo; y (ii) no sean de tal naturaleza que puedan perjudicar su asistencia a la escuela, su participación en programas de orientación o formación profesional, o el aprovechamiento de la enseñanza que reciben, y

e. La legislación nacional podrá también permitir el empleo o el trabajo de personas de 15 años de edad por lo menos, sujetas aún a la obligación escolar, en trabajos que reúnan los requisitos previstos en el Convenio.

La autoridad competente podrá conceder permisos individuales con finalidades tales como participar en representaciones artísticas. Esos permisos limitarán el número de horas del empleo o trabajo objeto de esos permisos y prescribirán las condiciones en que puede llevarse a cabo.

– Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, 1999 (Nº 182).- No se establecen excepciones ni limitaciones respecto de las peores formas de trabajo infantil, las que deben ser erradicadas aplicando medidas inmediatas y eficaces que las prohíban y eliminen.
A los efectos del Convenio, el término “niño” designa a toda persona
menor de 18 años, y la expresión “las peores formas de trabajo infantil” abarca:

a. Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados;

b. La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas;

c. La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para realizar actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, y

d. El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.



[1] Américo Plá Rodríguez: Los Principios del Derecho del Trabajo. 3ª Edición actualizada. Depalma (Buenos Aires), 1998, págs. 39, 414 y 415.
[2] No son consideradas como discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en las calificaciones exigidas para un empleo determinado, lo cual debe interpretarse en forma restrictiva.
[3] El Convenio Nº 29 fue adoptado en la 14ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (1930), por 240 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención. Entró en vigor el 1° de mayo de 1932, y al 31 de diciembre de 2003 había sido ratificado por 163 Estados Miembros de la OIT.