sábado, 18 de febrero de 2017
Homenaje al símbolo del derecho social en el Perú: Ponencia Magistral: “Perspectivas de la Seguridad Social en el Perú”-UNMSM
Homenaje al símbolo del derecho social en el Perú:
Ponencia Magistral: “Perspectivas de la Seguridad Social en el Perú”-UNMSM
y homenaje al Profesor Emérito UNMSM- Dr. Jorge Rendón Vásquez.
Lunes 06 de marzo de 2017
Auditorio José León Barandiaran-Facultad de Derecho-UNMSM
Hora: 7:00 pm.
Jorge Rendón Vásquez ingresó a la cátedra universitaria en San Marcos en 1964. Desde entonces, ha hecho un largo camino académico, jalonado de enseñanzas de Derecho del Trabajo y de Derecho de la Seguridad Social a las sucesivas promociones salidas de la Facultad de Derecho de esta Universidad. Una parte importante de esta labor académica son sus libros de ambas especialidades que constituyen tratados clásicos en América Latina.
Desde siempre su batalla por los derechos sociales de los trabajadores es permanente y se encuentra plasmada en las páginas de esos libros, en sus artículos, cátedras y en su ejercicio profesional. Esa batalla por sus ideales continúa…
miércoles, 4 de enero de 2017
XII CURSO DE DERECHO DEL TRABAJO y DE LA SEGURIDAD SOCIAL-UNMSM 2017 y I CURSO-TALLER DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO-2017 UNMSM
XII CURSO DE DERECHO DEL TRABAJO y DE LA SEGURIDAD SOCIAL-UNMSM 2017
“Rumbo al VIII Congreso de Derecho del Trabajo y Seguridad Social –UNMSM”
“Rumbo al VIII Congreso de Derecho del Trabajo y Seguridad Social –UNMSM”
Día: Todos los lunes desde el 16 de Enero al 06 de Marzo del 2017
Hora: 6:15 p.m. a 8:45 p.m.
Lugar: Aula 148-Facultad de Derecho-UNMSM
Inscripciones e Informes:
tallermanzanilla@gmail.com
Centro Federado de Derecho-UNMSM
30 HORAS ACADEMICAS
SE ENTREGARÁN CERTIFICADOS
INGRESO LIBRE
I CURSO-TALLER DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO-2017 UNMSM
Día: Todos los Miércoles desde el 18 de Enero al 08 de Marzo del 2017.
Hora: 6:15 pm. a 8:45 pm.
Lugar: Aula 148-Facultad de Derecho-UNMSM.
Inscripciones e Informes: tallermanzanilla@gmail.com
Tercio Estudiantil Mayoría
30 HORAS ACADEMICAS
SE ENTREGARÁN CERTIFICADOS
Día: Todos los Miércoles desde el 18 de Enero al 08 de Marzo del 2017.
Hora: 6:15 pm. a 8:45 pm.
Lugar: Aula 148-Facultad de Derecho-UNMSM.
Inscripciones e Informes: tallermanzanilla@gmail.com
Tercio Estudiantil Mayoría
30 HORAS ACADEMICAS
SE ENTREGARÁN CERTIFICADOS
sábado, 19 de noviembre de 2016
Estudios sobre Relaciones Laborales en los Países Miembros de APEC , Análisis Laboral, AELE 2008
CARTA DEL DIRECTOR
Estudios sobre Relaciones Laborales en los Países Miembros de APEC 2008
Apreciado amigo:
Durante el transcurso del año 2008 ANÁLISIS LABORAL ha publicado artículos sobre las Relaciones Laborales en los países de APEC para lo cual ha contado con la colaboración del mejor o de uno de los mejores especialistas de cada país, lo que constituye para nosotros un motivo de gran satisfacción.
Todos los artículos han sido publicados también en Internet, (www. aele.com) en castellano y en inglés, para una mayor difusión a nivel mundial.
En noviembre del año 2008 los 21 países que se encuentran a orillas del Océano Pacífico tendrán su reunión Cumbre en el Perú. Nuestro país como país anfitrión ha puesto mucha atención en el proceso de APEC y ha actuado como divulgador muy activo de las oportunidades del Foro.
No es exagerado considerar que el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico es el tratado de integración comercial que tiene mayor proyección futura y significado histórico. No solamente se trata de una integración de grandes dimensiones y significados, cuyo antecedente de igual significación puede ser el despliegue europeo hacia el oriente que se desarrolló a partir del viaje de Marco Polo hacia el Catay. No es un proceso económico, social y comercial obligado por el orden natural del crecimiento de las economías. Se ha creado más bien como un reacomodo estratégico resultante de las necesidades de una competencia cada vez más intensa entre los países, y sobre todo, entre las grandes corporaciones mundiales.
APEC se formó en Australia en 1989 por iniciativa de este país, como un foro de consulta y cooperación económica. Como mecanismo de cooperación, se trata de un foro consultivo, de divulgación de oportunidades y de mejora y centralización de la cooperación.
APEC ha jugado un importante rol en la promoción del comercio y de las inversiones en la región. Como consecuencia de ello los mercados han crecido considerablemente en el transcurso de los últimos 15 años desarrollando oportunidades de trabajo.
Los países fundadores de APEC fueron Australia, Brunei, Canadá, Corea, Filipinas, Indonesia, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur, Tailandia y EE.UU. En 1991 ingresaron China, Hong Kong, Formosa (Taiwan), con lo que se complementaban los «tigres» de primera generación faltantes y se sumaba la dinámica y reformada economía de China, convertida ya en el caso más relevante de crecimiento sostenido de fines de siglo. México y Papúa Nueva Guinea se sumaron en 1993.
De allí en adelante sus actividades se han incrementado significativamente. De ser un espacio de comunicación y ordenamiento de iniciativas, el APEC se ha ido institucionalizando y estableciendo acuerdos cada vez de mayor dirección. Así el Grupo de Trabajo en materia de recursos humanos fue establecido en 1990 y una de sus metas es promover el bienestar de todas las personas a través del crecimiento de la economía y del desarrollo. Actualmente, las actividades de este grupo están centradas en el desarrollo de las capacidades de la población, educación, trabajo y protección social.
En 1994 ingresó Chile, mientras que en 1999 lo hicieron Perú, Rusia y Vietnam. Y ahí se cerró por un tiempo el registro de países. Pero a tales alturas del tiempo, estamos hablando del 56 por ciento de la economía mundial de fines de siglo y 40 por ciento del comercio internacional. También en población y superficie territorial el total de países del APEC se acerca al 50 por ciento del total mundial.
Sin embargo, si se les observa con mayor detalle, veremos que estas cifras impresionantes contienen en su interior diversidades –solamente hablando de volúmenes sociales y económicos– que vale la pena tener en cuenta para todo comentario posterior. Una exposición simplificada de las dimensiones, la haremos presentando los países agrupados en bloques, con criterios predominantemente geográficos.
a) América. Comprende a los EE.UU., Canadá y México en la parte norte del continente y a Chile y Perú en la parte sur. Es el bloque de mayor peso económico, 40 por ciento del APEC, por la importancia obvia de los Estados Unidos que conforma por sí solo 28 por ciento de la producción mundial y 86 por ciento del bloque.
b) Naciones mayores del Este. En este bloque tenemos a Japón, China y Rusia. No necesitan mayor presentación. Son un tercio de la economía del APEC.
c) Los Tigres de la primera generación. Corea del Sur, Taiwán, Hong Kong y Singapur, son naciones conocidas como los Cuatro Tigres Asiáticos –a pesar de sus claras diferencia internas- por ser los de más temprana y acelerada expansión después del "boom" japonés.
d) El Sureste Asiático (ASEAN). Al fenómeno del impresionante crecimiento de los cuatro tigres en el sudeste asiático, le sucedió una nueva hornada de países de la misma región que integran la parte esencial de este bloque. Los nuevos tigres –Indonesia, Malasia, Singapur, Tailandia, y algo más lejos, Filipinas, si bien habían tenido ya una importante dinámica previa hacia el desarrollo, tuvieron recién a partir de los años ochenta una expansión comercial acelerada, vinculada en parte a los tigres originales.
e) Países de Oceanía. Australia, Nueva Zelanda y Papúa-Nueva Guinea, son los países de Oceanía que están integrados al tratado de APEC. Son además, miembros de la Commonwealth.
Tiene especial importancia en el proceso de integración, sus aristas sociales, y entre ellas, la perspectiva del mundo del trabajo, la variable social por excelencia.
En APEC, lógicamente encontramos reproducidas las diversidades económicas en la esfera de la producción y la fuerza del trabajo, del empleo y los ingresos. Con las variaciones que puedan dar la estructura de edades y la tasa de actividad, los volúmenes de la población económicamente activa (PEA) mantienen una relación cercana con los tamaños poblacionales. En el caso de APEC, son grandes en las naciones de mayor población. Evidentemente, China comanda este indicador, cuyos 750 millones de PEA superan el conjunto de todas las PEAs del APEC , y le siguen EE.UU. e Indonesia, con 160 y 114 millones respectivamente.
El grupo que podríamos denominar de volúmenes importantes –10 o más millones en la Población Económicamente Activa–, es el más numeroso, por la presencia de Rusia, Japón, Tailandia y Filipinas, y luego Corea, Canadá, Australia, Perú, Malasia y Taiwán. Finalmente, los “países con menor población” como Chile, Hong Kong, Singapur, Nueva Zelanda, Papúa N. Guinea y el sultanato de Brunei.
LAS RELACIONES DE TRABAJO
Existen puntos comunes y diversidades en lo que se refiere a las relaciones laborales en este ámbito, como este trabajo permitirá apreciar. Una impresión general, es que las relaciones laborales tienden a aproximarse hacia escenarios crecientes de cooperación dentro de la empresa y dentro de la nación –sin que ello signifique la pérdida de identidades entre las representaciones del capital y el trabajo– que están motivadas por la comprensión mundial de las necesidades de la productividad y la competitividad. Casi todas las naciones pueden mostrar experiencias de diálogo social, y es posible comprobar que ideas como la colaboración para elevación de la productividad, asociación de metas y beneficios, relaciones humanas horizontales o responsabilidad social, se vienen convirtiendo en el lenguaje común –aunque aún en proceso de logros definitivos– de las relaciones laborales en APEC, y en el mundo.
SEGURIDAD SOCIAL
Es en cambio difícil afirmar que esta tendencia a la homogeneidad se dé también en el terreno de la seguridad social, especialmente en los sistemas de pensiones, donde se vive actualmente un arduo proceso de transformaciones y debates. Allí podemos apreciar desde sistemas integrales de protección estatal, sistemas de reparto, de capitalización individual y mixtos, hasta realidades en las cuales la seguridad social en su conjunto no ha adquirido todavía el carácter de una política de Estado fundamental.
En este número de ANÁLISIS LABORAL concluimos la serie publicando dos artículos sobre las Relaciones Laborales en Rusia y en el Perú a cargo de Arturo Bronstein y de Jorge Bernedo, respectivamente.
Atentamente,
LUIS APARICIO VALDEZ
Director
domingo, 30 de octubre de 2016
Luis Aparicio Valdez
Luis
Aparicio Valdez[1]
Fue incorporado el 28
de agosto del 2007 como Miembro de Número de la Academia Peruana de Derecho disertando,
para tal efecto con un formidable estudio intitulado “Vicisitudes del Derecho del
Trabajo en el Perú”, en cuyas conclusiones estableció que: “Consideramos que en
cuanto a la legislación laboral, temas tales como los contratos a plazo fijo,
la intermediación, tercerización, despido arbitrario, entre otros, tendrán que
ser revisados para evitar los excesos en uno u otro sentido. La contratación a
plazo fijo ha venido en muchos casos siendo utilizada en forma indiscriminada y
sin tomar en cuenta las causas objetivas que la originaron. Respecto a la tercerización,
si bien es cierto en el Consejo Nacional de Trabajo se está debatiendo un
proyecto de ley, consideramos que este tema motivará aún discusiones, ya que habrá
que superar fantasmas como la informalidad, el abuso y la simulación en su
ejercicio, que tratan de desconocer principios fundamentales como el de Primacía
de la Realidad. Finalmente y respecto al tema del despido arbitrario, si bien
es cierto su utilización, en la práctica, ha sido atemperada por los pronunciamientos
del Tribunal Constitucional sobre la materia, se requiere una mayor precisión normativa
al respecto. 3. Creemos, asimismo, que en nuestro país debe efectuarse una reflexión
clara y transparente en materia de Sindicación y Negociación Colectiva. Requerimos
un ordenamiento legislativo que incorpore la productividad, capacitación y
desarrollo de la formación profesional como ejes de este sistema; que discurra
en base a Principios como Transparencia, Primacía de la Realidad y Veracidad; y
que se encuentre adecuado a las recomendaciones de OIT. 4. Consideramos que resulta
sustancial mantener y desarrollar el Dialogo Social, que ha tenido un a avancé
importante, como ya lo hemos mencionado, a través del Consejo Nacional de Trabajo
de conformación tripartita. 5. Seguimos en nuestro país en la búsqueda de un Derecho
justo, equitativo, que nos proporcione trabajo decente con responsabilidad social,
que permita el desarrollo personal con una visión de la realidad económica, que
favorezca el desarrollo del empleo y de la productividad, y que evite las
marchas y contramarchas que tantas veces se han producido en el pasado.6. Tenemos
que mantener los principios esenciales del Derecho del Trabajo, pero también adoptar
un enfoque más a tono con los tiempos y edificar un sistema de relaciones
laborales distinto. Ese es el reto. Para ello tenemos la experiencia de
nuestros desaciertos, los cuales debemos convertir en lección para emprender
los nuevos rumbos”.
Este epílogo
constituye lo que yo llamo “la casación vital”, en virtud de la cual todos
debemos corregir nuestros errores vitales-que todos tenemos-, excepto Cristo
que fue el único ser perfecto en este mundo. Aparte de los notables méritos que
ostenta el doctor Aparicio Valdez tiene, para mí, doble mérito, el ser hermano
de German quien fue mi profesor de Práctica de Derecho Procesal Civil en la
Universidad de San Marcos y, muchos años más tarde, mi colega en la Sexta Sala
Civil de la Corte Superior de Lima, allá por 1981 y el de ser hijo de un gran
maestro, un gran abogado y un gran juez: don German Aparicio y Gómez Sánchez,
sobre quien todavía hay mucho que decir, aparte de los luminosos perfiles
relievados por Mario Alzamora Valdez en una brillante conferencia intitulada: “La
abogacía. Tres conferencias sobre el hombre de Derecho”, Lima 1963.
En su estudio sobre
el Doctor German Aparicio y Gómez Sánchez inspirado en el estilo y en el decir
de Piero Calamandrei, “Elogio de los jueces escrito por un abogado”, Alzamora Valdez
nos decía, con hondura y emoción profundamente sentidas, inspiradas en la vida de los jueces, la que fué dibujada
con trazos inimitables por el inmortal maestro de Florencia : “Por eso, lo más dramático
de la existencia del juez es la soledad y, como si este heroísmo no bastara,
debe realizar otros: depurar su espíritu de todo rencor frente a los que
revelaron falta de fé en la justicia, frente a los que no supieron comprender
su misión, frente a los que lo ofendieron, desde las deleznables alturas del
poder abusivo o de la opulencia inmoral[2].
Por todas las
virtudes que encarnan la vida y le pensamiento de Luis Aparicio Valdez,
profesor de la Universidad Católica, luego de la Universidad del Pacifico y en
la Escuela de Postgrado de la Universidad de Lima, permítaseme parafrasear lo
que de él dijera, al concluir su discurso de recepción, otro gran laboralista,
el Dr. Mario Pasco –quien se aprecia de haber sido su discípulo en la práctica profesional
de Derecho del Trabajo-: “Esta también es la mejor oportunidad que podía tener
en la vida para agradecerle, en forma pública y ante un auditorio tan
calificado, por todo lo que he recibido de él como maestro, como amigo, como
colega y como compañero; y para agradecerle así mismo, y aquí creo recoger y
expresar el sentir de todos los presentes, por lo mucho y por lo tanto que él
ha hecho por el derecho laboral peruano y por el Perú. Dr. Aparicio: sea Usted bienvenido
a la Academia Peruana de Derecho”.
El jueves 25 de junio
de 2009, falleció el doctor Luis Aparicio Valdez, en medio de la congoja unánime
de todos los que tanto lo apreciábamos.
viernes, 28 de octubre de 2016
DOS GRANDES DEL DERECHO DEL TRABAJO ESPAÑOL EN LA PERSPECTIVA DE LA HISTORIA-Por Jorge Rendón Vásquez
DOS
GRANDES DEL DERECHO DEL TRABAJO ESPAÑOL EN LA PERSPECTIVA DE LA HISTORIA
Por
Jorge Rendón Vásquez[1]
Profesor Emérito de la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos.
Este
año Luis Enrique de la Villa Gil y Juan Antonio Sagardoy Bengoechea cumplieron
ochenta años.
De
la Villa nació el 3 de junio de 1935 en Madrid, y Sagardoy el 24 de abril del
mismo año en Pitillas, Navarra.
Se
conocieron a comienzos de la década del sesenta en la Universidad Central de
Madrid y desde entonces han sido entrañables amigos.[2]
Como
parte medular de la celebración de su reciente aniversario escribieron sus
biografías en un solo libro titulado El Derecho del Trabajo a mis 80
años[3], pero no una a
continuación de la otra, sino cada una a partir de la carátula, dándole la
vuelta al volumen para el caso. Ilustra la carátula de la parte de De la Villa
la fotografía de una escultura en chapa de hierro realizada por él —una de sus
aficiones— titulada El arador, un hombre detrás de un arado
estilizados; y la de Sagardoy la fotografía de la escultura de Paz
Hernández-Figares Alonso Restaurando el Mundo, dos hombres tratando
de unir desde lados opuestos los hemisferios de una esfera, en bronce.
Simbología por demás evidente de la vocación de cada autor.
De
la Villa comenzó su carrera docente en la Escuela Nacional de Administración
Pública, en 1964, siguió en la Universidad de Valencia en 1969 y continuó en la
Universidad Autónoma de Madrid en 1975. Se jubiló en esta universidad en 2005.
Sagardoy
comenzó la suya en la Universidad de Navarra, en 1959, siguió en las
universidades de Valladolid, Alcalá de Henares y la Complutense, donde se
jubiló en 2005.
Ambos
formaron innumerables discípulos que fueron después catedráticos, magistrados,
altos funcionarios y abogados de gran prestigio. Luis Enrique de la Villa tuvo
como alumno en la facultad Derecho de la Autónoma a Felipe de Borbón, hijo del
rey Juan Carlos y ahora rey de España. Algunos meses después del comienzo de
las clases, Luis Enrique y Jesús de la Serna, su esposa, fueron invitados a
cenar en el Palacio Real por Juan Carlos y Sofía. Poco a poco la etiqueta cedió
la plaza a la familiaridad y, entonces, Juan Carlos le dijo a Luis Enrique: “Nada
de privilegios con Felipe.” Este era un inteligente y excelente alumno, siempre
jovial y comunicativo, y no necesitó el trato recomendado por su padre.
No
se podría comprender la relevancia de tan ilustres juristas sin seguirle la
pista al Derecho del Trabajo de España, cuya evolución es parte sustancial de
su historia.
En
julio de 1936, una parte del ejército se levantó en armas contra el gobierno de
la República y comenzó la guerra civil que concluyó con la derrota definitiva
de las fuerzas leales a la República en marzo de 1939.
El
régimen del general Francisco Franco se extendió desde ese momento hasta poco
tiempo después de su muerte en noviembre de 1975.
El
26 de enero de 1944 se aprobó la nueva Ley del Contrato de Trabajo, y el 26 de
julio de 1947 se declaró a la ley del Fuero del Trabajo Ley Fundamental. En
esta el artículo XI.2 disponía que los actos individuales y colectivos que
turbasen la normalidad de la producción o atentasen contra ella serían
considerados delitos de lesa patria.
Las
características de la legislación laboral durante el franquismo fueron las
siguientes: la regulación de las relaciones de trabajo fue asumida totalmente
por el Estado; la atención se centró en las relaciones individuales; la
negociación colectiva quedó excluida; se instituyó un régimen corporativo
obligatorio único para trabajadores y empresarios, según el modelo alemán.
Hacia la década del sesenta, se le dio importancia a los seguros sociales con
la Ley de Bases de la Seguridad Social y la ampliación de las funciones del
Instituto Nacional de Previsión que existía desde 1908.
Pese
a la dureza del franquismo, la resistencia de sus opositores no cedió. Sus
protagonistas más activos fueron los estudiantes universitarios.
Las
mismas cátedras universitarias no dejaban de traslucir la influencia de las
universidades de los demás países europeos con regímenes democráticos.
En
1947 fue creada la cátedra de Derecho del Trabajo y Política Social en la
Universidad Central de Madrid y la ocupó Eugenio Pérez Botija, cuyo Curso
de Derecho del Trabajo, siguiendo el modelo de exposición de los
tratadistas franceses, incluía innumerables citas de pie de página con
referencias a la doctrina y la legislación de otros países europeos.[4] Fue
una ventana abierta a la realidad social, legal y doctrinaria exterior que
rompía el aislamiento impuesto por el régimen franquista.
Gaspar
Bayón Chacón accedió a otra cátedra de Derecho del Trabajo en la Universidad
Central de Madrid en 1956. Formado en la escuela de Pérez Botija, se asoció con
él para publicar el Manual de Derecho del Trabajo,[5] otro
texto en el que también se instruyeron los especialistas que eran aún entonces
estudiantes universitarios.
En
este Manual, apartando el aura un tanto mítica con la que se
nimbaba al Derecho del Trabajo, se declaró sin ambages que su fin es: “a) Mejorar
las condiciones de trabajo y de vida del trabajador, a cambio de que se
permita: b) Subsistir a la empresa privada, evitando la socialización o
estatificación de las empresas. c) Incrementar la producción, lográndola de la
mejor calidad posible y a precios competitivos para poder sostener la economía
de las empresas privadas en las amplias zonas de estructura económica
internacional.”[6]
En
1958, Manuel Alonso Olea y Alonso García ganaron las cátedras de Derecho del
Trabajo de las universidacdes de Sevilla y Barcelona, respectivamente.
De
la Villa hizo la licenciatura y el doctorado en derecho en la Universidad
Central de Madrid, y fue discípulo de Eugenio Pérez Botija y Gaspar Bayón
Chacón. Sagardoy los hizo en la Universidad de Navarra y tuvo como maestros a
Bayón Chacón y Manuel Alonso Olea.
Otros
laboralistas de renombre formados en ese período fueron José Manuel Almanza
Pastor, Efrén Borrajo Dacruz, José Cabrera Bazán, Gonzalo Diéguez Cuervo,
Antonio Martín Valverde, Jaime Montalvo Correa, Alfredo Montoya Melgar, Miguel
Rodríguez Piñero, Tomás Sala Franco, Fernando Suárez González, José Vida Soria,
y un poco después María Emilia Casas Bahamonde, Federico Durán López, Antonio
Ojeda Avilés y Manuel Carlos Palomeque López.
Todos
ellos aprendieron y enseñaban el derecho del franquismo, pero advertían que esa
aberración debía terminar y que, como profesores universitarios, tenían la
responsabilidad moral de impulsar el cambio social y jurídico, y contribuir a
clausurar el trágico período del franquismo con un millón de muertos en la
guerra civil y más de doscientos mil de 1939 en adelante por ejecuciones
sumarias, muchas autorizadas personalmente por el Caudillo.[7]
Con
la muerte de Francisco Franco el 20 de noviembre de 1975 comenzó un nuevo
período en la historia de España y de su Derecho del Trabajo. La mayor parte de
la sociedad española, fatigada y hastiada, parecía haber estado esperando ese
momento y, esperanzada, sintió el aire fresco de la libertad. Las fuerzas de
oposición se movilizaron. Se constituyó un gobierno de transición, presidido
por Adolfo Suárez y poco después se desembocó en los Pactos de la Moncloa para
normar una nueva vida democrática en España, formalizados como la Constitución
de 1978. La regulación de las relaciones laborales y la seguridad social
alcanzaron en ella un lugar primordial.
Tanto
De la Villa como Sagardoy militaron activamente en la corriente que se empeñó
en dotar a España y a sus clases sociales de un nuevo espacio de entendimiento
y vida social en paz, a tono con la modernidad que trasuntaba la Europa
comunitaria más allá de los Pirineos. Pero lo hicieron desde posiciones
distintas: De la Villa a favor de los trabajadores y Sagardoy de los
empleadores.
La
proyección de las normas constitucionales hacia la ley marcó la hora cumbre de
Juan Antonio Sagardoy. Por decisión del gobierno de Suárez, el ministro de
Trabajo le encargó la elaboración del proyecto de Estatuto de los Trabajadores,
para la regulación de las relaciones individuales y colectivas del trabajo, que
debían discutir y aprobar las cámaras legislativas.[8]Se
le convirtió en la Ley 8/1980 del 10 de marzo.[9]
Con
su labor teórica desde la cátedra y en publicaciones, Luis Enrique de la Villa
continuó sin tregua su actividad para que los trabajadores repararan en la
importancia de la legislación que se preparaba, estuvieran atentos al debate y
los legisladores admitiesen lo nuevo y necesario de ese proyecto de ley.
En
julio de 1981, Luis Enrique de la Villa y Juan Antonio Sagardoy dirigieron la
publicación del libro El Derecho del Trabajo en España, en dos
voluminosos tomos, con aportaciones de los más importantes catedráticos de esta
especialidad de España, un magnífico portico teórico de ingreso a la nueva
realidad laboral que la Constitución de 1978 y el Estatuto de los Trabajadores
habían delineado. Presentándolo, De la Villa y Sagardoy dijeron: “El respeto de
las leyes a la Constitución, la sumisión de los reglamentos a la ley, la acción
de los órganos encargados de garantizar la correcta aplicación de los
principios de un Estado de Derecho, la labor aplicativa de los jueces y el buen
hacer de los investigadores de la parcela laboral del derecho, encaran el reto
de conseguir en unos años un ordenamiento laboral más progresista que el
actual.”[10]
Luego
vino la obra doctrinaria de cada uno, copiosa y erudita, en libros, artículos,
conferencias y sus clases universitarias.
Sin
embargo, la esperanza de conseguir un ordenamiento laboral más progresista se
fue alejando a medida que se vencía la década del ochenta y la mayor parte de
catedráticos, que habían colaborado en aquella jubilosa iniciación, comenzaron
a aposentar, fascinados, al neoliberalismo y a la flexibilidad en el sosiego y
la estabilidad de sus claustros. Aparte de ellos, De la Villa fue un pilar
incólume ante el embate de esa nueva ola, y le siguió llamando al Derecho del
Trabajo “un derecho de conquista”.
El
Estatuto de los Trabajadores fue reformado en 1984, 1988, 1992, 1995 y 2012,
cada vez más in peius para los trabajadores e in
melius para los empresarios, por obra de los partidos Popular y
Socialista, ungidos al gobierno en gran parte por el voto de los trabajadores
que resultaron luego afectados por esas reformas. La alegada causa de estos
cambios fue la creación de empleo, porque —se dijo— los derechos laborales y de
seguridad social lo encarecen y desalientan al empresario para crearlo. Juan
Antonio Sagardoy se pronunció a favor de ellos, advirtiendo: “¿Cómo se puede
ayudar desde la ley a crear empleo? Hay una primera respuesta de tipo
elemental: animando a los emprendedores a que lo creen mediante toda clase de
estímulos: económicos (dinero y fiscalidad), sociales (apreciación social) y
legales (leyes-palanca, no leyes-dique).”[11]
De
la última reforma de 2012, la más perjudicial para los trabajadores, dijo De la
Villa admonitoriamente: “Las dos grandes prestaciones que el Derecho del
Trabajo facilita a los trabajadores son la certeza de una renta, salarial o
social, y los cuidados de la salud. Todo lo demás es a la postre accesorio,
aunque no sea insignificante […] Las últimas reformas laborales han rebajado
sin duda los estándares de protección laboral y social anteriores a 2008, cuando
el Derecho del Trabajo español —incluido el Derecho a la Protección Social— era
capaz de proporcionar los mayores niveles de bienestar de nuestra historia.”[12]
La
advertencia fue clara: la conciencia colectiva de los trabajadores guarda vivo
el recuerdo de las terribles convulsiones desencadenadas en otros tiempos por
haberles querido quitar lo que ya tenían.
Alarmado,
Sagardoy exclamó: “Todos los dolorosos cambios normativos que trae la crisis
económica ¿pueden significar que «todo vale» cara al empleo? Evidentemente que
no. Hay unas líneas rojas por parte de los trabajadores, de sus conquistas
sociales, que no pueden traspasarse so pena de arruinar el edificio en el que
está asentada nuestra convivencia en toda la Unión Europea.”[13]
En
el fondo de este debate palpita la pregunta fundamental: ¿el mercado se
expande, bajándoles los salarios y los derechos sociales a los trabajadores
para abaratar las mercancías y aumentar las ganancias o, a la inversa, el
mercado se reactiva y crece manteniendo e incrementando el poder de compra de
los trabajadores y sus familias, que son la masa consumidora más numerosa?
Concluidas
sus exposiciones, es posible que Luis Enrique y Juan Antonio se hayan sentado
ante una mesa, en la casa de uno u otro, con sus esposas al lado, y hubieran
pasado a otra cosa, tal vez con una buena copa de orujo delante. Quizás también
hubiesen resonado muy quedo a lo lejos, entre los chopos y sauces mecidos por
el viento de la tarde, los versos de Luis de Góngora y Argote: “Ándeme yo
caliente / y ríase la gente. / Traten otros del gobierno / del mundo y sus
monarquías, / mientras gobiernan mis días / mantequillas y pan tierno, / y las
mañanas de invierno / naranjada y aguardiente, / y ríase la gente.”
(Artículo publicado en
la revista Análisis Laboral, Lima noviembre 2015; in...@aele.com; web: www.aele.com)
[1] Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos.
[2] En 1970 la Universidad Central se dividió en la
Universidad Complutense para las ciencias experimentales, de la salud, sociales
y humanidades, y la Universidad Politécnica de Madrid para las enseñanzas
técnicas.
[3] Madrid, Editorial Universitaria Ramón Areces, 1980.
[4] Madrid, Tecnos S.A.
[5] Madrid, Marcial Pons.
[6] Madrid, Marcial Pons. El tercer fin fue añadido en las
ediciones posteriores.
[7] Andrée Bachoud, Franco,
Barcelona, Colección Booket, 2005, págs. 289, 692.
[8] Los laboralistas se han limitado, por lo general, al
comentario y exégesis de la normativa y la jurisprudencia. Pocos han sido
críticos y sugerido cambios en ellas. Menos aún fueron convocados en ocasiones
rarísimas para elaborar una nueva normativa reclamada por el progreso social.
Entre estos últimos se cuentan: Mario de la Cueva, de la Universidad Autónoma
de México, quien preparó el proyecto de la Ley General del Trabajo de México de
1970; Gino Giugni, profesor de la Universidad La Sapienza de Roma, quien
presentó el proyecto de modificación del fundamental artículo 18º del Statuto
dei Lavoratori, aprobado en mayo de 1970; Juan Antonio Sagardoy, como se ha
indicado; Norberto O. Centeno, abogado sindicalista, quien fue autor del anteproyecto
del Régimen de Contrato de Trabajo de Argentina, aprobado en 1974 por la ley
20.744,; y el autor quien propuso y redactó la legislación laboral y de
seguridad social del Perú de 1970 a 1975.
[9] Juan Antonio Sagardoy dirigió el libro Debate
parlamentario sobre el Estatuto de los Trabajadores en tres tomos,
Madrid, Instituto de Estudios Laborales y de la Seguridad Social del Ministerio
de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, 1982.
[10] Libro citado, publicado por el Instituto de Estudios
Sociales del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, Madrid, 1981,
Prólogo.
[11] El Derecho del Trabajo a mis 80 años, cit., pág. 45.
[12] El Derecho del Trabajo a mis 80 años, cit., pág. 117.
jueves, 13 de octubre de 2016
FORO PUBLICO: Proyecto de Ley de Primer Empleo Digno y Productivo-TALLER MANZANILLA UNMSM
FORO PUBLICO: Proyecto de Ley de Primer Empleo Digno y Productivo.
El proyecto de Ley de Primer Empleo es una iniciativa de la congresista Indira Huilca que busca terminar con la precaridad laboral en los jóvenes y contribuir a la generación de empleo en condiciones dignas.
Día: Lunes 17 de octubre de 2016
Hora: 6:00 - 8:00 p.m.
Lugar: Auditorio "Jorge Eugenio Castañeda" de la Facultad de Derecho -UNMSM.
Informes: tallermanzanilla@unmsm.edu.pe
Se entregaran constancias de participación
INGRESO LIBRE
Programa:
Presentación
Claudia Cisneros
Periodista
Claudia Cisneros
Periodista
Ponencia: Situación económica del empleo juvenil
Eco. Julio Gamero
Eco. Julio Gamero
Sustentación de propuesta de “Ley de Primer Empleo Digno y Productivo”
Javier Neves Mujica
Alvaro Vidal Bermudez
Profesores de Derecho del Trabajo de la PUCP
Javier Neves Mujica
Alvaro Vidal Bermudez
Profesores de Derecho del Trabajo de la PUCP
Comentarios:
Miembros del Taller de Investigación de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social "Dr. José Matías Manzanilla"-UNMSM.
Leopoldo Gamarra Vilchez
Profesor de Derecho del Trabajo de la UNMSM
Profesor de Derecho del Trabajo de la UNMSM
Intervención de la congresista Indira Huilca
Presentación:
Información de la reciente Encuesta Nacional de Hogares ENAHO – 2015 muestra que la inserción laboral de los jóvenes es significativamente menor que la de los adultos, y el desempleo es mayor en 5 puntos porcentuales. El 63% de jóvenes tiene cobertura en salud (menos que el promedio nacional) y solamente 27% está afiliado a un sistema de pensiones.
Solamente el 32% de jóvenes que trabaja tuvo una contratación laboral formal (en el caso de los adultos fue 49%). La ausencia de un contrato de trabajo afecta al 65% de los jóvenes.
Más preocupante es que solamente un 3% de jóvenes tiene una contratación permanente, mientras que en los adultos es el 19%.
El ingreso promedio de los jóvenes ocupados fue de S/. 1,029, es decir S/. 433 menos que los adultos. En el caso de los varones S/. 1,123 y las mujeres jóvenes S/. 895.
El 47% de los jóvenes se dedica únicamente a trabajar, un 11% estudia y trabaja, un 20% solamente estudia, y un 22% ni estudia ni trabaja.
La población joven con estudios no universitarios entre 20 y 29 años represento el 88%.
Los trabajadores informales constituyen el 73% de la población ocupada, es decir, son 11,645 millones, de los cuales 32% son jóvenes. Los jóvenes conforman solamente el 22% del empleo formal. La población joven más vulnerable, con empleo informal, es de cerca de tres millones de personas.
La mayoría trabaja en microempresas con menos de 10 trabajadores (1,317 millones), son independientes sin calificación (773 mil), trabajadores familiares no remunerados (755 mil), y trabajadoras del hogar (104 mil).
La aprobación de la llamada “Ley Pulpín”, cuestionamiento y rechazo público, y su posterior derogación han visibilizado la grave problemática del empleo juvenil.
Lo cual requiere de una compresión adecuada y propuestas concretas, efectivas y realistas de solución.
El Proyecto de “Ley de Primer Empleo Digno y Productivo” busca promover la contratación de trabajadores jóvenes en actividades que además de generar ingresos adecuados los capaciten para el trabajo, con respeto de derechos laborales y seguridad social.
Algunos aspectos destacables de esta iniciativa son el incentivo real a las empresas que contraten jóvenes, así como el cofinanciamiento a cargo del Estado en salud y pensiones.
Se promueve además la contratación permanente de los jóvenes mediante beneficios para el trabajador y la empresa.
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