viernes, 20 de mayo de 2022

Carta abierta a los actuales dirigentes de la CGTP-Por Jorge Rendón Vásquez.

 

Carta abierta a los actuales dirigentes de la CGTP
Por Jorge Rendón Vásquez

Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

 

Me dirijo a ustedes, en atención a dos consideraciones: la importancia histórica de la CGTP y la posición que han adoptado con respecto al Proyecto de Ley General del Trabajo.

La CGTP fue creada el 17 de mayo de 1929, a instancias de José Carlos Mariátegui, como parte de un proyecto de organización de los trabajadores peruanos para la defensa de sus derechos e intereses, y para contribuir a la iluminación de su conciencia de clase y política. A pesar de su inexperiencia inicial y la persecución política y policiaca, sus primeros dirigentes se entregaron con responsabilidad y pasión a cumplir tan trascendentales tareas.

Los empresarios, sobre todo los de extracción oligárquica y extranjera, para quienes resultaba inaudita la existencia de esta organización, replicaron ilegalizándola por el Decreto Ley 6926, expedido el 12 de noviembre de 1930 por el gobierno del general Luis M. Sánchez Cerro que los representaba, acompañada de la persecución de sus adherentes y de los militantes y simpatizantes de los movimientos de izquierda. La CGTP sólo pudo ser reconstituida en junio de 1968 e inscrita en enero de 1971, con el gobierno del general Juan Velasco Alvarado.

Otro modo de intervención de los empresarios para frenar a las organizaciones sindicales o desviarlas de sus propósitos reivindicativos ha sido tratar de infiltrarlas y de generar en su interior una conducta complaciente con ellos, repitiendo el episodio del caballo de Troya o más recientemente el de la Quinta Columna española. Los dirigentes de la CGTP con los cuales traté fueron sólidamente inmunes a este método. Pienso en Isidoro Gamarra, en Pedro Huilca y en Gustavo Espinoza, entre los más relevantes, y viene a mi memoria también la pléyade de sindicalistas de la CGTP que organizó la famosa huelga del 19 de julio de 1977, a quienes el gobierno de Morales Bermúdez castigó autorizando su despido por un decreto supremo. Sedientos de revancha, los empresarios, que habían concertado esta orden, pusieron en la calle a unos cinco mil trabajadores.

En la década del noventa, el filo de la dirección de la CGTP parece mellarse. Su voz es apenas un débil eco perdido en las anfractuosidades de ese letal período de nuestra historia. Lo que vino después continuó en plano inclinado hacia abajo.

Siempre me extrañó que luego de la fuga de Alberto Fujimori del país, en noviembre de 2000, los dirigentes de la CGTP se comprometieran en una actitud de conciliación con los empresarios, bajo la cubierta de la “concertación” en el Consejo Nacional del Trabajo, esperando sin duda —querían dar esa impresión— de que los empresarios renunciaran allí a las enormes ventajas laborales que habían obtenido durante la década del gobierno de Fujimori. Los dirigentes de la CGTP basaron su accionar en la redacción de una ley general del trabajo, propuesta por los burócratas del Ministerio de Trabajo, mientras aceptaban pasivamente la legislación patronal de la década pasada. No se enteraron —ni les interesaba enterarse— que los códigos y leyes generales de trabajo en América Latina fueron promovidos, en su mayor parte, por dictaduras militares y civiles, y que ninguno tuvo por finalidad atender las reclamaciones de los trabajadores, sino, al contrario, imponerles la camisa de fuerza de una legislación patronal, rígida e inamovible.

En 2004, el proyecto de esa ley estuvo listo. Pero era una repetición de la legislación laboral vigente con ciertos adornos. Los empleadores no habían renunciado a ninguna de sus ventajas, y habían logrado además que los representantes de las centrales sindicales, incluidos los de la CGTP, sí renunciaran por la vía del consenso a derechos que los trabajadores ya tenían al comenzar la década del noventa. (¡Todo un faenón!) Fue más extraño aún que esos mismos dirigentes de las centrales sindicales, poseídos por una fenomenal obstinación, le pidieran al Congreso de la República la inmediata aprobación de ese proyecto de ley, aduciendo que lo habían consensuado en un 85%, y que, cuando sus bases les recababan alguna información, les dijeran que era lo máximo que se podía obtener y que se quedaran tranquilas. Pero la mayor parte de congresistas, movida por una prudente desconfianza, dejó de lado ese proyecto en los períodos que concluyeron en 2006 y en 2011. En la legislatura iniciada en agosto de este año, el Proyecto de Ley General del Trabajo volvió al ruedo lanzado por el grupo parlamentario fujimorista con las firmas de otros congresistas. Y de nuevo los dirigentes de la CGTP entraron en campaña para que ese Proyecto, apadrinado ahora por el grupo político responsable de la desaparición de muchos derechos de los trabajadores, sea aprobado.

Tengo la impresión de que la mayor parte de trabajadores afiliados o simpatizantes de la CGTP desconoce el contenido del Proyecto de Ley General del Trabajo, que hasta ahora no ha sido publicado en el diario oficial El Peruano, pese a haber ya un acuerdo de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República en ese sentido. Estoy convencido también de que los trabajadores de base ignoran el contenido de los artículos consensuados por los dirigentes de esta central con los empresarios en el Consejo Nacional del Trabajo. Por eso, voy a someter a esos dirigentes a una amigable interpelación, haciéndoles las siguientes preguntas sobre artículos que ellos han consensuado:

1.    Digan ¿por qué mantienen los “services” que son una modalidad de alquiler y superexplotación de trabajadores (art. 56º del Proyecto que repite la Ley 27626).

2.    Digan ¿por qué mantienen la “tercerización” (art. 76º del Proyecto), repitiendo las disposiciones de la Ley 29245 que impone a los trabajadores una situación con menores derechos que los trabajadores de planta?

3.    Digan ¿por qué mantienen los diversos contratos modales, a plazo determinado (arts. 19º y ss. Del Proyecto), en los mismos términos que el Decreto Legislativo 728.

4.    Digan ¿por qué mantienen las excesivas facultades del empleador para modificar sustancialmente las condiciones de trabajo (arts. 138º, 141º y 261º del Proyecto), como dispone el art. 9º del Decreto Legislativo 728 y el art. 2º del Decreto Legislativo 854 respecto del traslado del trabajador, cambios en las modalidades de la prestación del trabajo, el horario y la duración del trabajo), si esas condiciones deben ser establecidas por acuerdo del empleador y el trabajador?

5.    Digan ¿por qué mantienen el inequitativo régimen de terminación del contrato de trabajo por hostilidad del empleador (art. 175º del Proyecto), como lo hace ahora el Decreto Legislativo 728, art. 30º).

6.    Digan ¿por qué mantienen el régimen de los bonos o prestaciones alimentarias (art. 202º del Proyecto), como lo hace la Ley 28051, que constituye una manera de reducir los derechos sociales?

7.    Digan ¿por qué tratan de introducir remuneraciones mínimas diferenciadas por regiones, actividades económicas, dimensión de las empresas y otros criterios (art. 206º del Proyecto), diferenciación que ya había sido abolida hace muchas décadas y que permitiría fijar remuneraciones mínimas por debajo del mínimo de supervivencia?

8.    Digan ¿por qué tratan de mantener un interés legal diminuto para las remuneraciones y derechos sociales insolutos (art. 245º del Proyecto), como lo hace el Decreto Ley 25920 que fija un interés legal laboral notoriamente inferior al interés legal civil, que es el que debería corresponder?

9.    Digan ¿por qué mantienen la exclusión de la negociación por rama de actividad (art. 366º del Proyecto), como lo hace ahora el art. 45º de la Ley de Relaciones Colectivas del Trabajo?

10. Digan ¿por qué mantienen el arbitrario régimen de arbitraje en negociaciones colectivas tan perjudicial para los trabajadores que no logran solucionar sus pliegos en conciliación (arts. 387º, 389º del Proyecto) y por qué mantienen el régimen de propuesta final de las partes (art. 392º del Proyecto) que repite el art. 65º de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, y es una burla para los trabajadores?

Hay muchos otros artículos consensuados sobre los que sería largo seguir interrogándolos.

Finalmente, les hago tres preguntas sobre aspectos también consensuados tácitamente:

¿No sería mejor para los trabajadores que la acción sindical, en lugar de empeñarse en una campaña por repetir inútilmente el texto de toda la legislación laboral en una Ley General del Trabajo, estuviese centrada en la petición y lucha por la derogación puntual o, en su caso, por la modificación puntual de las disposiciones lesivas para los trabajadores?

¿Saben ustedes que la sentencia del Tribunal Constitucional de 2002, que reconoce la estabilidad laboral y rechaza el despido arbitrario, incluso indemnizado, quedaría sin efecto con el nuevo articulado de la Ley General del Trabajo y que se consolidaría así el despido arbitrario?

¿Saben ustedes que el 15% del Proyecto de Ley General del Trabajo no formalmente consensuado, que apruebe el Congreso de la República, no favorecería a los trabajadores?

Si acaso, los dirigentes interpelados quisieran absolver las preguntas hechas en mi cuestionario, lo mejor sería que dirigieran sus respuestas a las bases de la CGTP. Ellas tienen el derecho de ser consultadas sobre su situación legal. A los dirigentes no les han conferido carta blanca para “consensuar” en contra de sus intereses.

Me ocupo de la situación de los trabajadores desde que tuve uso de razón y como abogado y funcionario dedicado a su defensa, y como profesor universitario en las cátedras de Derecho del Trabajo y Derecho de la Seguridad Social. Siempre he sido, por lo demás, un trabajador. Razones suficientes para continuar defendiéndolos.

(20/10/2011)

¿QUIÉN GARANTIZA QUE UNA LEY GENERAL DEL TRABAJO NO ARRUINARÁ MÁS A LOS TRABAJADORES? Por Jorge Rendón Vásquez (10/2/2015)

 



¿QUIÉN GARANTIZA QUE UNA LEY GENERAL DEL TRABAJO NO ARRUINARÁ MÁS A LOS TRABAJADORES?

Por Jorge Rendón Vásquez (10/2/2015)


Declaraciones de Carmela Sifuentes, Presidenta de la CGTP, a la Agencia Andina, el 7/2/2015:

Nuestra exigencia es que de una vez los congresistas se pongan a realizar su verdadera función de legislar y pongan a debate el proyecto de Ley General del Trabajoque ha sido ampliamente discutido por más de diez años

Nosotros apostamos porque de una vez sea aprobada esta ley en el Congreso.

Esta es la posición de los actuales dirigentes de la CGTP (y, presumiblemente, de los partidos políticos a los que pertenecen).

Carmela Sifuentes sabe:

1º.- Que los únicos proyectos de Ley General del Trabajo presentados al Congreso de la República son el que salió “consensuado” del Consejo Nacional del Trabajoque reproduce la legislación expedida por Fujimori, y el presentado por Manuel Dammert hace unos días, que es el proyecto de los “expertos”, como versión retocada del anterior “consensuado”.

2º.- Que la composición del Congreso de la República es ahora mayoritariamente proempresarial.

Por consiguiente, lo que Carmela Sifuentes quiere es que esos proyectos se conviertan en ley en contra de los trabajadores. ¡Más claro, ni el agua de un manantial serrano!

Por su parte, Mario Huamán ha anunciado que “la CGTP viene trabajando su propuesta” encargada a sus asesores (Diario Uno, 7/2/2015). Tres preguntas para los dirigentes de la CGTP: 1) si los proyectos de ley sólo pueden ser presentados por no menos de seis congresistas (un grupo parlamentario) o por alguna entidad con iniciativa legislativa ¿quiénes habrán de firmar y presentar como suyo el que la CGTP dice estar elaborando?; 2) Que posición de la CGTP vale: ¿la de Carmela Sifuentes que apoya el proyecto “consensuado” retocado o la de Mario Huamán que dice estar en espera del proyecto de sus propios “expertos”; 3) ¿cuánto del proyecto “consensuado” pasará al que estos “expertos” le harán a la carta a la CGTP?

Como quiera que sea, el panorama legal que los trabajadores tienen ante sí es borrascoso y funesto.

Cuando analicé el proyecto de Ley General de Trabajo “consensuado” señalé puntualmente sus deficiencias y amenazas y sugerí que su texto sea debatido por las bases sindicales. Como la dirección de la CGTP dijo “no se oye”, numerosas bases se movilizaron. En octubre de 2011, más de trescientos dirigentes de sindicatos y federaciones muy importantes se reunieron en un grandioso acto para rechazar el proyecto de Ley General de Trabajo “consensuado” y retocado por los “expertos”. Como una repercusión de esta manifestación, la Comisión de Trabajo del Congreso acordó dar a publicidad ese proyecto. Nunca lo hizo, pero, de hecho, el proyecto fue archivado.

Desde que la legislación laboral protectora de los trabajadores comenzó a ser precarizada legalmente en la década del noventa, mi posición fue combatir específicamente cada norma perjudicial para los trabajadores. En uno de mis artículos dije que en este asunto se debía aplicar el principio de Arquímedes sobre la palanca: cargar la fuerza sobre un punto de apoyo y actuar todos a una. Algo de esto ha sucedido con la malhadada “Ley Pulpín”. La fuerza social se fue concentrando sobre la necesidad de su derogatoria y la mayoría en el Congreso se vio obligada por conveniencias políticas a derogarla.

No se requiere remover toda la legislación laboral para cambiar las normas lesivas a los trabajadoresque son determinadas. Los abogados empresariales no han necesitado imponer una Ley General del Trabajo, sobre todo durante la década del noventa cuando podían hacer lo que les daba la gana. Les bastó sustituir algunas normas, y con eso les arrebataron a los trabajadores muchos de sus más importantes derechos para que las ganancias de los empresarios aumentaran. Luego, planearon hacerles creer a los dirigentes de las centrales sindicales que una Ley General del Trabajo podía trasladarlos a un país de ensueño. Y lo lograron. Los representantes de las centrales sindicales en el Consejo Nacional del Trabajo se tragaron la carnada, el anzuelo y el cordel. Este procedimiento empresarial ha continuado durante los regímenes de Toledo, García y Humala para arrebatarles otros derechos a los trabajadores.

A manera de muestra, voy a citar una disposición del proyecto de Ley General del Trabajo “consensuado” y retocado. El artículo X dice: “Los regímenes especiales de trabajo se rigen por la presente leysalvo en lo que establecen sus propias normas.” Y con esto se dejaría en vigencia los regímenes de los trabajadores de las empresas con hasta 150 trabajadoresdel campo y del hogar, cuyos derechos sociales están reducidos a la mitad, es decir algo más del 60% de la población laboral del Perú. Los regímenes son especiales por la naturaleza del trabajo, pero eso no quiere decir que sus trabajadores deban recibir menos que los demás. Las normas laborales son mínimos obligatorios para todos. Por lo tanto, toda norma que a ellos se refiera debería decir: “Los trabajadores de los regímenes especiales se rigen por las normas generales de trabajo. Sus normas particulares no pueden reducir el nivel de protección de las normas generales.” Una norma de este tenor no necesita estar inmersa en el farragoso texto de una ley general. Se le puede dar independientemente. El problema es que la correlación de fuerzas lo permita.

Los dirigentes de la CGTP parecen haber alquilado un altoparlante para hacer llegar sus impertinentes réplicas a sus críticos. ¿Esperan que estos discutan con ese altoparlante?



jueves, 12 de mayo de 2022

LA EVOLUCIÓN ECONÓMICA DEL PERÚ: UN ANÁLISIS DIALÉCTICO- Por Jorge Rendón Vásquez

 


LA EVOLUCIÓN ECONÓMICA DEL PERÚ: UN ANÁLISIS DIALÉCTICO

Por Jorge Rendón Vásquez

 

El Perú de hoy es lo que fue ayer, con algunos cambios por lo general imperceptibles; y asi sucesivamente, remontándonos al pasado. En esta marcha perenne, hay, sin embargo, algunos cambios cualitativos de gran importancia que generan nuevas formas en las relaciones sociales de la realidad posterior.

Son cambios en la estructura económica debidos a la evolución de esta y cambios que ella reclama a la superestructura política, u organización del Estado y los grupos políticos, que los promueven, apelando a la superestructura ideológica que los concibe y valiéndose de la superestructura legal que los impone o legaliza.

El siglo XX en el Perú estuvo dominado por el crecimiento del sistema capitalista, o estructura económica, y, con más ímpetu, luego de las reformas del gobierno del general Juan Velasco Alvarado que constituyeron, por ello, un cambio cualitativo en esta evolución.

La reforma agraria, la más importante de este gobierno para potenciar la economía, abatió definitivamente al feudalismo, poniendo, con ello, la base para expandir el mercado en todo el país y, como una consecuencia previsible de esta medida, para la inversión capitalista correlativa en términos crecientes. Sus otras reformas contribuyeron a este propósito: el rol dinamizador de la economía atribuido al Estado, incluida la actividad empresarial de este; las reformas laborales que tendieron a aumentar la capacidad  de compra de las clases trabajadoras y darles una sustancial participación en las utilidades y propiedad de las empresas; la reforma de la educación; la reforma del Estado; y el comienzo de una formación de trabajadores de nivel intermedio.

Es evidente que la clase capitalista, cuyos exponentes más opulentos conforman la oligarquía descendiente de la casta blanca virreynal, no percibió la dirección y la importancia de esos cambios necesarios para el Perú que, a la larga, iban también a beneficiarla y, por eso combatieron sañudamente al gobierno militar y sus realizaciones. Pero tampoco las avistaron las clases trabajadoras que solo vieron en el gobierno militar un generoso benefactor. Entre los grupos izquierdistas solo los partidos Socialista Revolucionario de intelectuales y profesionales, Demócrata Cristiano de profesionales, Comunista de dirigentes sindicales y profesionales provincianos y Acción Popular Socialista de profesionales y algunos pequeños burgueses se dieron cuenta, con diverso alcance, de la importancia de lo que sucedía en el Perú, y apoyaron desde fuera al gobierno militar. Los grupúsculos autodenominados de izquierda y el Apra hicieron causa común con la oligarquía y atacaron como les fue posible las reformas, aunque sin éxito.

Hacia 1975, la oligarquía halló, finalmente, entre una parte de los militares, los oídos y la voluntad de parar el proceso de cambios y revertirlo. Tal fue el papel de Francisco Morales Bermúdez y los cómplices de su contrarevolución de 1975 a 1980, cuyas acciones más importantes fueron limitar la estabilidad en el trabajo y sacar de la junta de accionistas a quienes la oligarquía consideraba “horribles obreros”. Los gobiernos de la inanidad que les siguieron hasta 1990: de Belaunde Terry y del Apra, compitieron en inutilidad, mientras la economía se deslizaba por los carriles subsistentes del velasquismo, formalizados en la Constitución de 1979.

Las ideas que la oligarquía capitalista necesitaba para acabar con las reformas de Velasco le vinieron de fuera. Se concretaban en la contrarevolución neoliberal, que habían iniciado en la teoría económica Milton Friedman y Friedrich von Hayek y, desde los gobiernos, Ronald Reagan en Estados Unidos y Margaret Tatcher en el Reino Unido. Luego, la oligarquía halló en Mario Vargas Llosa la marioneta que utilizaría en el campo político, pero este fue vencido por otro aventurero, Alberto Fujimori, quien le ganó las elecciones de 1990, oponiéndose al neoliberalismo de aquel. Una vez en el poder, sin embargo, Fujimori se dejó convencer por los burócratas del Fondo Monetario Internacional y de ciertas corporaciones, se puso al servicio de la oligarquía y se entregó en cuerpo y alma a liberalizar la economía, primero con el apoyo de los partidos políticos en el Congreso de la República, incluidos los pretendidamente izquierdistas, y después con la complicidad de ciertos jefes de las fuerzas armadas que operaron el golpe de Estado del 5 de abril de 1992. Privatizó las empresas estatales; abarató hasta el extremo la fuerza de trabajo, precarizando la legislación laboral y eliminando la participación de los trabajadores en la propiedad de las empresas, destrozando al movimiento sindical con el inducido avenimiento de las cúpulas sindicales y pasando casi todo el dinero de las cotizaciones por pensiones a empresas privadas; asimismo, exacerbó la alienación de las mayorías sociales para mantenerse en el poder con su voto. Los burócratas, procedentes de estudios de abogados patronales y de ciertas universidades privadas y los periodistas que alquilaron, ejecutaron metódica y puntualmente esta tarea, tomando para sí por lo bajo, además, ingentes sumas de dinero del Estado. Para asegurar la pervivencia de este capitalismo neoliberal y voraz, todos ellos hicieron aprobar una Constitución que solo podría ser modificada por el Congreso con una mayoría difícil de alcanzar. Diez años después, Fujimori, que había sido reelegido por segunda vez, tenía completamente aplanado el terreno para un nuevo despegue del capitalismo. Había cumplido su parte, pero justo en ese momento comenzaron a ser destapadas las entregas de dinero del Estado a ciertos políticos y jueces. Y, como era natural, él tomó las de Villadiego, llevándose varias maletas repletas de dólares que los funcionarios del Ministerio de Economía le entregaron.

Para la oligarquía capitalista, Fujimori estaba quemado y ya no les servía. Se fijó entonces en un aborigen de Ancash que el Cuerpo de Paz había llevado a formar en Estados Unidos y era bastante listo: Alejandro Toledo. Lo preparó para lanzarlo como candidato a la Presidencia de la República y, gracias a la alienación de las mayorías sociales, le ganó a otro candidato con un hambre insaciable de dinero del Estado que ya había sido Presidente. Por supuesto, lo primero que hizo Toledo fue fijarse en lo que podía meterse en el bolsillo y luego dejar que el capitalismo usufructuase el mercado ya expandido y preparado. Llegaron las inversiones extranjeras a extraer los minerales imprescindibles para fabricar los medios de producción en las metrópolis capitalistas, minerales que el Perú tiene casi a flor de tierra y no se agotarán de aquí a mil años, por lo menos. Esas inversiones estimularon otras en otras actividades de los sectores primario, secundario y terciario. Entre ellas, la agricultura, trabajada ya totalmente con procedimientos capitalistas, también se desarrolló para cubrir las necesidades de la población que aumentaba, y para atender los requerimientos de otros países.

En los veinte años que siguieron, el Producto Interno Bruto del Perú casi se triplicó.

En este proceso de crecimiento, el capitalismo ha seguido generando el surgimiento de las clases obrera y profesional, como contrarios que necesita para utilizar y explotar, y ha profundizado la división de la economía en dos grandes sectores: el formal y el informal.

El sector de capitalismo formal comprende a las empresas inscritas en las entidades del Estado a cargo de la cobranza de los tributos y del control de las relaciones laborales y otros aspectos concernientes a su existencia y funcionamiento. Aunque contribuye con más del 80% del PBI, abarca un poco menos del 50% de la masa empleada, la que, si bien goza de los derechos laborales y de Seguridad Social, sus remuneraciones se mantienen en niveles bajos por la legislación laboral precarizada y la existencia de la informalidad. Los trabajadores de este sector no han podido recuperar aún los derechos que les fueron arrebatados desde la década de Fujimori, en mucho por la colaboración con el capitalismo de las cúpulas sindicales que han renunciado a luchar por cambios concretos y posibles en la legislación laboral y en la Seguridad Social. A estas cúpulas el capitalismo parece haberles encargado la tarea crear la ilusión de que una ley o un código del trabajo, que reproduciría las reformas laborales de Fujimori y los gobiernos siguientes, llevarán a un mundo de felicidad.

El sector de capitalismo informal es un espacio donde impera la libre oferta y demanda, como en el siglo XIX, donde el Estado del capitalismo no entra ni quiere entrar y no hay derechos sociales. Se constituye por empresas no registradas, por lo general muy pequeñas, y por trabajadores independientes ocupados, en su mayor parte, en actividades artesanales y comerciales y en el servicio del hogar. Llega a más del 50% de la masa laboral empleada y se integra por trabajadores emigrados del campo y por los que no encuentran empleo en la actividad formal.

Para el capitalismo, la existencia del sector informal es imprescindible: 1) porque es un medio de distribución y venta de una parte de sus mercancías sin pagar impuestos; 2) porque comprende a trabajadores sin derechos sociales; 3) porque los salarios pagados a los trabajadores, inferiores a la remuneración mínima, son una base para mantener en niveles reducidos los salarios en la actividad formal; y 4) para emplear a una parte de los trabajadores tomados de la informalidad por salarios ínfimos. El sector informal en el Perú, como en otros países en vías de desarrollo, concentra, en gran parte, al ejército industrial de reserva, cuya función es abaratar el costo de la fuerza de trabajo.

Estas ventajas que el sector informal le aporta al capitalismo han determinado que a partir del gobierno de Kuczynski se haya permitido el ingreso a nuestro país de más de un millón de venezolanos, utilizando un párrafo de la Ley de Migraciones permisivo de la recepción de cierto número de refugiados por pretendidas razones humanitarias que ese gobierno agregó mañosamente a esa Ley. Muchos empresarios reemplazaron con estos inmigrantes a trabajadores peruanos en la actividad formal, pagándoles menos; los demás incrementaron el sector informal.

La consecuencia del trato a los trabajadores por el capitalismo es el enriquecimiento cada vez mayor de los empresarios, sus ejecutivos y ciertos grupos de la burocracia estatal con remuneraciones abusivamente desmedidas. Es por ellos y para ellos el auge de la construcción de departamentos, cuyo precio va más allá de los 150,000 dólares, mientras los ingresos de los trabajadores solo les alcanzan para vivir en “pueblos jóvenes” en construcciones que ellos levantan día a día, en míseros departamentos alquilados o refugiándose en las viviendas de sus padres, y mantenerlos en la subsistencia. A pesar de su magnitud, las clases laborales ignoran aún, casi totalmente, su origen y rol de término contrario dialéctico del capitalismo y, por lo tanto, no son una fuerza de contención de este. Los minúsculos grupos de la izquierda tradicional, en extinción, solo llegan a algunos grupos de trabajadores y no existen como fuerzas políticas. Para ciertos marxistas de escritorio, arrobados en la interpretación de lo que Marx quiso decir, las clases sociales son entelequias de un mundo imaginario al que prohíben a los demás ingresar. La realidad social exterior y cotidiana no existe para ellos. Son ermitaños cuya función es aislar al marxismo en el idealismo.

El ascenso a la Presidencia de la República de un maestro dirigente sindical, postulado por un partido de izquierda con dirigentes salidos de la clase profesional, en su mayor parte provinciana, ha expresado en mucho la esperanza de la mayoría popular, conformada, en su mayor parte, por trabajadores. Eligió a Pedro Castillo más motivada por la satisfacción de colocar a uno de los suyos en la primera magistratura. Esta decisión colectiva es, sin embargo, una manifestación primaria y casi intuitiva en la política del contrario dialéctico del capitalismo y no se podía esperar, por ello, que el gobernante elegido supiera todo de las dificultades, avatares, trampas y trapizondas congénitas a la función de manejar el Poder Ejecutivo y la burocracia. Para la clase capitalista, en cambio, y sobre todo para la oligarquía blanca, este ascenso constituye una amenaza y un agravio intolerable, porque es la primera vez en la historia del Perú republicano que un trabajador llega a la Presidencia de la República y no puede disponer de él como hacía con los gobiernos anteriores, excepto el de Velasco. Su plan es, por lo tanto, maltratarlo e intentar abatirlo, utilizando sus medios de prensa y los tres grupos que la representan en el Congreso, con el apoyo de ciertas formaciones de aventureros. Todos ellos se yerguen como un muro contra cualquier iniciativa de cambios por la vía legal propuesta por el Presidente o por los dos grupos de izquierda. Es una feroz lucha de clases propulsada por el capitalismo llamada a suscitar réplicas posteriores. En este cuadro, hay algunos, que, sintiéndose de izquierda o asombrados, inicialmente apoyaron al Presidente o simpatizaron con él, y luego se dejaron convencer por los periódicos y la TV y, desalentados y cerrando el razonamiento a la posibilidad de ver lo que realmente sucede y por qué, preferirían en el gobierno a algún epígono de la oligarquía, como antes, y de preferencia blanco o blancoide.

Por consiguiente, en el momento presente nos encontramos ante la constatación de que no es posible reformar ni superficialmente al sistema capitalista tal como es en el Perú. Ni las clases obrera y profesional, ni los partidos políticos de izquierda o que creen ser de izquierda saben qué plantear ni cómo hacerlo. Y, por su indefinición, la noción de socialismo, incluido el designado con la vacía frase “sin calco ni copia”, ha quedado relegada a la bruma de la utopía.

En la perspectiva de la historia, esta situación lleva a pensar que los cambios concretos y factibles del sistema capitalista están esperando aún ser definidos, desarrollados y difundidos entre las clases trabajadoras, los profesionales con ideales libertarios y los estudiantes para crear en las mayorías sociales la convicción de su necesidad y factibilidad. En suma, el Perú requiere avanzar en lo inmediato hacia una sociedad con oportunidades iguales para todos, sin discriminaciones y, en particular sin discriminación racista, con una educación  y formación profesional de calidad y servicios públicos de salud para todos y en la que el trabajo sea revalorizado como la fuente principal de la riqueza y un derecho efectivo. Todo esto sitúa los planteamientos y sus respuestas en el campo de la ideología.


(Comentos, 12/5/2022)

sábado, 23 de abril de 2022

ANTEPROYECTO DE UN CÓDIGO DEL TRABAJO: OTRO ENGAÑO PARA LOS TRABAJADORES - Por Jorge Rendón Vásquez

 



ANTEPROYECTO DE UN CÓDIGO DEL TRABAJO: OTRO ENGAÑO PARA LOS TRABAJADORES

Por Jorge Rendón Vásquez

Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

 

El 13 de abril pasado, la Ministra de Trabajo y PE expidió la Resolución Ministerial Nº 092-2022-TR autorizando la publicación de un Anteproyecto de Código del Trabajo elaborado por una comisión de funcionarios de su Ministerio, sobre la base de los proyectos de Ley General de Trabajo redactados desde 2001.

El único argumento acotado para justificar este anteproyecto es la “dispersión normativa” laboral, que no es de fondo ni ha impedido su conocimiento ni aplicación por los interesados. El hecho de que las normas laborales provengan de fuentes distintas es normal en todos los países: fuentes constitucionales, internacionales y nacionales de varios niveles, incluida la jurisprudencia. Quienes se dedican profesionalmente a manejarlas no tienen problemas para hallar las normas pertinentes a cada caso e invocarlas. Además, hay compilaciones que las presentan con índices clasificados.

Por lo tanto, no es esta la causa por la cual se pretende agrupar la legislación laboral en una ley general o código.

Lo que, en realidad, se busca es convalidar en bloque la legislación del trabajo dada por los gobiernos de Fujimori y posteriores, perpetrada por estudios jurídicos defensores o asesores de empresarios para negarles a los trabajadores ciertos derechos muy importantes, incluyéndola en una ley general o código.

En 2001, cuando algunos dirigentes sindicales pidieron que estos derechos les fueran restituidos, el ministro de Trabajo de entonces, un abogado empresarial, les señaló el Consejo Nacional de Trabajo para concertar allí con los empleadores el texto de la legislación laboral. Y, entonces, apareció el proyecto de Ley General de Trabajo que un grupo de abogados había preparado por encargo del presidente de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República para ser debatido en ese Consejo.

Lamentablemente, los dirigentes de las centrales sindicales  se entregaron a estas negociaciones que eran una trampa, en la cual, al parecer, querían caer: 1) porque eran atraídos a la discusión innecesaria de toda la legislación laboral, en lugar de plantear las disposiciones concretas que se debía cambiar o modificar; 2) porque a los empresarios nunca se les ocurrió perder en la mesa de negociaciones las disposiciones contra los trabajadores que habían obtenido del gobierno de Fujimori y otros; y 3) porque todo el paquete de ley general o código de trabajo quedaba pendiente hasta que el Congreso de la República lo debatiese, lo que era incierto por la extensión del proyecto y la oposición de los intereses comprometidos.

Y así fue. Se elaboraron varios proyectos de Ley General del Trabajo con la oposición de los representantes de los empresarios que se negaron a conciliar las disposiciones fundamentales que favorecían a sus mandantes, a pesar de que la mayor parte del articulado restante, concertado con los dirigentes sindicales, también los favorecía. Ninguno de estos proyectos fue considerado ni por el Poder Ejecutivo, ni por el Poder Legislativo, por la decisiva labor de esclarecimiento emprendida por algunos juristas, y en particular por el suscrito, y por la denodada acción de numerosos dirigentes de federaciones y sindicatos para impedir que los trabajadores quedaran sometidos a una legislación que asegura su superexplotación y que perduraría, tal vez, por varias décadas.

Tal situación no ha variado para los trabajadores y, al contrario, se ha vuelto más riesgosa por la composición actual del Congreso de la República. Tampoco ha cambiado la lógica de la dirigencia de las centrales sindicales empeñada en la expedición de una ley general o un código del trabajo, consistente en pedir el cambio total de la legislación laboral para impedir así que puedan ser cambiadas las normas más perjudiciales a los trabajadores.

La dación del decreto supremo sobre la tercerización, 001-2022-TR, que ha modificado algunas normas del Reglamento de la Ley 29245, el que, infringiendo esta, promovían la superexplotación de los trabajadores tercerizados, hizo suponer que esa sería la manera en que la Ministra de Trabajo encararía el cambio o la modificación de las normas más perjudiciales a los trabajadores, emitidas desde la década del noventa, cambios que podrían hacerse por decreto supremo que ella podría tramitar y cambios por ley, la mayor parte, cuyos proyectos serían propuestos al Congreso de la República.

No será asi, sin embargo, porque el respaldo de la Ministra de Trabajo al proyecto de un Código del Trabajo no deja dudas sobre su renuncia a proseguir los cambios que la legislación laboral requiere, ya que es evidente que, para ella, al estar propuestos en el articulado del proyecto del Código de Trabajo que patrocina no cabe ya proponerlos o realizarlos por separado.

Lo menos que se puede pensar es que se ha entregado a la táctica de los dirigentes de las centrales sindicales quienes, pidiendo el todo, donde va lo nocivo para los trabajadores, tratan de disfrazar su oposición a los cambios puntuales, que sí podrían hacerse.

La pregunta que surge es si la Ministra de Trabajo ha leído los 440 artículos y 27 disposiciones adicionales de su proyecto y si sabe o prevé lo que harán con ellos los abogados de los empresarios en contra de los trabajadores y la duración de años y años de los procesos judiciales a que den lugar. Abro al azar ese mamotreto y leo el artículo 238º: “El pago (de la remuneración) a los trabajadores se acredita con la respectiva boleta de pago física o electrónica debidamente notificada al trabajador.” Y adios a la firma del trabajador en la copia de la boleta que es legalmente un recibo que debe ser firmado por el receptor de la suma adeudada para acreditar que el pago fue efectuado; por lo tanto, a los empleadores les bastará afirmar que la boleta fue notificada, como sucedía antes de que la boleta fuese creada en 1971, e, igualmente, con el trabajo en horas extras que no se pagaban porque el trabajador no firmaba la planilla de ingreso y salida del centro de trabajo, situación que terminó en 2004, otro aspecto ignorado por el dichoso proyecto de Código del Trabajo. Y ni qué decir de la parte relativa a la negociación colectiva que repite lo que la dictadura de Pinochet impuso en el Código de Trabajo de Chile.

Es lamentable que la Ministra de Trabajo le cree al Presidente de la República problemas como el indicado, coincidiendo en esto, en los hechos, con la encarnizada campaña que contra él lleva a cabo el poder empresarial a través de los congresistas que lo representan en el Congreso de la República y sus medios de prensa.

(Comentos, 23/4/2022)

lunes, 18 de abril de 2022

EL SUBDESARROLLO DEL PERÚ Y LA UNIVERSIDAD - Por Jorge Rendón Vásquez




EL SUBDESARROLLO DEL PERÚ Y LA UNIVERSIDAD

Por Jorge Rendón Vásquez

 

No hay en el Perú suficientes candidatos con las calidades intelectuales, formación superior, independencia de criterio y sindéresis para cubrir los cargos con poder de decisión en los aparatos de producción y estatal y las cátedras universitarias.

¿Por qué?

Muy simple. Porque las universidades peruanas los han formado así y porque, después, en la práctica profesional, han perfeccionado sus deformaciones de origen, con algunas excepciones laudables debidas a la perspicacia y entereza de quienes comprenden que deben formarse o reformarse por sí mismos o irse a alguna universidad extranjera de prestigio. Esto quiere decir que hay, en nuestro país, una compatibilidad perfecta entre nuestro subdesarrollo económico, social e intelectual y la universidad.

Nunca, la universidad peruana estuvo al nivel de las universidades europeas o norteamericanas con menor puntaje en el ranking o con sus homólogas de Argentina, Brasil y México; y sus leyes orgánicas legalizaron este pasar, con excepción de la última de 2014 que instituyó, por lo menos, una entidad de control de su calidad.

Dentro de su inferioridad, la universidad peruana ha experimentado una crisis de crecimiento deformado, caracterizado por la confluencia de tres factores: la llegada a sus aulas de oleadas de jóvenes de las clases sociales postergadas; la inexistencia de un nivel de formación profesional intermedio; y el bajo nivel general de sus docentes.

1) Los descendientes de las castas raciales subyugadas durante el Virreynato y la República, convertidos en sujetos de las clases obrera, campesina y pequeño burguesa provinciana comenzaron, con derecho, a acceder en masa a la universidad a partir de la mitad del siglo pasado, tras haber pasado el ciclo de la educación secundaria que el Estado extendió por la necesidad de la oligarquía y el capitalismo emergente de contar con un mayor número de obreros y empleados con los conocimientos de base indispensables para el manejo de los instrumentos de producción y la documentación en las oficinas. Las universidades, casi todas públicas, se sobrecargaron año a año y, muy lentamente después, aumentaron su infraestructura y el número de sus docentes para recibirlos, aunque apelando más a la cantidad que a la calidad. Las oleadas anuales de nuevos postulantes a las univesidades se incrementaron por el crecimiento de la población.

2) Para los dirigentes del Estado, siempre fue desconocida la necesidad de contar con un nivel intermedio de formación profesional de técnicos y personal de encuadramiento. Las únicas realizaciones en este campo se debieron: 1) a la Sociedad Nacional de Industrias que promovió y financió en 1961 la creación del Servicio Nacional de Aprendizaje y Trabajo Industrial (SENATI) para la formación de obreros calificados en diversas especialidades y al que se le dio como marco legal la Ley 13771: y 2) a la Embajada Francesa que, con la ayuda de las asociaciones industriales de Francia, creó un centro de formación de técnicos que funcionó hasta comienzos de la década del 80. Mucho después fueron creados otros centros similares por iniciativa privada. Las carencias en este nivel determinan que la mayor parte de jóvenes que concluyen la educación secundaria y pueden seguir estudios superiores se dirijan, como por un canal directo, a la universidad, más para promoverse socialmente con una profesión universitaria, por lo general con estudios librescos y ajena a la producción de bienes y servicios materiales, que para insertarse útilmente en el mercado de personal técnico.

3) En las universidades europeas, norteamericanas y las más importantes de América Latina para ser docente universitario es imprescindible el grado de doctor. Más aún, en esas univesidades, la vocación de los estudios y las tesis doctorales es formar sus docentes. Las leyes universitarias peruanas ignoraron esta exigencia fundamental y permitieron el ejercicio de la docencia universitaria con simples licenciaturas o títulos profesionales. Y, de entrada, así, la universidad peruana fue condenada irremisiblemente a mantenerse en el subdesarrollo. Recién, la ley universitaria de 2014 ha comenzado a exigir, por lo menos, el grado de magister para los niveles de profesores auxiliar y asociado y el grado de doctor sólo para el nivel de profesor principal. Sin embargo, por una disposición transitoria, esta ley les dio a los docentes sin el grado de magister el plazo de cinco años para obtenerlo, ante la perspectiva inmediata de dejar sin profesores a las universidades. Vencido este plazo sólo una parte de ellos pudo llegar a ese grado en programas de maestría pagantes, improvisados en parte  y truqueando sobre el conocimiento de otra lengua extranjera y con tesis discutibles por su baja calidad. A los demás, ese grado les es inalcanzable porque, por su formación anterior y la edad, su mente rechaza el estudio concentrado, el planteamiento de las hipótesis a desarrollar, el fichaje y la propuesta de consecuencias y conclusiones. A ello se ha añadido el sobredimensionamiento de la autonomía universitaria que, en la práctica cotidiana, se ha convertido en la autonomía personal de cada docente universitario para enseñar lo que quiera, sin relación con la función principal de la universidad, consistente en suministrar los cuadros que requieren los aparatos productivo y estatal y el desarrollo económico, social y cultural del país. Esta noción tiene como remoto antecedente la libertad de cátedra, reconocida por la Constitución de 1933, pero que fue entendida como la libertad de enseñar lo que el docente quería. La introdujo en la Constitución de 1979, como autonomía universitaria, un representante transfuga de varios partidos y alcohólico irredento, en ese momento aprista, como autonomía a secas, a la que otro representante le añadió, por fortuna, la condición de sujetarse a la ley, y así pasó a la vigente Constitución de 1993, que no se refiere para nada a la necesidad de hacer de la universidad un sistema cuya razón de ser sea el servicio a la sociedad y a su progreso en todos los campos del conocimiento.

En la década del noventa, el gobierno de Fujimori decidió incrementar la oferta del servicio universitario recurriendo a la creación de universidades privadas para acoger, sobre todo, a una creciente masa de postulantes salidos de la pequeña burguesía y de las clases trabajadoras que podían pagar las pensiones fijadas con criterio comercial. La autorización de funcionamiento de estas nuevas universidades fue encomendada a una comisión de cinco exrectores nombrados por la Asamblea Universitaria. Se crearon así, sin ton ni son, innumerables universidades con capitales privados de reducido monto. Se prescindió absolutamente de la calidad de los docentes. Como para serlo bastaba poseer un título universitario se improvisó docentes por doquier. Alguien dijo que los rectores de algunas de estas universidades se colocaban en la puerta de sus locales ofreciendo las plazas de docentes a cuanta persona  pasaba por allí. En algunas, privadas, los rectores llegaron a fijarse sueldos exhorbitantes. Y, por supuesto, la fortuna de los inversores aumentó de mes en mes por una demanda en aumento, estimulada por complacientes exámenes de ingreso y de las asignaturas, pensiones que debían pagarse sí o sí, sueldos de los “catedráticos”, no muy encima de la remuneración mínima, y por la colaboración del Estado que, por la Constitución (que para eso ha sido hecha así), exonera del pago de todo impuesto directo e indirecto a estas universidades. Firmes en su poder económico, algunos de estos propietarios tentaron suerte en la política y se convirtieron en jefes de partidos y representantes al Congreso.

¿Cómo sacar del subdesarrollo a la universidad peruana? ¿Cómo redirigirla a enseñar e investigar lo que nuestro país necesita? ¿Cómo hacerla que forme a los profesionales en la cantidad y calidad que requieren sus aparatos productivo y estatal, y no profesionales en exceso en ciertas ocupaciones, que devienen parasitarios, distrayendo una fuerza de trabajo necesaria en las actividades de producción? ¿Cómo arrancarla del interés, el autoritatismo y la comodidad de las camarillas de docentes parapetados en sus nichos autónomos?

La respuesta a estas preguntas conduce a fijarse en la normativa que legaliza tan absurda y lamentable situación. Es preciso reformar los artículos de la Constitución relativos a la educación y a la formación universitaria. Pero eso solo no bastaría.

Por una parte, es preciso crear en las capitales de departamento centros estatales de formación profesional intermedia con las especialidades apropiadas a las actividades productivas de cada región.

Por otra, se debe formar masivamente a los docentes que la universidad reformada requiere y, para ello, el Estado peruano debería financiar algunos centenares de becas anuales para hacer los doctorados en universidades europeas, norteamericanas, asiáticas y de ciertos países latinoamericanos, como Argentina, Brasil y México. La determinación de las universidades y especialidades de formación en esos países, los acuerdos con esas universidades y la organización de los concursos para seleccionar a los postulantes a las becas, de no más de 35 años, deberían estar a cargo de una entidad central, como el SUNEDU. Diez años después del comienzo de este proyecto, si se llevara a cabo, los nuevos docentes comenzarían a sacar a nuestro país del subdesarrollo.


(Comentos, 18/4/2022)

jueves, 31 de marzo de 2022

PROMESA Y REALIDAD DEL TRIPARTISMO (2008) -Dr. Luis Aparicio Valdez

 



PROMESA Y REALIDAD DEL TRIPARTISMO (2008)

Luis Aparicio Valdez

Director de Análisis Laboral

 

La noción de tripartismo. Más que acuerdo, acción conjunta.

El término tripartismo es producto de la creación y funcionamiento de la Organización Internacional del Trabajo. La OIT, es en sí misma un organismo tripartito, vale decir que su propia existencia -que data de 1919- está condicionada a la representación, en condiciones idénticas de derechos y deberes, de los representantes del gobierno, de los empleadores y de los trabajadores.

La acepción actual del tripartismo ha sido desarrollada por este organismo. En dicha acepción no solamente basta la confluencia en una mesa de conversaciones de las tres partes involucradas, sino que se tienda a la colaboración o cooperación entre las autoridades públicas y las organizaciones de empleadores y trabajadores. Con lo cual, más que una propuesta de entendimiento, se alcanza una de acción conjunta y se estimula que ésta vaya creciendo en su nivel y alcances desde la eventual consulta en el ámbito local, hasta la institución de organismos nacionales permanentes con poderes normativos y jurisdiccionales.

“El Tripartismo alcanza entonces la categoría de instrumento de política social, y además los tres participantes se esfuerzan por enfocar de modo sistemático los problemas que plantean su interacción y sus tareas específicas”[1].

Desde otra perspectiva, ha sido la necesidad de regulación económica en el mercado occidental, un motor importante de la concertación tripartita, en este caso con un énfasis más de tipo económico que social.

 

 Antecedentes internacionales relevantes

La conformación de organismos tripartitos en las prácticas internacionales -además de la institucionalización en la OIT- tuvo su inicio durante la Gran Guerra (1914-1918) particularmente en Inglaterra con la designación de la Comisión Whitley (1916) pero su mayor relevancia se dio, principalmente a raíz de la segunda guerra mundial, con la afirmación de los estados de Bienestar, principalmente en Europa.

En América Latina, la Constitución de Brasil en 1946, crea el Consejo de Economía Nacional. En Ecuador la Constitución del 31 de diciembre de 1946 previó la creación de un Consejo Económico Nacional y en Uruguay la Carta Magna de 1951 disponía la creación de un Consejo Consultivo de Economía Nacional. Otras instituciones de alcance nacional fueron creadas por decretos supremos en la década del 50, como es el caso de Colombia y Perú.

Desde luego a niveles menores y en áreas específicas el tripartismo era ya una práctica extendida, especialmente en lo relativo a salarios mínimos, solución de conflictos laborales y seguridad social.

La más exitosa comisión tripartita de post guerra en la región fue la Comisión Nacional Tripartita de México, creada el 17 de mayo de 1971, la cual a su vez fue inspiradora de la Comisión Nacional Tripartita del Perú. La Tripartita mexicana constaba de seis Comisiones de Estudio y tuvo un rol protagónico en la formulación de los planes nacionales. Contó, además, con el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, que fuera la más poderosa fuente de empleo y desarrollo de los planes del sector de la construcción en el país azteca. Los hitos históricos en nuestro país En el Perú, los antecedentes a nivel nacional se inician en el año 1930 en que el Partido Aprista planteó la creación de un Congreso Económico Nacional con el objeto de reunir al capital, al trabajo y al Estado a fin de responder de manera técnica y científica a los problemas de la inversión, el empleo y el aprovechamiento de los recursos para el desarrollo. Otro antecedente cercano lo encontramos en el año 1945 con la creación de un Comité Tripartito encargado de los ajustes salariales en la industria textil e integrado por la Federación de Trabajadores en Tejidos del Perú, el Comité Textil de la Sociedad Nacional de Industrias y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Indígenas. Años después, en 1957 se creó a través de un Decreto Supremo del 8 de noviembre de 1957 el Consejo Nacional de Trabajo, en virtud del artículo 181º de la Constitución de 1933, para “prestar asistencia en la preparación de reglamentos y leyes administrativas, dictaminar sobre medidas que les sean sometidas por el Gobierno y mediar en los conflictos laborales”.

El Consejo contaba con 17 miembros, que eran el Ministro de Trabajo o su representante, ocho empleadores y ocho trabajadores en actividad.

En la década de los setenta, el D.L. Nº 19040, Ley Orgánica de Trabajo reglamentada en 1973 por el D.S. Nº 018-73-TR creó un nuevo Consejo Nacional del Trabajo con fines igualmente consultivos en materias de empleo y remuneraciones. Ambos Consejos no tuvieron mayor operatividad y es mucho más cierto que el tripartismo se fue desenvolviendo en base a áreas específicas en niveles muy variados. Destacaron por su rol el desarrollo del Servicio Cooperativo del Empleo (posteriormente Servicio de Empleo y Recursos Humanos) -creado en la década anterior pero incorporado al Ministerio en esta década-, las comisiones de salarios mínimos, la participación en la seguridad social y la capacitación industrial a través del SENATI.

Este período, además, para efectos del progreso de la concertación social y laboral tripartita, tuvo vientos desfavorables por el conflictivo entorno político, ya que se caracterizó por un desencuentro entre empresarios, trabajadores y el Estado durante el régimen militar (1968-1980) que culminó con el Paro Nacional del 19 de julio de 1977. Esta protesta social -que por otra parte, unió a todas las fuerzas civiles- es considerada como la acción decisiva para que el militarismo tomara conciencia de la necesidad de convocar a una Asamblea Constituyente y volver a dar vigencia al régimen democrático, convocando a elecciones generales.

La década del 80 se inició con las mismas características conflictivas de la anterior. En especial, porque se mantenían vigentes los resultados de la aplicación de un D.S. del gobierno militar que posibilitó el despido masivo de las dirigencias sindicales. Ello dio lugar a que sobre la base de lo establecido en la Constitución de 1979, que mencionaba a la cooperación tripartita, se promulgara la Ley Nº 23235 de Amnistía Laboral de enero de 1981 la cual determinó la existencia de una Comisión Nacional Tripartita que fuera normada por D.S. Nº 002-81-TR del 14 de enero de 1981, víspera de otro paro nacional. Esta Comisión fue creada, precisamente, para resolver la situación de los dirigentes sindicales despedidos por el Gobierno militar de Morales Bermúdez a raíz del paro nacional de 1977 contemplando su reinscripción o indemnización. Debía ser presidida por el Ministerio de Trabajo o la persona que fuera designada en su representación, en este caso lo fue el ministro de Trabajo Alfonso Grados Bertorini, destacado propulsor del tripartismo, e integrada por igual número de personeros de los trabajadores y empresarios.

La instalación de la comisión se efectúo al día siguiente del paro nacional que las centrales sindicales habían convocado para el 15 de enero. La voluntad concertadora fue anunciada un día antes del Paro, con independencia de sus resultados, por el ministro de Trabajo de entonces, don Alfonso Grados Bertorini, iniciándose de esta manera una nueva historia en el tripartismo[2].

 

El ministro Grados, desde un primer momento, hizo saber que su intención era que los trabajos tripartitos fueran más allá que la reposición o indemnización de esos trabajadores despedidos y que comprendería el estudio de las remuneraciones adaptadas a la inflación y cualquier aspecto relacionado con el campo de las relaciones laborales. Durante el tiempo que trabajó la comisión se procedió al estudio de tres propuestas. Una de ellas era la dirigida a lograr un Acuerdo Antiinflacionario; las otras dos se referían a la determinación de los principios que sustentarían el Derecho de Huelga y el esquema básico de la nueva Ley de Estabilidad Laboral. En febrero de 1982 se instaló en Palacio de Gobierno el Consejo Nacional del Trabajo y Concertación Social, incorporándolo como una función de gobierno. Sin embargo, no concurrió la Confederación General del Trabajo del Perú (CGTP) planteando entre otros puntos, que le correspondía un número mayor de representantes que el de las otras confederaciones, y reclamando la participación de las organizaciones independientes.

En octubre de 1982, la CGTP anunció su retiro del Consejo Nacional de Trabajo, con lo que éste recibió un golpe muy fuerte. No obstante, el Consejo no fue el único afectado. Como señaláramos en ANÁLISIS LABORAL de julio de 1983, el alejamiento de las centrales sindicales del Consejo Nacional de Trabajo “les ha hecho perder fuerza, rol protagónico y a la postre, resultarán perjudicadas al ceder posiciones frente a quienes tienen el control de los partidos políticos”.

En el año 1983 se produjo la renuncia del ministro de Trabajo Alfonso Grados Bertorini luego de una, por demás, acertada dirección de dicha cartera. Desde ANÁLISIS LABORAL señalamos en esa oportunidad “hemos apreciado y destacado sus esfuerzos para establecer un diálogo constructivo y civilizado entre los interlocutores sociales. Por muchas razones creemos que ha sido un buen Ministro de Trabajo que se impuso metas socialmente altas en momentos en que la crisis económica del país las hacía difíciles de alcanzar. Ha sido un Ministro que dejará huella”[3].

En el balance de la concertación tripartita de aquel entonces, señalamos también la dificultad de los encargos en medio de la intransigencia política y el escenario conflictivo que el proceso inflacionario determinaba, el cual no pudo revertirse como una necesidad de acuerdo, manteniendo su carácter de pugna económica, que se agravará después.

Al ser elegido presidente Alan García, en el año 1985, su gobierno no tuvo en un primer momento interés en implementar un proyecto de Concertación Social. Buena parte del problema residía en el hecho que debido a los problemas económicos existentes no se podía dar un clima favorable al entendimiento entre los interlocutores. Y es que la hiperinflación llegó a más de dos millones por ciento en el transcurso de cinco años, la tasa de desempleo y sobre todo la de subempleo subieron a niveles alarmantes, extendiéndose la pobreza y agudizándose los conflictos sociales por la insana terrorista.

“Dentro de este contexto, la Concertación no sólo fue una utopía intolerable, sino que fue vista como una ofensa, una burla al movimiento sindical, radicalizándolo aún más, alimentando un gran escepticismo tanto del sector sindical como del empresarial frente a las bondades de la Concertación”[4].

Dos años después se trató de relanzar el modelo, en una versión superheterodoxa, requiriéndose una concertación productiva dentro del Congreso Económico Nacional (CEN) como uno de los ejes fundamentales de la segunda etapa del programa de reactivación. El CEN fue creado para que el modelo económico no tenga a los trabajadores sólo como consumidores y espectadores, o a los empresarios como inversionistas, sino que los reúna a todos en una reflexión nacional”[5].

En agosto de 1988 la alternativa gubernamental era la concertación social, el diálogo nacional. Para su ejercicio no se retomó orgánicamente la propuesta del CEN sino que se proyectó un tripartismo no necesariamente legislado, pero sí lo suficientemente comprometedor de las decisiones del Estado, los trabajadores y los empresarios. La CGTP estuvo en desacuerdo con la proposición de pacto, argumentando que no tenía sentido acudir a negociaciones en las que el Estado y los empresarios iban a estar aliados.

Sin embargo, no fue sólo la decisión sindical la que determinó la no consecución del acuerdo nacional. Lo fue también la escasa credibilidad del gobierno al no contar con un programa de acción que estableciera las líneas básicas pero concretas de las políticas que esperaba desarrollar.

La convocatoria para elaborar un acuerdo, con procedimientos y representaciones indeterminadas, tenía mayor apariencia de búsqueda de tranquilidad política que de positiva iniciativa hacia una mínima unidad frente a la crisis.

En el año 1990 se produjo un cambio de rumbo al haber sido elegido el partido Cambio 90, bajo la dirección de Alberto Fujimori, quien ofrecía como solución al problema sociolaboral un Acuerdo Nacional, habiendo expresado sus partidarios la decisión de apoyar un Pacto Social de Desarrollo, comprometiendo el concurso de todos los actores económicos y sociales y un Programa Nacional de Apoyo a la Productividad que promoviera el incremento de la eficiencia en la utilización de los recursos productivos mediante acciones de capacitación y adiestramiento a todos los niveles de trabajo público, privado, urbano y rural.

En ese contexto cinco eran las condiciones que en ANÁLISIS LABORAL considerábamos necesarias para que pudiera llevarse a cabo la concertación social en nuestro país. Éstas eran:

 1. Necesidad de un clima favorable;

2. Trabajadores y empleadores debían comprender la situación de sus interlocutores;

3. Antes de la concertación se debería recorrer el tramo de la pre-concertación empresarial y sindical;

4. El Gobierno debería demostrar su disposición al diálogo y a compartir las responsabilidades sociales;

5. El Gobierno debería mantener relaciones favorables y no de confrontación con el movimiento sindical.

 

Mediante Decreto Legislativo Nº 568, del 5 de abril de 1990 se promulgó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, en cuyo artículo 10º, referido a la Estructura Orgánica de esta institución se establece como Órgano Consultivo, de la Concertación y Coordinación, al Consejo Nacional de Trabajo y Concertación Social. Se señala, asimismo, en su artículo 16º, que el Consejo tiene como objetivo “concertar con los representantes de los trabajadores, de los empleadores y del Estado y de otras organizaciones sociales representativas vinculadas a su ámbito, el establecimiento y aplicación de políticas en materias de trabajo de promoción y prevención social, que promuevan especialmente el mejoramiento del empleo, de las remuneraciones y productividad de las condiciones de trabajo y calidad de vida de los trabajadores en función del desarrollo nacional y regional.” Debía estar conformado por el Ministro de Trabajo y Promoción Social quien lo presidiría, representantes titulares y suplentes de los trabajadores, de los empleadores, de las organizaciones sociales y del Estado.

El Consejo, de acuerdo a sus necesidades, podía constituir subcomisiones especializadas tripartitas de trabajo.

En el año 1992 por D.L. Nº 25927, se promulga la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, la misma que considera dentro de la estructura Orgánica del MTPE al Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Social como Órgano Consultivo, señalando que su objeto es la discusión y concertación de políticas en materia de trabajo, de promoción y de previsión social en función del desarrollo nacional y regional. Estaría integrado por el Ministro de Trabajo y Promoción Social, quien lo presidiría y por representantes de los trabajadores, de los empleadores y de las organizaciones sociales representativas vinculadas a los sectores del Ministerio.

Al año siguiente fue aprobada la R.M. Nº 012-93-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo, que mantuvo los mismos criterios anteriormente señalados.

Como es sabido, el periodo de los noventa no fue tampoco una era precisamente de avenencia entre los actores sociales. De una parte porque el shock de precios y salarios ejecutado apenas al inicio del Gobierno, aisló a éste de los trabajadores, especialmente de los organizados por sus efectos sobre el poder adquisitivo de las remuneraciones. De otra parte, el quiebre democrático al cerrarse el Congreso en 1992 acentuó las diferencias políticas. Luego, las reformas liberales del mercado laboral, debilitaron a las organizaciones sindicales, pero éstas mantuvieron su presencia, lógicamente animadversiva. Finalmente, el cierre del gobierno fue políticamente conflictivo, propiciando un frente político en el que participaron fuerzas laborales y empresariales, pero en el cual obviamente, no participaba el gobierno. El nuevo siglo y los inicios del actual proceso concertador No fue sino hasta el jueves 4 de enero del 2001, durante la administración del Gobierno de Transición de Valentín Paniagua, que se produjo la reinstalación del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Social, órgano consultivo del MTPS, integrado por 15 representantes de los diversos gremios de empresarios y trabajadores del país, los mismos que fueron designados por R.M. Nº 03-2001-TR, lo que constituyó una nueva ocasión para desarrollar el diálogo social, con saludables perspectivas de permanencia y éxito.

Fueron designados integrantes del Consejo:

 

a. Representantes titulares de organizaciones laborales

 – José Luis Risco (Presidente de la CGTP)

– Juan José Gorriti (Secretario General de la CGTP)

– Alfredo Lazo Peralta (Presidente de la CATP)

– Julio César Bazán (Presidente de la CUT)

– Jimmy Núñez Núñez (Presidente de la CTP)

 

b. Representantes titulares de empleadores

– Samuel Gleiser Katz (Pdte. de la Cámara de Comercio de Lima)

– Leopoldo Scheelje Martín (Pdte. de la Cámara Peruana de la Construcción)

– Manuel Yzaga (Pdte. de la Sociedad Nacional de Industrias)

– Augusto Baertl Montori (Pdte. de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía)

– Roberto Calda Cavanna (Pdte. de la Asociación de Bancos)

 

c. Representantes del MTPS

– Roberto Servat Pereira de Sousa (Viceministro de Trabajo)

– Mario Arróspide Medina (Viceministro de Promoción Social)

– Luis Aparicio Valdez (Director de Análisis Laboral)

– Beatriz Merino Lucero (Abogada y consultora)

– Juan Julio Witch Rossel (Decano de la Facultad de Economía de la Universidad del Pacífico)

 

Estos miembros representaban a los actores laborales centrales. Como puede apreciarse, se trataba de una institución de alta representatividad y calidad de sus integrantes.

Posteriormente se nombró asesores y consultores técnicos para las áreas de Promoción Social y de Empleo.

A ello debió sumarse la presencia de dos Comisiones Consultivas en el Ministerio de Trabajo correspondientes a las áreas de Trabajo y a la de Promoción del Empleo. A diferencia de la situación presentada durante los noventa, el gobierno de turno mostró iniciativa para el diálogo, con reconocimiento de las organizaciones laborales y con decisión política favorable a la plasmación de los resultados que este diálogo ofrezca al país.

El Consejo mostró como rasgo positivo su aceptación entre los actores y la sociedad en su conjunto, la regularidad de su funcionamiento y la sobriedad y respeto con el que se fueron conduciendo sus sesiones. En este contexto el primer acuerdo que adoptó el Consejo fue aprobar una Declaración de Principios cuyo anteproyecto fue elaborado por ANÁLISIS LABORAL (por su Director Luis Aparicio Valdez y Jorge Bernedo Alvarado) y revisado por el doctor Jaime Zavala Costa, gran promotor del tripartismo, en su calidad de Ministro de Trabajo y posteriormente aprobado por unanimidad por todos los miembros del Consejo.

Era una Declaración[6] de apoyo al diálogo social democrático y de reafirmación de su vocación para el cumplimiento de sus fines, la misma que es significativa por su contenido y por el momento en que fue firmada, cuando todas las instituciones del país habían quedado melladas por los acontecimientos políticos de los últimos tiempos.

El texto del mensaje -como ya se ha dicho, unánimemente suscrito- muestra firmeza de convicciones del conjunto de los actores sociales en la preservación del orden democrático. Y, a la vez, se renueva un compromiso de unir esfuerzos para generar empleo productivo y promover la competitividad, así como el respeto entre las partes y la visión de los problemas integrales del Perú.

Se refleja, pues, una voluntad de transformar el país en el corto, mediano y largo plazo, dentro de un clima social sustentado en el reconocimiento de los derechos humanos y no sólo los laborales como son los derechos fundamentales de los trabajadores.

A partir de esta Declaración debían desarrollarse los temas objeto de la misma y aun cuando esa tarea no se vislumbraba fácil de concluir en breve término, si es importante el que se haya determinado el rumbo a seguir.

Seguidamente, ya instalado en el 2001 el gobierno de Alejandro Toledo, se promulgó la nueva Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ley Nº 27711 (2002), que además de establecer la denominación actual de dicha cartera, precisó, entre otros aspectos, que el MTPE tiene por finalidad “fomentar un sistema democrático de relaciones laborales y previsionales dentro del diálogo social, la concertación y el tripartismo, coadyuvando con las organizaciones representativas de los sujetos sociales involucrados”.

En esta misma norma se señala que el CNT es un órgano consultivo del MTPE integrado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo presidirá, y por representantes de los trabajadores, de los empleadores y de las organizaciones sociales representativas, vinculadas a los Sectores del Ministerio.

Tiene por objeto la discusión y concertación de políticas en materia de trabajo, de promoción del empleo y de protección social en función del desarrollo nacional y regional. Asimismo, será de su competencia la regulación de las remuneraciones mínimas vitales. En el marco político, pertenece a esta época también la firma del Acuerdo Nacional y su institucionalización en la Presidencia del Consejo de Ministros. Por posterior modificación introducida por Ley Nº 28318 de 2004, se contempla la obligación de incluir también en la conformación del CNT a representantes de la pequeña y microempresa.

El momento actual

A la fecha el CNT ha tenido una participación activa en el debate de los principales temas laborales en nuestro país y es que se ha consolidado en un espacio de diálogo que ha permitido a los actores sociales involucrarse activamente en la creación o modificación de las leyes laborales.

Sin embargo, en estos últimos años poco se ha avanzado en la dirección de alcanzar un sistema integral de relaciones laborales. Por el contrario, se han elaborado disposiciones superficiales como las referidas a control de asistencia, a planilla digitalizada, al tiempo de lactancia y otras de menor jerarquía han marcado el desarrollo de las modificaciones.

Sucede, que a pesar de todo el esfuerzo desplegado por el Consejo Nacional de Trabajo, la Ley General de Trabajo no ha sido aprobada. Esto pese a haberse alcanzado consenso entre trabajadores y empleadores en un notable 90 por ciento de su articulado.

El tiempo transcurrido respecto a un proyecto que intenta sistematizar nuestra legislación laboral aunada a su corte inmediatista lo está dejando -si es que no lo hizo ya- atrasado frente a lo que se requiere debido a los cambios en la tecnología, la informática, las necesidades de la globalización de la economía, entre otros.

Aspectos y materias muy importantes como la informática en el sistema de relaciones laborales, los instrumentos y equipos digitales de perfeccionamiento de la legislación en el cumplimiento de la legalidad, así como las comunicaciones vía Internet e Intranet, harán que el proyecto de Ley General de Trabajo se convierta a la brevedad en otra pieza de museo, y engrosará los más de catorce proyectos de ley que se han elaborado en esta materia a través de la historia legislativa laboral.

No obstante, pervive un ambiente de expectativa y sobre todo un deseo de mayores avances y resultados efectivos. Especialmente, por parte de los trabajadores, quienes siempre tienen una plataforma de demandas.

Por el momento, en los últimos meses venimos apreciando que los conflictos sociales se han multiplicado, encontrándose el tema laboral presente en la mayoría de ellos. Es así que “Mesa de Diálogo”, “Conversaciones al más Alto Nivel”, “Comisión Preparatoria”, “Reuniones de Coordinación”, “Frente Democrático, “Frente Departamental”, son algunos de los foros y medios a través de los cuales se está tratando de canalizar la solución de dichos conflictos, habiendo sustituido en gran parte de sus funciones y responsabilidades al Poder Ejecutivo, al Congreso de la República así como a las autoridades regionales y municipales. Recientemente, el presidente García ha propuesto, en primer lugar, el establecimiento del Pacto Social -grupo multisectorial en busca de diálogo- y, en segundo lugar, concordar sobre una agenda nacional.

El Consejo Nacional de Trabajo, es cierto, ha logrado establecer fuertes lazos de confianza entre los representantes de trabajadores y empleadores habiéndose llegado a algunos acuerdos positivos dentro de su seno.

Es poco conocida, pero muy importante, por ejemplo, la positiva avenencia de las relaciones amicales entre todos los representantes y en especial, entre trabajadores y empleadores, no solamente en términos de relaciones humanas, sino también por la cantidad de lazos de cooperación y superación de conflictos que se dan entre tema y tema de las agendas de cada sesión, en los momentos libres y en las reuniones y contactos que se originan como parte de este intercambio.

Otro aspecto esencial es la propia iniciativa de los Ministros de Trabajo que han tenido mayor presencia. Además de la casi legendaria actividad de don Alfonso Grados Bertorini, es el caso de Jaime Zavala, Fernando Villarán y Javier Neves en la gestión anterior. Ha sido también relevante la actividad de la ex ministra, Susana Pinilla -hija de un Ministro, también de Trabajo y también de espíritu concertador- cuya simpatía y tacto, además de la experiencia y conocimiento del sector, la llevó a mantener el espíritu de concordia en momentos políticamente difíciles.

Mirar al futuro

La historia de los intentos de tripartismo y concertación -que los ha habido- suele ser la de procesos entusiastas y esforzados, pero fatalmente perentorios. Han existido -desde la propuesta aprista del Congreso Económico, en los años treinta, pasando por la Comisión de Salarios Mínimos de los años sesenta y llegando a la gestión en el Ministerio de Trabajo de Alfonso Grados en 1980-1983- pero son solamente episodios de un inacabado proyecto, usualmente incomprendido en sus alcances, cuando no intencionalmente frustrado por la visión de conflicto, los intereses de parte o el descrédito y escepticismo.

¿Por qué razón nunca se ha puesto en práctica en nuestro país un Acuerdo Tripartito en favor del mejoramiento del empleo, de las relaciones laborales y de las posibilidades de desarrollo de las empresas?

Definitivamente en el caso del Perú no es que no haya habido interés, pues todos recordamos el enorme esfuerzo realizado en este sentido por el ex ministro de Trabajo Alfonso Grados Bertorini a comienzos de la década de los 80.

La respuesta se encuentra en que hasta la década de los 80 hubo una gran conflictividad laboral en el Perú y la de los 90 estuvo caracterizada por el debilitamiento de las organizaciones sindicales que -junto con otros factores- creó una “paz laboral” sin convencimiento, sino por imposición de las reformas liberales.

Las explicaciones, sin embargo, no eliminan la evidencia de no haber podido sino asomarnos a una práctica estatuida del diálogo y la acción dirigida hacia objetivos comunes, sin necesidad de perder la identidad de los actores sociales, pero supeditándose a los intereses mayores del progreso nacional.

Todavía, en nuestra experiencia no se genera este diálogo y acción común, siguiendo los trazos de nuestra historia. Esta historia muestra el resultado de una nación escindida, fragmentaria, incomunicada. Ni en la crisis ni en los momentos buenos, es simple crear acciones de dimensión nacional -porque en términos individuales es claro que sí existen- que superen esta tradición de enfrentamiento y mantenimiento de distancias.

 

Hasta hoy, aunque no sea grato confirmarlo, los problemas persisten porque son más útiles al protagonismo político que a la búsqueda de soluciones, o al ejercicio de identificar culpables en vez de unir esfuerzos para superarlos.

Definitivamente, esta perduración de los intereses particulares o de grupo y esta negación del consenso, son una de las mayores causas del subdesarrollo y una de las mayores necesidades para superarlo. No existe experiencia de desarrollo en las últimas décadas que no haya estado asentada sobre bases de unidad nacional con protagonismo de los actores económicos y el gobierno. Ya no se trata solamente de la construcción europea o del renacimiento de post guerra. Todas las naciones emergentes de importancia han aceptado la verdad universal de la convergencia y concertación. Países cercanos, como Chile, Costa Rica, la propia Argentina o Brasil, han aceptado que las salidas de sus crisis, pero sobre todo la construcción del futuro en el mundo de la competencia global requieren espíritu y acción de consenso.

No tiene mucho sentido celebrar la apertura comercial y los tratados de comercio o ser sede de los grandes acuerdos de cooperación económica, si en la contraparte, la división social y el desacuerdo impiden la potenciación de la actividad económica y nos debilitan en el progreso. Cuando así lo comprendamos y juntemos acciones por un proyecto económico y social común, marcharemos con mayor firmeza, transparencia y convicción hacia la concertación social. Tenemos viva la esperanza de que sea pronto, y continuaremos haciendo todos los esfuerzos para que esa esperanza se transforme en una nueva, diferente, realidad.



[1] ANÁLISIS LABORAL. Carta del Director. Julio 1983, p. 2.

[2] Como representantes del gobierno figuraron: Dr. Alberto Felipe La Hoz y Dr. Pelegrín Román Unzueta. Como representantes de los Empleadores: Dr. Luis Delgado-Aparicio Porta; Dr. Luis Galliani W.; Dr. Antonio Tori Castro; Ing. Adolfo Granadino M. Suplentes: Sres. Alfredo Ferrand; Felipe Del Río; Eduardo Iriarte; Héctor Marisca. Representantes de los Trabajadores: Sres. Juan Miranda D. (CTP); Antonio Zúñiga S. (CGTP); José Zafra M. (CTRP); Víctor Sánchez Z. (CNT). Suplentes: Sres. Víctor Salas M. (CTP); Baltasar Carpio C. (CGTP); Juan Bernaola C. (CTRP); Carlos Lozada M. (CNT).

[3] ANÁLISIS LABORAL. Carta del Director. Julio 1983, p. 2.

[4] GUILLERMO MORALES, Carlos, “La Concertación Social en el Perú: Problemas y Perspectivas. ANÁLISIS LABORAL, Julio 1987, p. 7

[5] GUILLERMO MORALES, Carlos. Op. cit. Julio 1987.

[6] DECLARACIÓN

El Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Social, en ejercicio de las facultades que como órgano de concertación le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social y de sus preocupaciones para generar empleo productivo, mejorar la calidad de vida de los trabajadores, el fomento de relaciones laborales adecuadas y las condiciones apropiadas para el desempeño eficiente de la actividad empresarial; Consciente que es portavoz de una responsabilidad compartida entre Gobierno, trabajadores y empleadores, por el bienestar del país en un marco de justicia y equidad;

DECLARA

Su reconocimiento al Gobierno Constitucional y al señor Ministro de Trabajo y Promoción Social, por su iniciativa al diálogo social al instalar el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Social.

La importancia de contar con un Ministerio de Trabajo y Promoción Social que, como ente técnico especializado, supervise las relaciones laborales con independencia, coadyuve al respeto de los derechos de los trabajadores y empleadores, contribuya a la generación de más y mejores puestos de trabajo, a la vez que propicie el clima de paz necesario para el desarrollo nacional; y Compromete su trabajo en el esfuerzo de lograr el clima social en el país que se sustente en el reconocimiento de los derechos humanos, el respeto al Ordenamiento Jurídico Nacional e Internacional vigente en el Perú, en el diálogo social democrático, la productividad, la competitividad, la cooperación, el respeto entre las partes y la visión de los problemas integrales del Perú.

En Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil uno.

Firman los Representantes de los Trabajadores, Representantes de los Empleadores, Representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, de las Organizaciones Sociales vinculadas al Ministerio de Trabajo y Promoción Social, y la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Social.