miércoles, 18 de agosto de 2021

Financiamiento y Administración de Pensiones en América Latina y la Europa Oriental. Una Visión Comparativa (2000) Dr. Luis Aparicio Valdez

 


Financiamiento y Administración de Pensiones en América Latina y la Europa Oriental. Una Visión Comparativa (2000)

Gaceta Laboral, vol. 6, núm. 1, abril, 2000, pp. 29-46 Universidad del Zulia Maracaibo, Venezuela

Luis Aparicio Valdez

Director de Asesoramiento y Análisis Laboral. S.A.

 

Jorge Bernedo Alvarado

Miembro de Análisis Laboral y del Instituto Peruano del Trabajo. Consultor de Organismos de Naciones Unidas.

 

Resumen

La década de los 80 marcó la realización de grandes transformaciones en los Sistemas de Seguridad Social, concretamente en materia de pensiones. Chile dio el primer paso estableciendo un sistema privado sustitutivo que ha servido de inspiración para el resto de América Latina, incluidas las islas del Caribe. Los países industrializados donde el proceso de envejecimiento de la población es más evidente y apremiante, observan con cierto recelo aunque no sin interés los cambios que se están suscitando en América Latina donde la crisis económica y los procesos inflacionarios, más que los cambios demográficos, motivaron una revisión de sus regímenes de pensiones.

Situación similar a la de estos últimos, es la que han experimentado las ex economías socialistas donde a los problemas financieros se han sumado a los de tipo demográfico. Estos países se encuentran actualmente en diferentes etapas en el proceso de reforma, sin embargo, lo interesante es que tras un primer momento en el que optaron por la puesta en marcha de medidas de emergencia dirigidas a aliviar en el corto plazo la problemática de los grupos de población más vulnerables, en la actualidad, se encuentran avanzando por el camino de la capitalización individual voluntaria, e incluso la administración privada en el marco de sistemas de pilares múltiples.

Palabras clave: Sistemas de Seguridad Social, Pensiones, América Latina, Economías ex comunistas.

Los Antecedentes

A partir de los años 80, pero con especial énfasis desde la última década de este siglo, los sistemas de seguridad social -particularmente en el aspecto de las pensiones de jubilación- han venido sufriendo crisis, cuestionándose y reformándose a través de todo el mundo. Bien puede afirmarse, inclusive, que junto al reconocimiento de la necesidad de lucha frontal contra la pobreza y de la importancia del capital humano, los cambios en la seguridad social constituyen el trípode de la política social de fin de siglo en el mundo. No necesariamente exitosa en el cumplimiento de sus objetivos, pero de innegable impacto para el futuro, debe reconocerse que el tema social, al que se concebía un resultado de las políticas económicas, ha sido revalorizado.

Volviendo a la seguridad social en materia de pensiones, tenemos que partir del reconocimiento de una extendida crisis mundial de su financiamiento y administración, variada en intensidad y respuestas, pero casi universalmente presente.

Múltiples causas han confluido a tal estado de cosas, y son casi todas conocidas.

Un primer grupo, determinante, han sido las denominadas exógenas -en el sentido de no ser resultado directo del funcionamiento del sistema- destacando claramente entre ellas, el proceso demográfico y las presiones del entorno económico. Podemos arriesgar con buena dosis de certeza que los factores demográficos afectaron de manera más inmediata a los países ya industrializados, en los que el proceso de “envejecimiento” de la población era manifiesto y apremiante[1], y que a la vez, los procesos inflacionarios y las crisis financieras tuvieron una intensidad inusitada en los países del Tercer Mundo y en las ex economías socialistas. Estas últimas, desarticularon su anterior sistema de gobierno para dar apertura a las reformas políticas democráticas y la economía de mercado.

La demografía, es ineluctable. La disminución de la mortalidad y la natalidad son un resultado natural del bienestar y el progreso -en especial de los avances de la medicina y la salubridad- que se ha venido presentando según el grado de desarrollo económico de los países, con efecto en períodos cada vez más cortos. Para la seguridad social en pensiones, la transición demográfica plantea dificultades propias, derivadas del aumento rápido de la población en la tercera edad con respecto a la que se halla en edad de trabajar.

El financiamiento de los sistemas pensionarios del Viejo Mundo, o de Estados Unidos y Japón, por ejemplo, cuyos sistemas de pensiones se rigen por el reparto o la prima escalonada -los trabajadores en actividad solventan las pensiones- y tienen administración asociada a los gobiernos, se vieron fuertemente presionados por tasas crecientes de descuento salarial, que hicieron que inclusive se cuestionara en cuestión la viabilidad de este tipo de sistema. Pero además, debe también mencionarse que en auxilio de esta crisis, el mercado desarrolló la oferta de pensiones privadas complementarias, que adquirieron significativa presencia en casi todas estas naciones.

Los sistemas de pensiones del Tercer Mundo, principalmente de América Latina, tenían menor presión de los cambios poblacionales -con la excepción relativa de los países del Cono Sur (Argentina, Chile, Uruguay) y en menor grado, Cuba, Costa Rica, Paraguay, pero más elevado embate de las vicisitudes económicas. La ola hiperinflacionaria tocó a todos y no ha sido totalmente derrotada. La lentitud del crecimiento productivo fue cada vez más manifiesta. En la Base de este proceso, se halla el desfinanciamiento de estas naciones, y desde luego, los cuantiosos pagos por concepto de deuda externa, la reorientación del comercio internacional y la caída de los precios de materias primas. Las economías se ajustaron de manera drástica por las vías del empleo y los salarios. Con la complicidad de una mala administración, los sistemas públicos de pensiones, pasaron entonces a ser objeto de cuestionamiento.

Este proceso no ha sido necesariamente uniforme. En el caso de naciones de desarrollo menor aún, como las de Africa subsahariana, el problema principal continúa siendo la débil cobertura de los riesgos sociales, en la medida que un sistema de seguridad social como el que actualmente concebimos, depende funcionalmente de la presencia de relaciones laborales en el marco de una economía de mercado.

Asimismo, el proceso de transición de las ex economías socialistas de Europa Central y del Este, mostraba tanto ingredientes demográficos, especialmente en las áreas más orientales, como -sobre todo- crisis económica derivada del colapso de sus anteriores sistemas de gobierno.

Ola Neoliberal y Reforma Privada

En este ambiente se ha producido, partiendo de los países industrializados, pero con componentes derivados de la competencia internacional y de la emergencia asiática, una expansión casi inusitada de la economía y sobre todo del ideario neoliberal, una expansión casi inusitada de la economía y sobre todo del ideario neoliberal. Particularmente los países deudores del Sur fueron sometidos a ajustes económicos en base a la contracción de su demanda -en mayor grado del consumo que de la inversión-, a procesos de privatización y de retiro del Estado de los escenarios productivos, y a una rápida apertura comercial, entre lo principal.

Esta extendida corriente de desarrollo del sistema de libre mercado en las naciones del Sur, puso en cuestión el sistema de pensiones basado en el reparto o la prima escalonada y en la administración tripartita con responsabilidad gubernamental. Tuvo además un actor paradigmático: Chile a partir de 1981.

 En efecto, en Chile se planteó la sustitución del sistema de pensiones “clásico” de responsabilidad pública -en realidad, lo que dicho país tenía era una compleja multiplicidad de cajas con tasas de aporte elevadas- por un sistema de administración privada en el que los fondos derivados de los aportes se capitalizaran a través del mercado financiero y se acumularan en cuentas individuales. Para liquidar el sistema anterior, el Estado chileno se hizo cargo de los aportes ya recibidos a través de Bonos de Reconocimiento, que permitieran la transferencia ordenada de un sistema hacia el otro, con la garantía del gobierno.

En la nueva perspectiva, la de la capitalización individual, se eliminaba en gran parte el temido horizonte demográfico, se abría la posibilidad de incrementar el fondo de pensiones a través de inversiones, y se producía la apertura a la intervención privada. En la contraparte, se postergaba la solidaridad intergeneracional, para dar paso a la equidad individual: quien más aportase en su vida laboral, tendría pensiones más altas; finalmente, para presentar el ángulo social, quedaba garantizada una pensión mínima y una cuota de solidaridad para atención de población no cubierta (1 por ciento de la remuneración) y el Estado proveía una cuota de pensiones de beneficiencia.

Mucho del ideario neoliberal es consistente con la propuesta: la visión individual y el criterio de subsidiaridad, el carácter protagónico el sistema privado, la relevancia de los mercados financieros como factores esenciales de activamiento de la dinámica económica. Pero es bueno también tener en cuenta, que esta visión no marginó totalmente la solidaridad y la preocupación por el destino de los más pobres, generalmente, fuera del sistema o con pensiones de montos insuficientes.

El relativo éxito inicial del sistema chileno de pensiones -las aportaciones disminuyeron significativamente y los fondos capitalizados alcanzaron en quince años a ser equivalentes a casi el 40 por ciento del PBI del país produjo réplicas casi inmediatas en América Latina, y un amplio debate a nivel mundial. Los organismos multinacionales de crédito han sido abanderados del sistema substitutivo[2], y lo han promovido con entusiasmo, muy especialmente en el conjunto de naciones de América Latina y el Caribe y en la Europa Oriental. Los países del norte industrializado, en cambio, si bien han acogido la discusión, han sido sumamente cautos a la posibilidad de abandonar su régimen tradicional y mantiene más bien la presencia de la administración privada de fondos de pensiones como un mecanismo complementario, de carácter voluntario.

En el camino, la Organización Internacional del Trabajo y la Asociación Internacional de la Seguridad Social, atemperaron los ánimos[3], defendiendo la posibilidad de los sistemas basados en la solidaridad intergeneracional, la integración del aporte público y privado y la responsabilidad del Estado en la administración.

De tal forma, los frentes han ido confluyendo hacia un sistema de tres pilares: lo básico asistencial, de responsabilidad fiscal; el obligatorio y principal; y el complementario voluntario, casi siempre privado. La discrepancia fundamental gira alrededor del segundo pilar: si de administración privada y capitalización individual (Banco Mundial, FM) o si de administración tripartita o pública con sistemas de prima escalonada (OIT, AISS). Desde luego, las combinaciones y la creatividad pueblan las opciones particulares de cada país, de forma tal, que las reformas más recientes, cuando se producen, han intentado más bien aproximarse hacia un espacio central, que recoja las ventajas y elimine las desventajas de cada sistema particular, convertido así más en un modelo teórico que en una referencia de aplicaciones particulares.

Adicionalmente, existen demasiados frentes para definir íntegramente el funcionamiento de un sistema de pensiones: las fuentes de la aportación, los alcances y restricciones de las inversiones, las fórmulas de cálculo de la pensión; en fin, los diversos dilemas en el mundo de los aportes (definidos para el sistema de capitalización individual) y los beneficios (definidos para el sistema de reparto y prima escalonada). De tal forma, la complejidad ha ido en aumento, y es ahora de suma dificultad tener patrones de comparabilidad precisa, aunque sigan siendo visibles las tendencias generales.

América Latina y Europa Oriental. Similitudes y Diferencias

Como toda región, ambas tienen su propia identidad y diversidad. Y tienen también sus propios procesos en la Historia. Particularmente, en materia de reforma de la seguridad social, estas dos regiones son protagonistas esenciales, de los actuales debates y transformaciones.

América Latina (incluimos siempre los países del Caribe cuando nos referimos a ella), es el continente joven del mundo, con naciones que pueden considerarse todavía en formación. Representa aproximadamente el 8.5 por ciento de la población y el 6 por ciento del producto mundial. De este 6 por ciento, Brasil y luego México y Argentina explican la mitad. En su variedad, pueden distinguirse el bloque de América Central y las islas del Caribe con México, país en el extremo norte del subcontinente, de indudable hegemonía sobre este ámbito. En América del Sur, hay dos ejes esenciales: el del bloque Mercosur, con Brasil, Argentina y Chile, a los que puede sumarse Uruguay y Paraguay, con mayor poderío económico y la vista brasileña hacia EUA y Europa, pues se trata de una de las diez economías más importantes del mundo. Y el del bloque andino (Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia y Ecuador), con menor incidencia en la economía regional. Debe además recordarse, que la población de estos países tiene todavía inconcluso su proceso de transición demográfica, su industrialización es insuficiente, y de manera especial, sus desigualdades internas sumamente marcadas.

La ola inflacionaria en Latinoamérica fue impresionante y generalizada en los años ochenta y no concluye en su amenaza. El crecimiento productivo, principalmente por la suma de “ajustes” y la carga de deuda exterior es todavía lento, dentro de su variabilidad. Recientemente, se han reavivado en la región los problemas de estabilidad financiera, como resultado de la reorientación del destino de capitales en el mundo, afectando con mayor severidad a los países de mayor integración intercontinental. México se recupera de la crisis de 1995-1996, Brasil parece salir en la actualidad. Argentina, se encuentra todavía en riesgo.

En Europa Central, tras el cambio de sus regímenes políticos y el desmembramiento de la ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, se pueden distinguir hasta cinco bloques relativamente homogéneos. El de los países bálticos, el de Europa Central, el de la Europa del sudeste, cercana a los Balcanes, el de Rusia y las naciones más próximas a su área de influencia y el de los países de su extremo oriental, de menor ingreso y población más “joven”. El conjunto de estas naciones contiene alrededor del 7 por ciento de la población mundial y produce alrededor del 3 por ciento del producto global, aportando la Federación Rusa, la mitad de este total. Esta área del planeta ha sido sumamente castigada por la crisis política y por una crisis económica inflacionaria y recesiva que aún persiste, especialmente en los países del este, a diferencia de los bálticos y de los cercanos a Rusia que se hallan en fases intermedias de estabilización.

En términos de un reciente trabajo del Fondo Monetario Internacional (Valdivieso, 1998), se considera como países que han avanzado en las reformas a Estonia, Letonia y Lituania; como países en una etapa intermedia en las reformas a Kazajstan, Kirguistán, Moldova y Rusia; como países que avanzan con lentitud en las reformas a Bielorrusia, Turkmenistán, Ucrania y Uzbekistán; y como países en conflicto armado a Armenia, Arzebaiyán, Georgia y Tayikistán. Este orden de reformas -en el sentido de la liberalización económica- es también el orden en el que los organismos multina cionales de crédito han ido cubriendo los severos déficits de financiamiento generado por los cambios del sistema político.

En compensación a sus vicisitudes actuales, las naciones de Europa Oriental han heredado de la anterior estructura del gobierno y de la orientación de sus esfuerzos una elevada participación industrial en la producción y el empleo, de niveles tan elevados como los de las naciones de mayor riqueza actual, así como una mayor equidad en la distribución del ingreso, debida a la fortaleza del sistema de protección social, fundamental para entender sus procesos actuales en materia de seguridad social.

En el Mundo de la Seguridad Social. Los Procesos de Cambio en América Latina

América Latina, configuró sus sistemas de seguridad social en la primera mitad del siglo, a un ritmo más pronto que el del resto del Tercer Mundo. Con las salvedades del caso, puede decirse que siguió el proceso occidental europeo, pasando de las asociaciones mutuales hacia la conformación de los seguros sociales bajo el esquema asalariado y una posterior ampliación de incorporación para trabajadores independientes con carácter facultativo, con administración tripartita y sistemas de reparto y prima escalonada. La orientación -e intención- general fue la de crear una seguridad social sistemática y extendida, que la propia frustración del desarrollo se encargó de dejar como propuesta en la mayor parte de países.

Sin embargo, como habíamos adelantado, la crisis de financiamiento extendida a partir de los setenta, y las malas administraciones, llevaron a los sistemas de pensiones, una vez maduros -en el sentido de tener una carga importante de pensionistas, que en los primeros años de los sistemas no se presenta- a incumplir sus obligaciones y ser blanco general de críticas, además de una pesada carga fiscal, dado el intervencionismo del Estado como consumidor y responsable de los fondos.

Dados estos antecedentes, tanto por la presencia del sistema chileno, como por los acondicionamientos de sus políticas económicas y sociales, América Latina ha sido un campo privilegiado en el debate e implementación de las reformas a los sistemas de pensiones.

Los años 80, fueron de curiosa observación del sistema puesto en marcha en Chile, en el que se refundaba con visión privada -pero también importante responsabilidad del Estado el anterior esquema. El desempeño de la seguridad social en pensiones mostrado por esta nación, tuvo logros llamativos: los aportes pasaron a ser substancialmente menores, descendiendo desde un orden del 20-30 por ciento del salario, compartido por empleadores y trabajadores, hacia un 10 por ciento, al que hay que añadir alrededor del 3.2 por ciento en comisiones y financiamiento de un seguro de invalidez, exclusivo de los trabajadores. La administración como dijimos, está a cargo de entidades privadas con una superintendencia de carácter oficial.

Las inversiones se comparten en capitales de riesgo y bonos de renta fija, las primeras principalmente privadas y los segundos principalmente públicos. El crecimiento del fondo administrado fue impresionante, gracias a positivas condiciones en el desarrollo del mercado de capitales. La responsabilidad del Estado es visible en los aportes a los anteriores fondos (dichos bonos devengan además un interés real del 4 por ciento anual) y en la presencia de pensiones de beneficencia, mientras que las pensiones mínimas son cubiertas solamente en la fracción que no solvente el sistema privado. El sistema ha comenzado ya a mostrar preocupación por los montos de pensiones otorgadas, habiéndose propuesto un segundo fondo de pensiones, con mayores responsabilidades estatales que garantice pensiones suficientes.

El segundo país en entrar a la experiencia fue Perú, en 1993, que replicó muy parcialmente -bastante menos de lo que se suele creer- el modelo del país sureño: la responsabilidad gubernamental es débil, los beneficios y garantías son menores, y el crecimiento del fondo más lento, acorde con las dimensiones de la economía de mercado del país. El modelo peruano, además, no ha cerrado al sistema anterior (que funciona con un aporte del 13 por ciento del trabajador), si bien el gobierno actúa promocionando el nuevo sistema privado. Los aportes inicialmente fijados en 10 por ciento a cargo del trabajador (mientras los aportes de salud pasaron a ser de cargo del empleador) fueron reducidos a 8 por ciento desde 1997 con la finalidad de hacer más atractivo el sistema privado. Los costos previsionales (comisiones y pago del seguro de invalidez) son del orden del 3.7 por ciento. Cambios importantes se han dado en el conjunto del sistema de garantías (reducción al mínimo encaje de fondos del sistema, estructura mayoritariamente de riesgo de las inversiones, disminución significativa de las exigencias de reposición de fondos por parte de las administradoras ante fluctuaciones bruscas y garantías de rentabilidad real mínima) respecto a sus equivalentes chilenos, que alejan significativamente las comparaciones de solidez. Adicionalmente, en el caso peruano, la responsabilidad del Estado es insuficiente: no se ha asumido mayormente los bonos de reconocimiento (se les cambia por un reconocimiento de los adeudos bajo términos de cálculo menos favorables que en Chile, y con interés real nulo) y no se han reglamentado las condiciones de pensión mínima. Como en Chile, aunque la proporción y volumen peruano de aportantes es menor, las tasas de omisión al pago de aportes son significativas (alrededor del 40-50 por ciento de los inscritos). Es temprano aún para observar las pensiones, si bien preocupa la persistencia de baja aportación y un crecimiento de las inversiones de performance inferior a la chilena. En proporción importante, el sistema privado peruano de pensiones se justifica por la deplorable situación de las pensiones en el sistema público, y se mantiene igualmente, por el favoritismo de las disposiciones oficiales sobre el tema, que han concedido márgenes de libertad operativa bastante más flexibles a las que rigen actualmente el funcionamiento del sistema chileno.

Colombia en 1996, ha establecido también un sistema privado de pensiones, de existencia paralela, como en Perú, al no haber liquidado el anterior sistema. Tras el período de elección, se puede permanecer en el sistema de reparto. En el nuevo sistema, se reconocen los aportes efectuados al plan público, emitiéndose para tal fin los bonos pensionales (equivalentes a los de reconocimiento chilenos) que reditúan una tasa de interés prefijada por la autoridad monetaria (la tasa DTF). El nuevo sistema privado se nutre de aportes del trabajador (25 por ciento) y del empleador (75 por ciento) siendo la tasa global calculada sobre el salario del 10 por ciento desde 1996, con comisiones y seguro de invalidez del orden de los 3.5 por ciento. Los afiliados con remuneraciones superiores a cuatro veces la mínima, aportan un 1 por ciento adicional al Fondo de Solidaridad Pensional -la cara social del sistema integral que vela por las pensiones mínimas (equivalentes a la remuneración mínima legal) y por la ampliación de coberturas poblacionales. Dicho Fondo de Solidaridad es de administración pública.

En un siguiente paso, bastante inmediato, se producen sistemas mixtos, en el sentido que las pensiones obtenidas tienen origen en ambos tipos de sistema general. Argentina y Uruguay, en 1994 y 1996, implementan el sistema privado, sin desaparecer el público, y en lugar de un título valor efectivo (Chile, el Bono de Reconocimiento), o de una promesa (Perú, el certificado de Bono de Reconocimiento) difieren la carga de financiamiento de la transferencia entre sistemas, creando una pensión complementaria a partir de los aportes recibidos por el Estado.

En el caso argentino, tras un breve período de tres meses para elegir entre el sistema público y el nuevo sistema mixto, quedan funcionado ambos, si bien ya no hay retornos desde este último. En el nuevo sistema mixto, el beneficio tiene un componente público reformado que paga una pensión básica, más una prestación compensatoria tras 30 años de contribuciones y una pensión adicional proveniente del programa de capitalización individual administrado por entidades privadas. Las proporciones de aporte -16 por ciento a cargo del empleador y 11 por ciento por parte del trabajador- se han mantenido tras la reforma. La diferencia está que entre quienes se afilian al sistema mixto la provisión del empleador se destina al sistema público para asegurar la pensión básica y la del trabajador al sistema privado para su capitalización individual (7.5 por ciento) y para comisiones y aportes (3.5 por ciento restante).

Uruguay, tiene algunas variantes dignas de mención. Tras un primer período electivo de seis meses, todos los mayores de 40 años y todos los nuevos trabajadores ingresan al sistema mixto, cerrándose -a diferencia de Argentina- el sistema público. Igualmente, el nivel de ingresos define los pilares: hasta 5000 pesos de ingreso mensual al momento de la reforma, al primer nivel de solidaridad intergerencial, financiado con los aportes tanto patronales como laborales (o del Estado, si se diera el caso), responsable de la pensión mínima. Los aportes laborales sobre el ingreso adicional de 5000 hasta 15000 conforman el segundo nivel de ahorro obligatorio y administración privada y el exceso de 15000 el pilar de ahorro voluntario, igualmente financiado con aporte laboral y recaudado por el Banco de Previsión Social, supervisado por el Estado. Como en Argentina, quienes quedaron en el sistema público no tienen variaciones de sus cuotas de aportación (15 por ciento empleador y 12.5 por ciento trabajador), mientras que en los sistemas de capitalización individual, el aporte es de la parte del trabajador. Los trabajadores, hasta los 7500 pesos de ingreso mensual pueden distribuir sus aportes (de origen laboral o patronal) en partes iguales para el primer y segundo pilar. Los límites aquí mencionados son sujetos de revisión periódica, ajustándose principalmente por el tipo de cambio (ya hubo cuando menos un reajuste y el tipo de cambio actual es de 11.26 pesos por dólar al inicio de junio 1999).

Bolivia, entra a un sistema de pilares múltiples desde 1997, con la particularidad de un Bono de Solidaridad anual (de 200 dólares) para todos los ciudadanos bolivianos con 65 o más años, y al que tienen derecho los bolivianos que al momento de la reforma no habían cumplido los 21 años. Este fondo se financiaría a partir de un fondo derivado de la privatización de empresas públicas. El Estado ha asumido igualmente el pago de pensiones de las anteriores cajas, cerrando el sistema e ingresándolo a un fondo de capitalización colectiva, lo cual es ahora su fuente principal de déficit público.

Otras reformas trascendentes, caracterizadas por la coexistencia de las visiones en pugna son la de México (1997) y el que desarrollará Venezuela a partir del año 2000.

En México, se había establecido a partir de 1991 el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), un antecedente de reforma no estructural –en el sentido de la pervivencia del régimen previo- que apuntaba hacia la reforma posterior. El SAR permitía la generación de cuentas individuales a partir de un aporte empresarial del 2 por ciento, en las cuales la capitalización corría a cargo de la banca nacional pero la recaudación se hacía a través del conjunto del sistema bancario.

La reforma legislada en 1996 y efectiva desde 1997 cierra el sistema anterior y determina un destino de los aportes (12.5 por ciento en total, entre trabajadores, empleadores y Estado) en varias direcciones pero con el sistema único de capitalización individual: 8.5 por ciento para las administradoras de pensiones (6.5 por ciento a pensiones y 2 por ciento en el SAR) y 4 por ciento para ser administrada por el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) para invalidez y muerte. El Estado puede actuar como administrador de capitalización individual, reconoce los aportes recibidos y garantiza la pensión mínima. La administración de la pensión, en el caso mexicano, es electiva y puede optarse por el IMSS o la administración privada. No está demás recordar, que la perspectiva de financiamiento de las pensiones mexicanas no son lo necesariamente positivas y que el sistema se halla aún en pleno debate, especialmente por lo reducido de los aportes. La reforma venezolana resume diversos ingredientes sudamericanos. Los aportes son de responsabilidad en 75 por ciento para el empleador y 25 por ciento para el trabajador, como en Colombia, siendo las tasas del orden del 11 por ciento para quienes perciben hasta cuatro remuneraciones mínimas mensuales y del 12 por ciento para quienes tienen ingresos mayores a esa cifra. Para los primeros, existe además un Fondo de Solidaridad Intergeneracional del 1 por ciento y para los segundos del 2 por ciento mensual. Las comisiones y el pago de seguro de accidentes, originalmente no podían superar el 3.25 por ciento mensual del salario, y actualmente el pago de comisiones para las operadoras privadas es del 1 por ciento, el más bajo de América Latina. El Fondo de Solidaridad Intergeneracional, como es de suponer es de administración pública, garantiza la pensión mínima, y se financia a través de capitalización colectiva. La responsabilidad del Estado en el reconocimiento de aportes anteriores cubre el 100 por ciento de los aportes recibidos (lo que no sucede en ningún país). El sistema privado de pensiones es de libre elección y coexiste con el público, teniendo las entidades privadas de administración de pensiones una lógica similar a la del modelo chileno.

No son los únicos cambios. Han ingresado a la reforma también Costa Rica en 1996 con un régimen de pensiones privadas complementarias al régimen de administración pública, de carácter voluntario, y El Salvador desde 1997 con un régimen de pensiones privadas que sustituye al régimen anterior, manteniendo el esquema de tres pilares y la pensión mínima en el primer pilar garantizada por el Estado. En la actualidad, además, casi todos los países tienen en marcha estudios para la reforma de su sistema de pensiones, estando en mayor grado de avance en la consulta internacional y la presencia de comisiones nacionales oficiales, los de Paraguay, Panamá, Honduras y República Dominicana. A esto hay que agregar que en casi todos los países, aunque no se haya introducido la capitalización individual y/o la participación privada en la administración, se han tenido que reajustar los sistemas de recaudación y beneficios para contrarrestar las crisis de financiamiento (aumentos en la edad de jubilación, cambios en la fórmula de cálculo de la pensión, incremento de los aportes, topes máximos a la pensión, principalmente), siendo crecientes las cargas del Estado para afrontar el problema.

Finalmente, hay que recordar a Brasil , un gran ausente en la posibilidad de introducir sistemas privados –y de inclusive transformar del sistema público, responsable mayor de la crisis fiscal- da das las presiones políticas en que se debate la reforma, y el caso de Ecuador donde la presencia del sistema privado fue sometida en 1996 a un plebiscito, junto con otros puntos adicionales, siendo derrotada. De hecho, esta década ha sido un hito para la historia latinoamericana de la seguridad social en pensiones. Todos los países la discuten, todas las alternativas pueden encontrarse, y no es por eso aventurado decir que se trata del continente de mayor experiencia, y también experimentación, en este tema. En el Mundo de la Seguridad Social.

Los Procesos de Cambio de los Países Europeos con Economías en Transición

En Europa Central, en la región báltica y en algunos países del Este europeo se había también desarrollado hacia el primer tercio del siglo el esquema bismarkiano, pues compartían políticamente o estaban influenciados por la experiencia de Europa Occidental hasta antes de 1940. No es incluso aventurado afirmar, que esta era la perspectiva para el conjunto de la región.

Pero el establecimiento de los regímenes socialistas cambiaría radicalmente la visión de la seguridad social. En la estructura del gobierno de estas naciones, el concepto de Seguridad Social quedó entonces insumido en un amplio espectro de obligaciones sociales que incluía la garantía de empleo y satisfacción de necesidades básicas para toda la población. A tal punto, que diversos analistas cuestionan que pueda aplicarse la óptica del seguro social en los regímenes de tipo soviético. De hecho, la existencia de un empleador único con la totalidad de responsabilidades sociales a su cargo y administrador de todos los recursos nacionales, es difícilmente comparable con el sistema tripartito tradicional, tanto en lo que respecta a la administración, como especialmente en lo referido al financiamiento. Tratándose de economías bastante cerradas y de planificación central, la protección social es el fin único de gobierno, la integración de intereses inevitable o forzada por la estructura política, y las coberturas y beneficios amplios en extensión, aunque no necesariamente en intensidad.

De toda forma, el sistema de protección de las ex economías socialistas, es criticado por los organismos multinacionales de crédito como dispendioso y extremadamente generoso, pero sobre todo, como impracticable una vez que se implementa una economía de mercado, y la iniciativa del capital privado aparece como motor de dicha economía[4].

Tres ámbitos, temporales y espaciales, pueden apreciarse en el proceso de Europa Oriental respecto a la seguridad social. En un principio, cuando colapsa el sistema político y económico y se desarrollan graves problemas sociales, el conjunto de países optó por medidas de emergencia de corto plazo en el plano de la seguridad, en especial para aliviar la problemática de los grupos de población más vulnerables. Desde fines de los años ochenta, la atención se centra en la reorientación de los fondos para concentrarlos en la atención de madres, niños y ancianos de mayor edad, en pensiones de sobrevivencia, invalidez y desempleo, y en la cobertura de la salud. En este período, a pesar de las urgencias y magnitud de los problemas, debe señalarse una positiva eficiencia del sistema respecto a sus fines de emergencia originales, siendo difícil imaginar lo que hubiera sucedido sin la existencia de esta red de protección social.

Una segunda fase ha sido la de normalizar el funcionamiento del sistema, estableciendo el sistema de reparto o prima escalonada, con reformas dirigidas a hacer viable su financiamiento. Debe tenerse en cuenta que la mayor parte de estos países son de estadio demográfico avanzado, y que por tanto vienen acumulando desventajas poblacionales y económicas. Era por tanto, ineludible, la aplicación del concierto de medidas consabido, respecto a la postergación de la edad de retiro, incremento de aportes, revisión de las fórmulas de cálculo de pensiones y selectividad de los beneficios, y así ha sucedido.

Institucionalmente, esta es también una etapa de muchos retos, pues debe redefinirse una entidad que cumpla los fines de seguridad social y establezca sus límites, aproximándolos a la visión occidental. Estos límites son bastante más amplios a los que habitualmente tienen los países latinoamericanos, pues incluyen sistemas de protección del desempleo a través de una renta subsidiada y sistemas de protección al ingreso, que tienen costos semejantes o mayores a los de administración de pensiones.

En el tercer acto de este apretado proceso. Los países de Europa Central avanzaron -Hungría desde 1993-, República Checa, Letonia desde 1996, Kazajstan desde 1998 y Polonia y Estonia de 1999- por el camino de la capitalización individual voluntaria, e incluso la administración privada en el marco de sistemas de pilares múltiples. Están también en vías, Rusia, Bulgaria, a fines de esta década, en que los proyectos de reforma se vienen extendiendo. Es claro, sin embargo, que para estas naciones se trata de un proceso gradual, que se desarrolla en el marco de un problema de reforma mayor en su significación y dimensiones.

En el caso de Hungría, el primer hito fue la presencia de fondos de pensiones a partir del ahorro voluntario desde diciembre de 1993 (Gerencser, 1999), y su dinámico crecimiento ha sido importante en el desempeño posterior del sistema de pensiones. Un sistema de pilares, con administración mixta comenzó a funcionar desde 1998, siendo la administración de los aportes al segundo pilar compartida por el sector público y privado, en un doble fondo, de capitalización colectiva e individual, de manera obligatoria para quienes comenzaron a trabajar en ese año. El fondo público debe asegurar la pensión básica y el privado complementarla. De hecho el nuevo sistema ha sido adoptado significativamente por la población de mayores ingresos: tres cuartas partes de trabajadores con remuneraciones en el quintil superior. Los aportes de los empleadores al sistema son de 22 por ciento y sostienen el fondo público, mientras que un 8 por ciento de origen laboral se destina a un aporte de 6 por ciento para quienes eligen el seguro privado en su cuenta individual y un 2 por ciento con el tratamiento de un fondo de seguridad intergeneracional. La estructura de los aportes se irá además modificando progresivamente en función de las edades y como sucede en el modelo argentino o en el uruguayo no se emiten bonos de reconocimiento, sino más bien se establece una pensión básica con garantía del Estado, el cual además asegura la liquidez del sistema.

En la República Checa el parlamento aprobó en 1994 un seguro de pensiones complementario de capitalización individual, en el que operan administradoras privadas de pensiones constituidas por un sistema de accionariado, pero con decisiva participación del Estado como aportante -en una escala establecida de manera gradual en términos funcionales al salario por escalas- y como entidad que establece las reglas de competencia.

Letonia, es citado como ejemplo de una reforma gradual (Castello, 1998). En enero de 1996 se introdujo el primer pilar, con un sistema de cuentas individuales y la creación de garantías de un fondo de pensión básica. En un segundo paso, legislado desde 1997, pero que entrará en operación completamente hacia el 2001, ingresa la administración privada en el segundo pilar obligatorio, con carácter electivo para los mayores de 50 años. Igualmente se establece el tercer pilar voluntario, y la superintendencia que vigilará el segundo y tercer pilar.

Kazajstan ha ingresado también al sistema multipilar desde 1998. Un aporte de 25.5 por ciento al fondo estatal de pensiones ha sido sustituido por un 15 por ciento para este sistema y 10 por ciento para el nuevo sistema complementario de capitalización individual, el cual pasará a ser el único disponible para quienes ingresan a laborar. Fondos adicionales voluntarios pueden aportarse en el tercer pilar. La legislación ha previsto, paralelamente, una mayor edad de jubilación y mayores requerimientos de aporte para acceder a la pensión, que se irán implementando progresivamente. En Polonia ha comenzado a funcionar el segundo pilar obligatorio con carácter privado en la administración y de capitalización individual. Para la elección, los trabajadores mayores de 50 años (Kukula, 1999) permanecerán en el sistema de reparto, mientras que los menores de 30 años deben participar tanto del sistema de reparto como del de capitalización individual. Para la franja intermedia, entre 30 y 50 años, la decisión es suya. En el nuevo sistema, un aporte máximo de 45 por ciento sobre el salario se desdobla en un 36 por ciento -obligatorio y de reparto- mientras que el 9 por ciento es para el fondo de capitalización individual de quienes elijan esta vía. La meta es además ir equiparando las aportaciones del empleador (usualmente el Estado) a partir de enero 1999 hasta llegar a 23 por ciento del empleador y 22 del trabajador. Existe además, como es de esperar, un tercer pilar de ahorro voluntario y capitalización individual.

Estonia implementará a partir del año 2000 también un régimen de pilares múltiples, y lo contempla así en una ley general, cuyas especificaciones están por plantearse y debatirse.

Cabe observar, que han sido las naciones que más prontamente se incorporaron a la nueva economía y que tradicionalmente gozaban de salud económica relativamente más fuerte, las que han entrado al camino de los cambios, si bien, conservadoramente. En la otra banda, la mayor parte de países del sudeste y los del extremo oriental, se hallan todavía en el período de implementación del ajuste del sistema de reparto original, para darle estabilidad financiera.

La Perspectiva

Desde extremos geográficos e históricos lejanos, estas dos experiencias –en un proceso seguramente impensable hace apenas dos décadas- confluyen en el diseño de sus sistemas de seguridad social en materia de pensiones. En ambos casos, se aprecia una acelerada revisión de los esquemas tradicionales, y una búsqueda de una alternativa intermedia que se nutra de los beneficios de los sistemas teóricos en debate.

También en ambos casos, ha existido una fuerte presión de circunstancias y de instituciones. Las dos regiones han pasado -y muchos países continúan en el trance- por debacles económicas impresionantes, y han tenido que ingresar a la disciplina de las organizaciones financieras multinacionales. Este tránsito, en América Latina debido sobre todo a las condiciones de la deuda exterior y en Europa Oriental a la transformación económica y política, era probablemente inevitable, dada la reorganización del poder mundial y la hegemonía de los centros financieros. Lo que para nuestro caso interesa ahora, es que esta disciplina ha involucrado la reforma privatizadora en materia de seguridad social.

Sin embargo, sería muy ligero pensar que todo ha venido desde fuera. Las presiones del envejecimiento y de maduración del sistema, en unos casos, la pésima administración de fondos, en otros, o ambos a la vez, actuaron en el mismo sentido -más en estas naciones que en las industrializadas de una propuesta de revisión de fondo. También debe entenderse que existe un importante cambio de ritmo en la implementación de estas experiencias. En el lado latinoamericano, porque ya se observa una contracorriente política general hacia los esquemas económicos liberales, a cuya dura dis ciplina se adjudica el escaso avance social de la década que culmina. Es poco posible, por ejemplo, que ahora se implemente en algún país un sistema privado substitutivo, siendo más posible la existencia de sistemas paralelos, y sobre todo mixtos, como parece apuntalarse en la experiencia mundial. En muchos países, de otra parte, las reformas deben pasar el tamiz parlamentario, y las presiones políticas para impedirlas o amenguarlas tienen un pero importante.

Los países de economía en transición, muestran una razonable gradualidad. En primer lugar, como ya señalamos, porque la reforma de pensiones afecta no solamente el cuerpo de la seguridad social integral, con antecedentes de cobertura bastante mayores a los latinoamericanos, sino porque el conjunto se encuentra inmerso en una reforma económica total dirigida a crear mercados. La participación privada requiere, al menos, de un mercado de capitales y de organismos de regulación y control especializados, de un sistema financiero extendido y con varios agentes en competencia, y de una cultura en la selección de alternativas. Todos estos elementos, en grados diversos según el desarrollo nacional, estaban presentes en Latinoamérica, pero se hallan en proceso de creación y consolidación en Europa Central y del Este.

En el horizonte, todavía es temprano para una conclusión definitiva. Como se sabe, reconocer las bondades de una experiencia en seguridad social de las pensiones, lleva al menos dos generaciones –unos cuarenta años- humanas. Chile seguirá siendo la línea de avanzada, pero aún se encuentra a mitad de camino. A las entusiastas apreciaciones iniciales, le han sucedido ya algunas fundadas críticas, sobre la posibilidad de replicar o mantener una acumulación tan exigente como la que se propone a partir de aportaciones relativamente bajas. Están también los conflictos entre los intereses privados y el fin esencialmente protector de los fondos, y finalmente, se ha relativizado la visión del sistema privado como garantía o estímulo de ahorro público.

En la orilla opuesta, principalmente por su persistencia en las naciones industriales y su probada utilidad en la resistencia a los períodos depresivos de los ciclos económicos, los sistemas públicos tienden a revalorarse, a pesar de sus fuertes exigencias en materia de cotizaciones. De hecho, es difícil que en las naciones de mayor poder actual, se desestime la solidez que los sistemas de seguridad social brindan al “establishment” político, y estos fondos de pensiones -coexistiendo con el ahorro privado voluntario- continuarán un buen tiempo en la vitrina, señalando la posibilidad de un capitalismo preocupado por el bienestar social.

También parece claro, que las reformas tendrán en el futuro la forma de los sistemas de tres pilares. O en otras palabras, que el debate habrá de centrarse en quién administra el pilar obligatorio, puesto que se da por sentado que el pilar mínimo de protección es de naturaleza fiscal y el de ahorro voluntario es de naturaleza privada.

Subrayamos, el punto neurálgico ha de ser el administrador, ni siquiera el sistema de financiamiento. En efecto, nada impide la presencia de administraciones privadas de sistemas de reparto o administraciones públicas de capitalización colectiva, o de la coexistencia de ambas, como de hecho se vienen experimentando. Hasta el momento, este debate no se resuelve, aunque la línea ecléctica del sistema mixto parece brindar mayores garantías.

Cuando más, llama la atención que sean los países del capitalismo avanzado los escépticos frente a la participación privada en esta materia, mientras países del Tercer Mundo han sido los audaces. De hecho, las recientes crisis financieras -y algunos escándalos alrededor de ellas- actúan de manera adversa a la implantación de una privatización generalizada y amplia. Si en algún lugar ella fuera más recomendable debiera ser en los países industriales, que han tenido el beneficio de economías relativamente sólidas en materia financiera, mayores garantías en los instrumentos de renta fija y largo plazo, más amplia cobertura del salario e institucionalidad para garantizar la continuidad de los aportes. La preferencia que muestran es, por decirlo de alguna manera, por un primer y segundo pilar muy extendido y de bases solidarias, y por el relego de la justicia individual hacia el tercer pilar de ahorro voluntario, usualmente con garantía empresarial y presencia asociada a los términos de contratación.

En los años siguientes, el camino abierto por la experiencia chilena o por los regímenes mixtos latinoamericanos tendrán reflejos en los países en transición y continuarán las réplicas, en otras naciones. Pero quienes ingresaron en la “segunda ola”, sobre terrenos más firmes, seguramente afinarán y mejorarán las estrategias de los precursores. Esta retroalimentación será inevitable y positiva.

Pero en este punto, se acaba el espacio de lo previsible. Esta bien que así sea. Y que recordemos que respecto al bienestar social, lo importante sea la perdurabilidad del fin esencial: la protección universal de los riesgos vitales de los seres humanos, invariablemente destinada a establecer sociedades tan prósperas, como solidarias y justas.

 

Bibliografía

BANCO MUNDIAL. Envejecimiento sin Crisis. Políticas para la protección de los ancianos y la promoción del Crecimiento. Washington, 1994.

CASTELLO BRANCO, María de. Pension Reforms in the Baltics and Other Countries of the Former Soviet Union. Working Paper, IMF, Washington, February 1998.

CHAND, S. y JAGGER, A. “Aging Population and Public Pension Schemes”. International Monetary Found. Ocassional Paper 147. Washington, December 1996.

CICHON, Michael, HAGEMEJER, Krzysztof and RUCK, Marcus. Social Protection and Pension Systems in Central and Eastern Europe. ILO. Geneve, December, 1997.

GERENCSER, M. “A Survey of the Hungaryan Pension System”. Mimeo. 1999.

KUKULA, Lidia. “La Reforma en Polonia”. En Revista: Aportes. Año 5, No. 14. Enero 1999. Lima, Perú.

O.I.T. Memoria del Director General. “El Seguro Social y la Protección Social”. 80 ava. Reunión. Ginebra, 1993.

VALDIVIESO, Luis M. “Macroeconomic Developments in the Baltic, Russia and other Countries of the Former Soviet Union, 1992 - 1997”. Ocassional Paper 175. Washington, 1998

 



[1] Ver sobre este punto, S. Chand y A. Jagger, “Aging Population and Public Pension Schemes”, International Monctary, Occasional Paper 147, Washington, december 1996.

[2] El texto esencial para el debate, desde el punto de vista del Banco Mundial es, sin duda “Envejecimiento sin crisis. Políticas para la protección de los ancianos y la promoción del crecimiento”, Washington, 1994.

[3] Véase OIT, “Memoria del Director General, “El seguro social y la protección Social”, 80ª. Reunión, Ginebra, 1993, como un resumen de la amplia literatura de estas instituciones en el tema.

[4] Dos textos resúmenes para la comprensión de lo sucedido y las opciones en estas naciones, son: Marta de Castello Branco, “Pension reforms in the baltics, and other countries of the former Soviet Union”, Working Paper, IMF, Washington, February 1998,y Michael Cichon, Krzysztof Hagemejer and Marcus Ruck, “Social protection and pension systems in Central and Eastern Europe”, ILO, Geneve, December 1997


domingo, 8 de agosto de 2021

TEMPESTAD EN LOS ANDES- Por Jorge Rendón Vásquez

 



TEMPESTAD EN LOS ANDES

Por Jorge Rendón Vásquez

 

Tempestad en los Andes fue un libro de Luis E. Valcárcel, publicado en 1927, con un prólogo de José Carlos Mariátegui.

Es un texto de denuncia de la opresión de los indios en el Perú por los gamonales, mestizos, la Iglesia Católica, el Estado y el Ejército, y de aspiración a su renacimiento liberador por la formación de una nueva consciencia indígena y su rebelión como huestes multitudinarias que habrían de bajar de los Andes a la Costa, conducidas por algún Lenin indio. Mariátegui decía en el prólogo: “«Tempestad en los Andes» llega a su hora. Su voz herirá todas las conciencias sensibles. Es la profesía apasionada que anuncia un nuevo Perú. Y nada importa que para unos sean los hechos los que crean la profesía y para otros sea la profesía la que crea los hechos.”

94 años después se constata que esa tempestad fue solo una expresión literaria y pictórica, aunque plena de esperanza, y que no hubo ese alud de indios en son de conquista conducidos por espartacos. ¿Por qué?

La colectividad indígena estaba, entonces, tan aplastada, privada de educación y explotada por los gamonales y la oligarquía blanca y tan envilecida por el alcoholismo y el consumo de hojas de coca, promovidos por sus opresores y los comerciantes, que nunca pudo desarrollar una conciencia colectiva como etnia ni crear un impulso para liberarse. A ello se añadía que los caciques indios, a los cuales la dominación hispánica había concedido la educación primaria en escuelas especiales para sus hijos y que en su mayoría estuvieron de su parte, se habían convertido en gamonales y explotaban a sus congéneres indios con la misma ferocidad que los gamonales blancos y mestizos.

En sus 7 Ensayos, Mariátegui acertó al decir que “El nuevo planteamiento consiste en buscar el problema indígena en el problema de la tierra” y que “El problema agrario se presenta, ante todo, como el problema de la liquidación de la feudalidad en el Perú.”, aunque sin aludir específicamente a una reforma agraria. Mariátegui, sin embargo, no le acordaba importancia a la educación de los indios, pues, como decía en el prólogo a Tempestad en los Andes: “No es la civilización, no es el alfabeto del blanco, lo que levanta el alma del indio. Es el mito, es la idea de la revolución socialista. La esperanza indígena es absolutamente revolucionaria.” ¿Podía desarrollarse la conciencia del indio sin el alfabeto? Tampoco Mariátegui advertía que él mismo escribía en castellano y que Tempestad en los Andes estaba escrito en esta lengua por un intelectual que no era indio. La idea de la revolución socialista fue asimilada solo por algunos indios y no influyó en el cambio de la situación económica, social y cultural de los indios en el Perú. Este cambio fue el resultado de la evolución de la estructura económica  y de motivaciones correlativas con esta que no surgieron en los Andes.

Tal fue el caso del gobierno de Velasco Alvarado que acometió la realización de la reforma agraria por la necesidad de extinguir el feudalismo para posibilitar el desarrollo capitalista con la ampliación del mercado, acabar con la vil explotación de los campesinos y eliminar a la oligarquía terrateniente. No fue la expresión de un movimiento andino, sino de la nueva clase profesional, militar y civil, residente, en su mayor parte, en Lima, a cargo, en ese momento, del poder político y del poder técnico. De haber podido, la oligarquía blanca y sus allegados y corifeos mediáticos los habrían supliciado y ejecutado como a los indios levantiscos y a los universitarios contestatarios. Resignada, la oligarquía esperó y, cuando estuvo segura, denigró al Velasquismo para alejar la posibilidad de una repetición de este fenómeno histórico, adaptándose, no obstante, a la realidad distinta que ese movimiento había producido.

En otro contexto, ha habido algunas tentativas de mostrar a Sendero Luminoso y sus acciones como una expresión de la tempestad andina de los indios. Mas no fueron nada de eso. Este movimiento fue creado por ciertos intelectuales y estudiantes universitarios radicados en algunas ciudades de la Sierra, en su mayor parte mestizos de la pequeña burguesía provinciana, resentidos por el desprecio de los blancos. Su mismo jefe procedía de una ciudad costeña y se había formado en la universidad de Arequipa, admirando a Kant. Aunque se proclamaban marxistas es evidente que no llegaron a comprender el materialismo histórico ni la nueva realidad histórica que la reforma agraria había posibilitado en la Sierra del Perú, y se dedicaron a destruir las instalaciones, el ganado y las cosechas de las nuevas empresas campesinas y a ensañarse con los pobladores andinos aterrados por la presión y los abusos que sobre ellos desencadenaban las fuerzas de la represión estatal. Su saldo, además de su destrucción como grupo, fue una legislación antiterrorista y la idea, difundida desde los centros del poder económico, de que cualquier movimiento popular es una prolongación del terrorismo senderista, acusación absurda que alguien ha bautizado como terruqueo.

El fenómeno de Pedro Castillo y el Partido Perú Libre tampoco es de raíz india, pero sí mestiza, andina y de la clase profesional, y ha suscitado la simpatía de los indios. Los resultados de las elecciones del 2021 lo expresan claramente. Han ganado largamente en las provincias de la Sierra con votos de electores mestizos e indios sin distinguirse unos de otros. En cambio, en las poblaciones de la Costa y, en su mayor parte en Lima y Callao, que concentran más de un tercio de la población del Perú, la mayor parte de votantes ha preferido a la candidata de la dinastía de la corrupción, reproduciendo una inclinación que viene desde la remota sumisión de los grupos raciales no blancos en el virreynato, reafirmada con las técnicas de la alienación.

Se podría decir que la elección de Pedro Castillo y la alta votación obtenida por Perú Libre manifiestan la voluntad andina de imponer su presencia en el control del gobierno, desplazando a los grupos descendientes de la casta blanca virreynal, cuyo centro de acción es Lima. Aquellos constituyen una nueva generación de políticos, no formada aún en las habilidades del gobierno y que, ahora, alcanzada la oportunidad de ejercerlo y de cambiar determinadas situaciones de injusticia, es posible que incurran en algunas torpezas propias del provinciano recién llegado a la capital, como las de Julián Sorel, el joven preceptor salido de una familia campesina llamado a prestar sus servicios en el palacio de un noble y potentado, en la grandiosa novela de Stendhal Rojo y Negro. De allí el asedio, las imprecaciones, la intimidación y el desprecio contra ellos de los opinólogos a sueldo del poder mediático y de los políticos y politiqueros de derecha, centro e izquierda de Lima, y su deseo no oculto y esperanza de que fracasen. Todo indica, sin embargo, que aprenderán muy rápido y que marcharán con prudencia. Piano, piano, si arriva lontano, pero a pasos firmes.

No es esta una tempestad pasajera. Es más bien, el desplazamiento del régimen de lluvias de la vertiente andina sobre la costa, donde no llueve nunca.

Hace ya muchas décadas, el ande ha venido ocupando lenta, constante y silenciosamente Lima y otras ciudades de la costa, educando a sus hijos y colocando a muchos en las universidades; y, poco a poco, ha tomado conciencia de su identidad e importancia. No es posible que este hecho sea reversible.

Es esta la personalidad mayoritaria de nuestro país y necesitamos reafirmarla como constitutiva de la estructura y las superestructuras del momento histórico en el cual vivimos para desarrollarnos plenamente.

(8/8/2021)

 


viernes, 30 de julio de 2021

¿QUIÉN NOMBRA A LOS MINISTROS? ¿EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA O LOS OPINOLOGOS DEL PODER MEDIÁTICO? - Por Jorge Rendón Vásquez

 




¿QUIÉN NOMBRA A LOS MINISTROS? ¿EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA O LOS OPINOLOGOS DEL PODER MEDIÁTICO?

Por Jorge Rendón Vásquez

 

Los medios de prensa, TV y radio del poder mediático se han lanzado a apabullar al Presidente de la República por haber nombrado primer ministro al profesional del Cusco Guido Bellido. Que no les gusta, que alguna vez este dijo algo sobre una senderista abatida, que no es el hombre que el gobierno necesita, etc. No lo han dicho publicamente, pero en sus invectivas se lee que los atacan, porque Bellido es serrano, bajo de talla y sabe hablar; más claro aún, que no es de sus círculos blancos y blancoides; y, sobre todo, que el Presidente de la República debe nombrar sólo a los ministros que ellos quieran.

Por supuesto, ninguno de estos críticos ha mencionado alguna norma legal que ampare su dicho. Y no lo han hecho, porque no la hay.

Veamos las normas supremas aplicables en este caso.

La Constitución de 1993, a la que esos opinólogos se aferran, dispone: “El Presidente de la República nombra y remueve al Presidente del Consejo (de Ministros). Nombra y remueve a los demás ministros, a propuesta y con acuerdo, respectivamente, del Presidente del Consejo.” (artículo 122º).  “Para ser ministro de Estado, se requiere ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y haber cumplido veinticinco años de edad. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional pueden ser ministros.” (artículo 124º).

La facultad del Presidente de la República de nombrar a los ministros que desee, con tal de que reúnan tales requisitos, no está condicionada a ninguna otra exigencia y, menos aún, a la opinión o deseos de otros.

Por lo tanto, la pataleta mediática y de los grupos políticos que, de un modo u otro, estarían contentos si la candidata de la corrupción hubiera ganado las elecciones, es una continuación de la feroz campaña contra el hombre del sombrero campesino, el partido que lo postuló y los electores que les dieron su voto, y más objetivamente aún, contra los propósitos y proyectos de cambio anunciados por estos. Quieren que nada cambie, que todo siga como está; quieren una gestión de gobierno como la que hubiera hecho la candidata de la corrupción.

¿Qué viene luego?

Sigamos con la Constitución política: “Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Plantea al efecto cuestión de confianza.” (artículo 130º). “El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros.” (artículo 134º).

Por consiguiente, el Congreso debe limitarse a examinar “la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión”. Si tiene fundamentos para estimar que no son convenientes debe indicarlos, y deben ser sólidos, coherentes y lógicos. Si el Presidente de la República considera que no lo son, puede insistir nombrando otro gabinete con los mismos u otros ministros y hacer una cuestión de confianza.

Es obvio que la negación de la confianza al consejo de ministros no puede basarse en subjetividades, como que a la mayoría del Congreso no le gusta el Primer Ministro o lo que este haya dicho en el pasado. Se delibera sobre el asunto planteado, de conformidad con el artículo constitucional citado, es decir, se examina y critica las medidas de la gestión gubernamental. Y no puede tocarse otros asuntos, ni tampoco los proyectos de ley que el Presidente de la República presente o pueda presentar, ejerciendo su iniciativa legislativa (artículo 107º), ni, menos aún, los caracteres o rasgos de los ministros como personas.

En esto, los congresistas están absolutamente sujetos a la norma fundamental de la democracia: “El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.” (artículo 45º).

Creo que esto está suficiente claro. Entonces ¿por qué tantos saltos si el suelo está parejo?

Si los impugnantes del gobierno tanto hablan de democracia, tendrían que comenzar por conocer sus reglas y ajustar su conducta a ellas.

No se recuerda que cuando los presidentes anteriores nombraban sus ministros hubiera habido alguna crítica u oposición de los opinólogos de alquiler. Los aceptaban con la mansedumbre de la conformidad natural, porque eran como ellos o conjugaban con el paisaje racial que los medios de comunicación pretenden imponer, les pagaban para aplaudirlos y, lo más importante, todos funcionaban como parte del sistema de desigualdades que el nuevo gobierno quiere empezar a cambiar.

(30/7/2021)

 

sábado, 24 de julio de 2021

SUPERSTICIONES JURÁSICAS BIS -Por Jorge Rendón Vásquez

 



SUPERSTICIONES JURÁSICAS BIS

Por Jorge Rendón Vásquez

 

Los vimos ayer por televisión: los congresistas electos juraban, casi todos arrodillados ante un crucifijo y una vela, emitiendo las fórmulas que desde varios días antes habían imaginado y, probablemente, ensayado: breves, serias, abigarradas, absurdas, jocosas, etc.

La Constitución política no les impone, sin embargo, la obligación de jurar para asumir el cargo. La han creado otros congresistas, inscribiéndola en el Reglamento del Congreso de la República en los términos siguientes: “se procede a la incorporación formal de los Congresistas electos mediante el juramento” (artículo 11º).

Esta práctica arcaica había ya llamado mi atención en julio de 2011, y dio como resultado el comento que transcribo a continuación. En diez años seguimos con las mismas. Es que las costumbres, sobre todo las malas, dificilmente se erosionan. En muchos casos, la razón a duras penas alcanza solo a pulimentarlas.

(23/7/2021)

 

SUPERSTICIONES JURÁSICAS

 

Una superstición es una creencia contraria a la razón. El adjetivo jurásico alude a un mundo que comenzó hace doscientos millones de años y desapareció hace ciento cincuenta, con toda la gama de dinosaurios que vivieron a expensas de la frondosa vegetación de ese tiempo o de descuidados semejantes.

La simbiosis de ambos términos, usando un procedimiento frecuente entre ciertos humoristas limeños, podría darnos algo así como la designación de cierta creencia absurda relativa al juramento.

La saco a relucir por las apreciaciones de una congresista que protagonizó un escándalo de callejón gritando, como una posesa, y poniéndose de espaldas al hemiciclo del parlamento, como una mujercita caprichosa, en presencia de los titulares del Poder Ejecutivo, de sus pares y, lo que es más grave, ante una docena de jefes de Estado extranjeros, de los cuales dos son damas de gigantesca estatura personal, presidentas de dos países hermanos de gran importancia económica, política y cultural: Argentina y Brasil.

Por lo que se le pudo entender a esa congresista, su pataleta se debía a que el Presidente de la República y los vicepresidentes habían jurado mencionando la Constitución de 1979. De ahí sacó el disparate de que, por eso, eran “de facto”.

¿De facto? ¿Por qué? ¿Ha aprendido esa congresista algo siquiera de Derecho Constitucional?

La Constitución dice que “El Presidente de la República presta juramento de ley y asume el cargo, ante el Congreso, el 28 de julio del año en que se realiza la elección.” (art. 116º). Como el acucioso y erudito jurista Guillermo Olivera Díaz lo ha dicho en un artículo publicado en la red, ninguna ley establece la fórmula de ese juramento. La Constitución no impone la formalidad del juramento a ningún otro funcionario, ni, incluso, a los congresistas. Y la ley no podría hacerlo.

El Presidente de la República, los congresistas y otros funcionarios elegidos son investidos para el ejercicio de sus funciones por la voluntad de los electores. La elección popular es el acto constitutivo del poder delegado en ellos por la ciudadanía. El Jurado Nacional de Elecciones sólo los reconoce como tales, luego de constatar su triunfo. Si se prescindiese de la formalidad del juramento presidencial, no por ello el Presidente de la República quedaría eximido de cumplir y hacer cumplir las leyes. Del mismo modo, si los parlamentarios no jurarán —y no tienen por qué hacerlo— no estarían impedidos de intervenir en el Congreso y de legislar.

El juramento presidencial es sólo un acto protocolar. Yo diría, ornamental y simbólico. Pero es también un anacronismo supérfluo de tiempos ya idos —por fortuna— en que se juraba por Dios cuando la sociedad padecía el despotismo intolerante de la Iglesia Católica. El Código de Procedimientos Civiles de 1911, reproduciendo una fórmula creada en la Edad Media, permitía la “prueba” (¿?) del “juramento decisorio”, consistente en la facultad de uno de los litigantes de pedir al otro asegurar bajo juramento —ante un crucifijo, la Biblia y una vela encendida— que su afirmación era cierta, con lo cual el juez podía declarar ganador a quien juraba o al peticionante del juramento si el contrario rehuía prestarlo. Esta aberración ha desaparecido del actual Código Procesal Civil de 1993. Pero sus secuelas subsisten como herrumbradas excrecencias que permiten componer la fórmula juramental, a la carta, digamos.

El congresista de Perú Posible en el período 2001 al 2006, Gerardo Saavedra, ya fallecido, fue sincero al decir “Juro por Dios y por la plata …” En el mismo período, el congresista fujimorista, Alfredo González Salazar juró “por Dios y por el Club Universitario de Deportes” —que lo expulsó luego por una insatisfactoria rendición de cuentas—; la congresista Martha Chávez juró en julio de 2011 por Fujimori, su jefe, convicto de asesinato y robo, determinantes de su condena a veinticinco años de prisión (Dado el caso, lo mismo hubiera sido jurar por La Rayo, Tirifilo, Tatán o cualquier condenado por narcotráfico, corrupción o lavado de activos).

Por lo demás, como advierte el tango de los inmensos poetas del sentimiento popular: Alfredo Le Pera y Carlos Gardel, la experiencia de todos los días nos recuerda con terquedad: “Hoy un juramento, /mañana una traición.”

Otro tema es el de la reforma de la Constitución. Pero, creo que, sin duda, uno de los puntos a tocar sería la eliminación del arcaico juramento.

(1/8/2011)


jueves, 22 de julio de 2021

ACCIONES DE INVERSIÓN- Por Jorge Rendón Vásquez

 


El mayor de los dos jubilados sentados ante mi escritorio no me sacaba los ojos de encima, mientras yo hojeaba una antigua compilación de normas laborales. Estaban allí porque, ya desengañados por varios estudios jurídicos, yo les había dicho por teléfono que conocía el tema. Querían que su ex empleadora en liquidación, una empresa minera del Estado, les entregara los bonos representativos de las utilidades a que tuvieron derecho mientras trabajaban, veinte o más años antes. Al verme pasar de una hoja a otra, buscando las normas aplicables, luego de formularles algunas preguntas, el suspicaz jubilado no pudo con su genio y decidió que yo ignoraba el tema consultado. Se levantó airadamente y, arrastrando a su compañero, abandonó mi oficina. 


Sonreí al verlos partir. Era evidente que creían que la platita estaba esperándolos y que yo no sabía cómo llegar a ella. Pero estaban equivocados. Conozco ese asunto y no superficialmente. Soy el autor de la compilación de normas que revisaba, actualizada varias veces y, modestia aparte, fuente de información para jueces, abogados y profesores de Derecho del Trabajo. Además, como asesor del gobierno de Juan Velasco Alvarado, había intervenido en la redacción de las disposiciones sobre participación de los trabajadores en las utilidades. 

Al quedarme solo no pude más que asociar esta frustrada consulta con una información periodística sobre un proyecto de ley tramitado por un parlamentario para convertir las acciones de inversión, derivadas también de la participación de los trabajadores en las utilidades, en acciones de capital, y así surgió este comento. 


Una de las realizaciones sociales más importantes del gobierno del general Juan Velasco Alvarado fue la entrega de un porcentaje de las utilidades de la empresa a la comunidad laboral, constituida por los trabajadores de aquélla. Con ese porcentaje, que variaba del 5% al 15% según el sector económico de la empresa, la comunidad laboral adquiría acciones de capital que la sociedad propietaria de la empresa debía emitir. Al llegar al 50% del capital de la sociedad, esa participación, denominada patrimonial, debía ser empleada en adquirir acciones de otras empresas. Si las empresas pertenecían al Estado, sus trabajadores recibían bonos que, como las acciones de capital, daban derecho a la distribución de utilidades en los mismos términos que éstas, pero no posibilitaban el acceso a la junta de accionistas. Se dispuso, además, que un porcentaje de las utilidades, del 3% al 10% según el sector de la empresa, fuese distribuido a los trabajadores, según su remuneración y asistencia al trabajo. 

Fue ésta una forma no traumática de transición a otro modelo de estructura económica, empleando las utilidades de la empresa que, en la concepción del gobierno de Velasco Alvarado, creaban el capital y el trabajo. La Constitución de 1933, entonces vigente, amparaba esta participación, que ninguno de los gobiernos anteriores tuvo la intención de instrumentar. 

Para los capitalistas, la participación patrimonial fue una maldición. Para los trabajadores fue, en cambio, una sorpresa. Nunca sus organizaciones sindicales ni los partidos políticos a los que adherían habían postulado algo semejante. Para un grupo de intelectuales y profesionales, y sus seguidores en las universidades, se trataba de una nefasta medida corporativo fascista. 

Como si despertaran de un profundo letargo, los trabajadores tardaron en comprender el significado económico y social de la participación patrimonial. Más les agradaba la participación líquida, que les ponía en los bolsillos, al finalizar cada ejercicio económico, una cantidad de dinero contante y sonante que nunca se habían imaginado recibir. 

También en este aspecto los extremos se tocaron, primero con cierta timidez como tanteándose, y, luego, asociándose, pero asumiendo papeles distintos. Los capitalistas refunfuñaban y conspiraban en secreto, aunque haciendo hablar a su prensa; los intelectuales, profesionales y estudiantes de la contra se lanzaron a una frenética campaña contra el gobierno con volantes, revistas y cotilleo, propalados en abundancia en las universidades. Atacaban la reforma agraria, las expropiaciones, la participación en las utilidades, la estabilidad laboral y otros cambios en la legislación laboral y de seguridad social, la apertura de nuestro país hacia los países socialistas y del Tercer Mundo, y otras realizaciones de trascendencia. Todo lo que hacía el gobierno de Velasco Alvarado estaba mal para ellos. ¿Por qué se comprometieron en esa conducta, instigada desde lejos por la CIA? Muchos de ellos eran vástagos de propietarios afectados por la reforma agraria o de altos empleados de las empresas que el Estado expropiaba o que habían sido tocadas por el control. Carecían, sin embargo, del valor de luchar a cara descubierta por sus familias y les fue más cómodo disfrazar su acción, vistiéndose de izquierdistas. 

El relevo de Velasco Alvarado por Francisco Morales Bermúdez, el 30 de agosto de 1975, acabó con el proceso de cambios hacia el socialismo en el Perú. A la terminación de la reforma agraria y las expropiaciones siguió el fin de la participación patrimonial de los trabajadores en la empresa, que comenzó con el decreto ley 21789, del 1/2/1977. El cambio fundamental introducido en este campo fue la conversión de las acciones de capital de las comunidades laborales en “acciones laborales” que debían ser entregadas a cada trabajador para su libre disposición. Estas acciones daban derecho a la distribución de las utilidades, pero no a la intervención en la junta de accionistas. En lo sucesivo, la participación patrimonial de los trabajadores sería sólo en acciones laborales. El efecto inmediato de esta medida fue la venta generalizada de sus acciones por los trabajadores. No les interesaba la participación en la propiedad de la empresa. Esas acciones fueron a dar a capitalistas persuadidos de que era una inversión segura. 

El gobierno de Alberto Fujimori, con la autorización del Congreso de la República y sin la oposición de ningún grupo parlamentario, eliminó, por último, la participación patrimonial en acciones laborales, dejando sólo la participación líquida en un porcentaje que va del 5% al 15%, según el sector de la empresa. (Decreto Legislativo 677, del 2/10/1991.) Los trabajadores y sus organizaciones se las dejaron arrebatar sin pena ni gloria. A las acciones laborales subsistentes se les denominó “acciones de trabajo” y, como esta denominación incomodaba a los capitalistas, el Congreso de la República, dominado por el fujimorismo, las llamó “acciones de inversión”, sin cambiar su naturaleza, es decir, sin dar derecho a integrar la junta de accionistas (Ley 27028, del 29/12/1998). 

Estas acciones pertenecen ahora a particulares. Se cotizan en la Bolsa de Valores, como cualquier otro título valor, y es improbable que haya trabajadores que las posean. 

El parlamentario interesado en convertir las acciones de inversión en acciones de capital con una ley fue antaño un acérrimo antivelasquista caracterizado de izquierdista, y perseveró, luego, como dirigente de un partido político de izquierda. Ciertos diarios han informado que él y otros miembros de su familia poseerían un buen paquete de esas acciones. Me he preguntado, a título especulativo, si procede esta tentativa, y no le encuentro fundamento en la Constitución. No sería posible cambiar por una ley la naturaleza jurídica de las acciones de inversión establecida por leyes anteriores. Sólo la junta de accionistas podría hacerlo (Constitución, art. 62º). Pero, además, creo que es éticamente censurable que un congresista se prevalga de su función para obtener ventajas personales o de familia. Es posible que, desde el punto de vista político, poco le importe a ese congresista el juicio moral de los ciudadanos, lo que parecería normal en tiempos en que la política navega en la inmoralidad como su medio natural, incluyendo a ciertos grupos de la soi disant izquierda, y, en especial, a los nacidos en la década del setenta para combatir al único gobierno que hizo mucho por las grandes mayorías sociales. 

miércoles, 14 de julio de 2021

LA MARSELLESA, HIMNO DE LA LIBERTAD - Por Jorge Rendón Vásquez

 



LA MARSELLESA, HIMNO DE LA LIBERTAD

Por Jorge Rendón Vásquez

 

A partir del 14 de julio de 1795 la Marsellesa se convirtió en el himno Nacional de Francia.

¿Por qué los representantes del pueblo en la Convención decidieron elevarla a esa jerarquía?

Desde que el 30 de julio de 1792 un batallón de voluntarios de Marsella y Montpellier llegó a Paris entonando ese canto de guerra, casi todos lo cantaban en los barrios populares y en otros de la pequeña burguesía. Inflamados de orgullo y patriotismo, sentían que esa música y esa letra eran el complemento emocional, esperado sin saberlo, de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que los Estados Generales habían aprobado el 29 de agosto de 1789, y, sobre todo, del artículo 1º: “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos.” Esta proclama, tan simple y evidente como un axioma, se traducía para ellos en su cotidianeidad como la expresión: a la m… los reyes, nobles, señores, prelados católicos, monjes, castas y sus agentes, personajes que los habían tiranizado, explotado, discriminado y despreciado por cientos de años. Unos a otros se comunicaban este sentimiento, que enunciaba tan claramente ese canto, reasegurándose que debían permanecer en estado de revuelta para que nadie les arrebatase ese derecho que era ya de todos, del soberano colectivo que había nacido cuando las multitudes de los barrios populares tomaron la tétrica fortaleza de La Bastilla, el 14 de julio de 1789. 

Sin embargo, ese canto, que por haberlo difundido los soldados de Marsella cuando llegaron a Paris fue denominado la Marsellesa, no era de Marsella. Había sido creado la noche del 24 de abril de 1792 en Estrasburgo por el capitán de ingeniería Claude Rouget de Lisle, inclinado a escribir poemas, después de que el alcalde Dietrich de esa ciudad le sugiriese, en una reunión social en su casa, escribir algunos versos alusivos a la defensa de la patria ante la posibilidad de que el temible ejército prusiano, acampado en la otra orilla del Rhin, atacase Francia. 

Este capitán de treinta y dos años, que para ingresar a la escuela de oficiales había tenido que aparentar ser de origen noble agregándole a su apellido los términos de Lisle, fue iluminado esa noche por una extraña musa que aparece sólo en los grandes momentos, y en la soledad de su modesto cuarto escribió la letra y la música de una canción que fue ejecutando en su violón mientras la cantaba y corregía hasta el amanecer. A las seis salió con su violón en busca del teniente Masclet, su amigo, y se la cantó. Este le sugirió corregir dos versos. Luego se dirigió a la casa del alcalde y la ejecutó ante él y su esposa que sabía música y tocaba el clavecín. La había denominado Canto de guerra para el Ejército del Rhin. Ambos quedaron extasiados. Esa noche, Claude Rouget la cantó y tocó ante el mismo grupo que se había reunido la víspera. El entusiasmo ganó a todos. Al día siguiente, la esposa del alcalde emprendió la orquestación para diferentes instrumentos, y, unos días después, el alcalde la hizo ejecutar por la banda de la Guardia Nacional en la plaza de armas. El primer verso del estribillo repetía las palabras de una convocatoria a la movilización que Claude Rouget había leído: Aux armes citoyens(A las armas ciudadanos).

Tal vez Rouget de Lisle no se interesó luego por la suerte que pudo haber corrido su maravillosa invocación a la violencia revolucionaria y guerrera. Fue otra la opinión del impresor Danbach de Estrasburgo quien, valorando su importancia, imprimió la partitura y la letra y la difundió. Desde allí llegó a Marsella donde el jefe de un regimiento, François Mireur, dispuso que ese himno fuese aprendido por los seiscientos voluntarios marselleses que iban a Paris resueltos a morir en defensa de la patria.

Un día de setiembre de 1792, cuando Rouget de Lisle paseaba por un campo cercano a Riveauville, escuchó a un joven de unos quince años cantar su himno. Extrañado, le preguntó cómo lo había aprendido. El muchacho le respondió: 

—¡Cómo, no lo sabe! ¡Es la Marsellesa! Todo el mundo la canta.

Se cuenta que alguien dijo que De Lisle había compuesto un himno que en el campo de batalla valdría como cien mil hombres. Parece ser cierto también que Napoleón Bonaparte, el genio y brazo armado de la Revolución Francesa, dijera que esta canción símbolo equivalía en el campo de batalla a unos 750 cañones. El pueblo la cantaba en Francia henchido de energía revolucionaria y los soldados franceses avanzaban por Europa en triunfo entonándola.

Caído Napoleón tras la batalla de Waterloo en 1815, la Marsellesa fue prohibida. Se le volvió a cantar por unos días en la revolución de 1830 y se restableció su legalidad tras la revolución de 1848. Luego se le prohibió. Los comuneros de 1870 volvieron a cantarla. En 1879 se la hizo el himno de Francia. Se la prohibió de nuevo entre 1940 y 1944 por el gobierno de Petain, colaboracionista con el nazismo. Con la liberación se la restableció. Finalmente, la Constitución de 1958 volvió a declararla himno nacional de Francia.

La Marsellesa ha sido una canción entonada como un himno de liberación por varios movimientos socialistas desde el siglo XIX, y con la Internacional, cuya letra fue obra del francés Eugène Pottier, 1871, y la música del belga Pierre Degeyter, 1888,  expresan el sentir revolucionario de los movimientos comunistas y de numerosos intelectuales y trabajadores. (En el Perú, un partido político agravió a Francia y al movimiento revolucionario aplicándole a la música de la Marsellesa una espúrea letra.)

Claude Rouget de Lisle se opacó como creador musical y poético y como revolucionario luego de su genial inspiración hasta su fallecimiento en 1836. Estuvo incluso detenido y a punto de ser guillotinado, salvándose sólo por haber sido el autor de la Marsellesa. En 1915 sus restos fueron depositados en el Hotel des Invalides en París donde reposan los de Napoleón Bonaparte.

Un homenaje a la Marsellesa fue una escena central de la película Casablanca de Michael Curtiz, rodada en 1942 e interpretada por Humphrey Bogard, Ingrid Bergman, Paul Henried, Claude Rains, Peter Lorre, Sidney Greenstret y Doodley Wilson.

Incluyo a continuación la letra de la primera estrofa y del estribillo de la Marsellesa, y el enlace de la escena fílmica indicada.

 

(Fuentes: G. Lenotrey A. CastelotLes grandes heures de la Révolution Française, Paris, Perrin, 1962, t. II; François Furety Denis RichetLa Révolution Française, Paris, Fayard, 1973, Wikipedia).

(19/7/2019) 

 

Allons enfants de la Patrie,           (Vamos hijos de la Patria)

Le jour de gloire est arrivé !          (¡El día de gloria ha llegado!)

Contre nous de la tyrannie            (Contra nosotros la tiranía)

L'étendard sanglant est levé (bis)(El estandarte sangriento se ha elevado.)

 

Aux armes, citoyens !                    (¡A las armas, ciudadanos!)

Formez vos bataillons !                 (¡Formad vuestros batallones!)

Marchons, marchons !                 (¡Marchemos, marchemos!)

Qu'un sang impur                         (¡Que una sangre impura)

Abreuve nos sillons !                    (Riegue nuestros surcos!)

 

https://www.youtube.com/watch?v=j8LG_cyiuC8




14 DE JULIO- por Jorge Rendón Vásquez

 



14 DE JULIO

por Jorge Rendón Vásquez

Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Chevalier de l’Ordre National du Mérite de Francia.


El 14 de julio es el día nacional de la República Francesa. Pero conmemora también el acceso a la igualdad ante la ley de todos los seres humanos.

Hasta la Revolución Francesa de 1789, era general y oficial la creencia de que el poder de mandar sobre la población procedía de Dios y se concentraba en unas pocas familias de nobles, uno de cuyos miembros lo asumía de manera absoluta, y, a su muerte, lo transmitía a su primogénito, como un bien patrimonial. La Iglesia Católica santificaba esta creencia y aseguraba su difusión y persistencia. El rey o el monarca delegaban una parte de su poder, el necesario para el gobierno de la población, en miembros de la nobleza: duques, condes, marqueses e hidalgos de sangre. Era el gobierno de los ricos, que se habían apoderado de la tierra, el medio de producción más importante, y se imponía a los demás: burguesía, campesinos, artesanos y otros trabajadores.

Durante más de un siglo, la burguesía se había preparado ideológicamente para acabar con esta manera de pensar. Su filosofía se decantó, finalmente, como la teoría del contrato social que elaboraron John Locke y Thomas Hobbes en Inglaterra, y, con más precisión y claridad, Jean Jacques Rousseau en Francia. Esta construcción conceptual, dotada de la simplicidad de los axiomas sociales, afirma que en un tiempo inmemorial, en el estado de naturaleza, los seres humanos fueron libres y que, para afrontar los peligros, satisfacer sus necesidades comunes y evitar destruirse a sí mismos, se asociaron y decidieron por propia voluntad constituir un orden social y un gobierno; que este derecho les había sido usurpado y que debían volver a ser libres y a organizar la sociedad por su voluntad común, exteriorizada como un contrato social. Nunca se probó que el estado de naturaleza hubiera existido, y a muy pocos les interesaba hacerlo. Pero sí fue evidente para todos, menos para los reyes y nobles, sus esbirros civiles y militares y los jerarcas de la Iglesia Católica, que los seres humanos nacen libres y que el poder de mandar surge de la unión y del contrato social de todos.

Cuando la preparación ideológica para el cambio saturó a la “burguesía de los negocios” y a “la burguesía del talento”, a los modestos miembros del bajo clero, a los nobles venidos a menos y a los campesinos y obreros más despiertos, bastó una chispa para desencadenar la revolución. Ésta fue el relevo del ministro de Finanzas Necker el domingo 12 de julio de 1789. Ese mismo día comenzaron las manifestaciones de protesta en París, acaudilladas por los miembros de los clubes y logias de conspiradores libertarios. Por la tarde, la caballería alemana, que María Antonieta había hecho traer, disparó sobre el pueblo matando a varios manifestantes. En respuesta, la multitud, de ser sólo unos centenares, llegó a varios millares al día siguiente. Salía sobre todo de los barrios populares de Saint Antoine y Saint Marcel, clamaba venganza y pedía armas. El 14 de julio, temprano, Marat informó al pueblo enardecido que en el cuartel Les Invalides había veinte mil fusiles, y hacia allí marchó una columna. Otra, de unas quinientas personas se concentró frente a la formidable fortaleza de la Bastilla, una prisión a la que se entraba por una lettre de cachet, y de la que casi nunca se salía. La lettre de cachet era una orden que algunos funcionarios podían firmar y vender, por delegación del Rey, para el encarcelamiento de alguna persona sin expresión de causa. Siendo la Bastilla el símbolo de la tiranía, el pueblo entendió que su primer deber revolucionario era tomarla y destruirla. El señor de Launay, un noble propietario de la gobernación de esta fortaleza, al recibir a un emisario de la multitud que lo conminó a retirar los cañones y rendirse sostuvo con él el siguiente diálogo, relatado por Alejadro Dumas en su novela Ange Pitou:

“—Los cañones del Rey están allí por orden del Rey; serán retirados sólo por una orden del Rey —manifestó el Gobernador.

—Señor de Launay —dijo Billot, sintiendo sus palabras engrandecerse y ascender a la altura de la situación—, el verdadero Rey es aquél a quien que yo os aconsejo obedecer. Está allí.

Y mostró al Gobernador la gris multitud, ensangrentada por el combate de la víspera, y ondulando ante las fosas, con sus armas relucientes por el sol.”

No hubo trato. El Gobernador, sin inmutarse, hizo disparar los cañones por las almenas, matando a un número mayor de personas tras cada salva. Pero la cerrada multitud, de varias decenas de miles ya, no se dispersaba y volvía a la carga con más decisión y odio. Era un odio acumulado durante siglos del que había huido el miedo. Evacuados los muertos y heridos, nuevos contigentes de ciudadanos, altivos y desafiantes ante la muerte, cubrían los vacíos. El pueblo de París había comprendido que pagaba el alto precio de la libertad cobrado por los tiranos. Cuando la multitud logró hacer caer el puente y derribar la puerta con los disparos de cuatro cañones sacados de Les Invalides, ingresó a la fortaleza y la tomó. Eran las cinco de la tarde. De Launay y los que habían disparado sobre la multitud, en la que se contó más de cien muertos, fueron ejecutados. Al día siguiente comenzó la demolición de La Bastilla. Ahora, en la plaza, una oscura línea al nivel de las veredas y la calzada señala el lugar donde antes se alzaba esa tétrica fortaleza.

Mientras el pueblo tenía lo suyo en todas las ciudades y aldeas de Francia, los representantes del tercer Estado, convertido en la Asamblea Nacional, seguían deliberando en Versalles, haciendo aún equilibrios internos para contrapesar el poder del Rey, y sin perder de vista su objetivo fundamental: abatir el feudalismo y asumir a plenitud el poder político en una nueva sociedad organizada según el contrato social. El 11 de agosto, aprobaron el decreto por el cual “La Asamblea Nacional destruye enteramente el régimen feudal”, se consagra el fin de los privilegios personales, la admisión de todos a los empleos públicos, la justicia gratuita e igual para todos, la abolición de la servidumbre personal en todas sus formas y la supresión del diezmo y otras exacciones eclesiásticas.

La declaración de la igualdad de todos ante la ley, por la cual cada ciudadano, rico, pobre, hombre o mujer, sólo tiene un voto; la conformación de los poderes del Estado por elección popular; y la independencia de estos poderes, como había enseñado Montesquieu, fue proclamada en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, aprobada por la Asamblea Nacional el 26 de agosto de 1789.

Este documento ha sido renovado y extendido en su contenido por la Declaración de los Derechos Humanos, adoptada por las Naciones Unidas, en Paris, el 10 de diciembre de 1948. Es el estatuto mínimo de derechos de todo ser humano.

En 1989, cuando se celebraban los doscientos años de la Revolución Francesa, más allá de las fanfarrias oficiales y del colorido desfile militar por la Place de l’Etoile y Les Champs Elisées, la alegría iluminaba los rostros de sus habitantes y en ellos se podía leer su satisfacción por vivir en una sociedad nacida de la Revolución, a la que se habían añadido las conquistas sociales alcanzadas con tanto sacrificio y valentía desde entonces. Viéndolos, yo pensaba con gratitud cuánto debía la humanidad a esa Revolución y a los hombres y mujeres que se batieron para hacerla.

(14/7/2012)